BASES DE LA PROMOCIÓN
“Coca‑Cola Trophy Tour”
1. OBJETO Y MECÁNICA
1.1. “Coca‑Cola Trophy Tour” es una actividad promocional prevista para los participantes que sean residentes legales de Ecuador y que cumplan con todos los requisitos establecidos en los términos y condiciones aquí descritos (en adelante, “las Bases de la Promoción”), creada por Coca‑Cola de Ecuador S.A. (en lo sucesivo, “la Organizadora”), quien podrá, a su discreción, modificar, enmendar o revisar las Bases de la Promoción en cualquier momento.
1.2. Toda persona que, conforme a las Bases de la Promoción, desee participar en la promoción denominada “Coca‑Cola Trophy Tour” (en lo sucesivo, la “Promoción”), acepta cumplir con las mismas en su totalidad, y al participar se entenderá que las ha leído y comprendido íntegramente, comprometiéndose a cumplir con todos los requisitos y condiciones aquí establecidos.
1.3. La Promoción está sujeta a la siguiente mecánica:
1.3.1. La presente promoción se denominará: “Coca‑Cola Trophy Tour”.
1.3.2. La dinámica de la presente Promoción consiste en la participación por un viaje doble al Trophy Tour a realizarse en Ciudad de México y un tour por la ciudad.
1.3.3. Participan en la Promoción las compras realizadas por un valor mínimo de USD $5 (cinco dólares de los Estados Unidos de América), en productos Coca‑Cola y/o Powerade (en adelante “Productos Participantes”), adquiridos en cualquiera de las siguientes cadenas de supermercados participantes, se sorteará un ganador por cadena: (i) Supermaxi / Megamaxi; (ii) Mi Comisariato; (iii) Santa María; (iv) Coral; y, (v) TIA.
1.3.4. Las compras de Productos Participantes deberán cumplir con los lineamientos y condiciones establecidos por cada cadena participante.
2. PREMIOS: Los premios consisten en cinco (5) viajes dobles para realizar un tour por Ciudad de México del 4 al 7 de junio del 2026 y asistir al evento Trophy Tour organizado por Coca‑Cola.
Viaje:
2.1.1. Cada premio incluye para el ganador y su acompañante:
· Transporte aéreo ida y regreso en categoría económica desde Quito o Guayaquil – (Ciudad de México) – Quito o Guayaquil
· Hospedaje en hotel (3 o 4 estrellas), en habitación doble, por cuatro (4) días y tres (3) noches.
· Alimentación en hotel durante la estadía de cuatro (4) días y tres (3) noches.
· Traslados aeropuerto – hotel – actividades – aeropuerto.
· Tour incluido: Tour pirámides de Teotihuacán, santuario de Guadalupe y Tlatelolco.
· Acceso al Trophy Tour: el premio para quien resulte ganador consiste en 2 (dos) unidades de entradas “categoría entrada general” para poder asistir al “Trophy Tour México 2026” el día 6 de junio del 2026, a realizarse en Utopia Mixhuca, ubicado en la dirección: Alfonso Toro 1856, Escuadrón 201, Iztapalapa. El Trophy Tour México 2026 es una experiencia con salas interactivas donde al finalizar el recorrido, el participante podrá visualizar y sacarse 1 (una) foto con el Trofeo de la Copa Mundial de la FIFA™. El Trophy Tour mencionado tendrá franjas horarias definidas por el/la Organizador(a) para gozar del Premio mencionado, a los efectos de respetar la capacidad que permite el predio. El ganador podrá asistir al evento Trophy Tour en una franja horaria entre 10 am y 14:00 horas. La organizadora no garantiza a quien resulte ganador del Premio que podrá asistir al Trophy Tour, en una determinada franja horaria, por cuanto las mismas estarán sujetas al stock al momento del canje correspondiente.
· Obsequio de bienvenida.
· Seguro de viaje.
2.1.2. Exclusiones:
· Gastos personales no especificados en el itinerario.
· Comidas y bebidas no mencionadas como incluidas.
· Propinas para guías, conductores y personal de servicio.
· Early check-in o late check-out en el hotel (sujeto a disponibilidad y costo adicional).
· Actividades y tours opcionales no mencionados en el programa.
· Cargos por exceso de equipaje o servicios adicionales de la aerolínea.
· Trámites y costos de visa o documentos de viaje (si aplican).
· Cualquier gasto derivado de cambios voluntarios en el itinerario por parte del pasajero.
· Impuestos de salida o tasas aeroportuarias no especificadas.
3. VIGENCIA DE LA PROMOCIÓN: La Promoción estará vigente únicamente para efectos de participación desde el 1 de marzo hasta el 15 de abril de 2026.
4. MODALIDAD
4.1.1. Al finalizar la fecha de vigencia de la promoción, y con el apoyo de cada cadena participante, se realizará el retiro total de todas las papeletas depositadas en los buzones oficiales habilitados para esta actividad. El retiro, conteo y resguardo de las papeletas se llevará a cabo en presencia de representantes de la cadena correspondiente y de Arca Continental, quienes certificarán la transparencia del proceso.
Una vez completado este procedimiento, y con la validación y asistencia de un notario público, se procederá a realizar un sorteo entre el 24 y 29 de abril, independiente por cada una de las cinco (5) cadenas participantes: Supermaxi, Santa María, Coral, Mi Comisariato y Tía. En cada sorteo se utilizarán exclusivamente las papeletas o registros válidamente generados dentro del período de vigencia de la promoción, conforme a la mecánica de participación propia de cada cadena.
Durante el sorteo de cada cadena, se seleccionarán cinco (5) papeletas en estricto orden de prelación, distribuidas de la siguiente manera:
- 1 (un) ganador titular, y
- 4 (cuatro) ganadores suplentes, numerados como Suplente 1, Suplente 2, Suplente 3, y Suplente 4.
El notario levantará un acta detallando el procedimiento realizado y el orden de prelación obtenido.
Una vez concluido el sorteo, se procederá a contactar al ganador titular de cada cadena utilizando los datos proporcionados en su participación. El ganador titular contará con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde el primer intento de contacto para presentar la documentación requerida y acreditar el cumplimiento de los requisitos establecidos para la entrega del premio.
4.2.1 En caso de que el ganador titular:
- no pueda ser contactado,
- no presente la documentación dentro del plazo establecido, o
- no cumpla con los requisitos para ser acreedor del premio, se procederá a contactar al Suplente 1, otorgándole el mismo plazo de cinco (5) días hábiles. Si éste tampoco cumple con los requisitos, se continuará con el Suplente 2, Suplente 3 y así sucesivamente, respetando estrictamente el orden de prelación determinado en el sorteo.
Si se llegara a agotar la lista de suplentes sin que ninguno cumpla con los requisitos establecidos, La Organizadora se reserva el derecho de realizar una nueva selección de papeletas exclusivamente para la cadena afectada, siguiendo el mismo procedimiento, con presencia de notario.
La selección y notificación de los ganadores se realizará entre el 24 y el 29 de abril, y el ganador definitivo de cada cadena será aquel que, dentro del orden de prelación, cumpla satisfactoriamente con los requisitos y plazos establecidos.
5. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA PROMOCIÓN:
· Ser residentes legales en Ecuador.
· Ser mayores de 18 años.
· Contar con pasaporte vigente hasta al menos el 31 de enero de 2027.
· Contar con visa mexicana o visa americana vigente.
· Tener un teléfono celular con acceso a WhatsApp.
· Que cumplan con las condiciones establecidas en la sección 9 de las Bases de la Promoción.
· Constancia de no tener antecedentes penales, con emisión no mayor a 1 (un) mes.
· Nombres y apellidos completos del participante, fecha de nacimiento, número de teléfono celular.
· Aceptación de los siguientes documentos: Bases de la Promoción, Política de privacidad y la política de marketing (Marketing consent), los cuales se encuentran a disposición de los participantes en la página web www.coca-cola.com/ec/es y en los puntos de atención al cliente de los supermercados participantes.
5.1. NO PODRÁN PARTICIPAR:
· Quienes no cumplan con los requisitos detallados en esta cláusula 5.
· No están aptas para la participación al viaje las personas que estén en los últimos 2 meses de gestación.
· Quienes han sido prohibidos por FIFA, CONMEBOL, Federación Ecuatoriana de Fútbol, Liga Pro u otras autoridades deportivas de ingreso a estadios, partidos de fútbol u otros eventos deportivos en cualquier parte del mundo.
· No pueden participar y no son elegibles como ganadores, los empleados, sus cónyuges, parejas de hecho y las personas que tengan parentesco hasta cuarto grado de consanguinidad o tercero de afinidad, por ejemplo hijos, padres, abuelos, nietos, hermanos, tíos, sobrinos, bisabuelos, bisnietos, primos hermanos, tíos abuelos, sobrinos nietos, suegros, yernos, nueras, cuñados, abuelos del cónyuge, cónyuges de los nietos, hermanastros, cónyuge del tío, cónyuge del sobrino, tío del cónyuge y su cónyuge, sobrino del cónyuge y su cónyuge, tanto de Coca‑Cola de Ecuador, de ARCA Continental Ecuador, o de las empresas que forman parte del mismo grupo de intereses económicos al que pertenecen La Organizadora o ARCA Continental Ecuador respectivamente, de consanguinidad o tercero de afinidad.
· Personas que no cumplan con los requisitos migratorios exigidos.
6. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN
Para participar en la Promoción, el consumidor deberá:
6.1. Realizar una compra mínima de USD $5 (cinco dólares) en productos Coca‑Cola y/o Powerade en cualquiera de las cadenas de supermercados participantes: Coral, Santa María, Supermaxi, Mi Comisariato y Tía.
Participación en Coral, Santa María, Supermaxi y Mi Comisariato
- Luego de realizar la compra mínima requerida, el consumidor recibirá una boleta o comprobante de participación conforme a los lineamientos de la cadena.
- El cliente deberá llenar la información requerida y depositar dicha boleta en las ánforas oficiales ubicadas en los puntos de venta para quedar inscrito en el sorteo.
Participación en Tía – Clientes Más
- En la cadena Tía, la participación se realizará a través del programa Cliente Más, que constituye el sistema de afiliación propio de la cadena.
- Los consumidores que realicen la compra mínima requerida y se encuentren registrados como Clientes Más participan de manera automática, sin necesidad de depositar boletas en ánforas.
- No obstante, la cadena podrá entregar un ticket informativo al consumidor indicando su participación; sin embargo, este ticket no requiere ser canjeado ni depositado, dado que la inscripción en el sorteo se efectúa directamente a través del sistema Cliente Más.
6.2. Requisitos para ser acreedor del Premio
6.2.1. El participante seleccionado como ganador deberá cumplir con los requisitos establecidos en estas bases y presentar una visa vigente que le permita el ingreso a México, con una vigencia mínima de diez (10) días posteriores a la realización del Trophy Tour. El acompañante deberá cumplir con el mismo requisito.
6.2.2. Una vez que ha sido notificado el participante con el resultado del sorteo, el procedimiento será el siguiente:
· La presentación de la documentación requerida deberá realizarse dentro del período comprendido entre el 30 de abril y el 6 de mayo, contando el ganador con un plazo máximo de cinco (5) días hábiles desde su notificación para presentar toda la documentación solicitada.
· En caso de que el primer ganador no presente la visa vigente dentro del plazo indicado, perderá automáticamente el derecho al premio, el cual pasará al segundo participante seleccionado, quien contará con el plazo de cinco (5) días hábiles para la presentación de requisitos.
· De no cumplir el segundo participante, el premio pasará al tercer participante bajo las mismas condiciones hasta llegar a un quinto participante. Si el quinto participante no presenta la visa y/o no cumpliere con los requisitos de la cláusula 6 de las Bases de la Promoción, perderá su derecho al premio. En este caso, Coca‑Cola podrá, a su entera elección, declarar desierto el premio o realizar un nuevo sorteo.
· No se aceptará la presentación de citas para obtención de visa como cumplimiento del requisito migratorio. Para reclamar su premio, el ganador deberá presentar su cédula de identidad ecuatoriana, una copia de su pasaporte y visa vigente y la tapa premiada, así como la información vigente de pasaporte y visa de su acompañante.
7. CONDICIONES
Al participar en la Promoción el participante tiene el conocimiento y acepta expresamente las Bases de la Promoción. Los premios ofrecidos no podrán ser canjeados por dinero ni cedidos o transferidos a terceros. Si el ganador no puede, por cualquier razón, realizar el viaje, no podrá reclamar a los Organizadores la entrega de dinero u otros bienes en lugar del premio obtenido.
i. Los Organizadores no reembolsarán el monto del producto participante que pudiera haber adquirido el Participante para su participación en la Promoción.
ii. Si algún ganador del paquete de viaje reside en provincia, este deberá asumir los costos y gastos adicionales tales como: alimentación, hospedaje y traslado hacia el Aeropuerto Internacional Mariscal Sucre (Quito), desde donde saldrá el vuelo o José Joaquín de Olmedo (Guayaquil)
iii. El Organizador no se hace responsable por cancelaciones de vuelos, cambios en el itinerario generados por FIFA o por causas de fuerza mayor, como eventos climatológicos, huelgas o situaciones imprevistas.
iv. Las fechas del viaje son fijas y sujetas a disponibilidad; no se permiten cambios.
8. DISPOSICIONES GENERALES
8.1. Todos los conceptos que no estén expresamente incluidos en la descripción del paquete del Premio se consideran excluidos.
8.2. Los paquetes de viaje no son reembolsables, ni transferibles, ni modificables en ninguno de sus aspectos por los participantes y por ninguna razón. El premio incluye los impuestos y tasas aeroportuarias.
8.3. La Organizadora NO se hace responsable y no responderá por los gastos en que el Participante incurra por participar en la Promoción, y/o hacer válido su premio. Cualquier gasto relacionado con la visa para entrar al país de destino de cuenta y riesgo del Participante.
8.4. Al momento de participar y aceptar las Bases de la Promoción, el Participante renuncia expresamente a cuestionar lo que se establece en el presente documento, aceptando los criterios establecidos o que se establezcan posteriormente por parte de La Organizadora.
8.5. Toda decisión de La Organizadora será inapelable y definitiva.
8.6. Al aceptar y/o canjear algún Premio, el Participante libera de cualquier responsabilidad civil, penal, administrativa o de cualquier otra índole y se obliga a mantener en paz y a salvo a Coca‑Cola Ecuador y a sus empresas filiales, afiliadas y subsidiarias, La Organizadora y/o a sus controladoras, empresas filiales y subsidiarias, nacionales o extranjeras, así como a respectivos representantes, funcionarios, oficiales, directivos, empleados, accionistas, gerentes, abogados, agentes, clientes, proveedores, sucesores en interés, concesionarios y/o licenciatarios, en forma permanente e irrevocable de y contra toda acción legal o reclamación por pérdidas, daños y/o perjuicios (incluyendo lesión, enfermedad, incapacidad o muerte) que afecte o se alegue haya afectado a su persona, acompañantes, propiedad, bienes, posesiones y patrimonio (inclusive honorarios de abogados) de cualquier clase y naturaleza. El Participante, expresamente libera a dichas personas y sociedades de toda responsabilidad o reclamación que surja en todo o en parte, directa o indirectamente, relacionada con la aceptación y el uso del premio incluyendo, de manera enunciativa más no limitativa, cualquier daño o perjuicio, accidente, lesión, retraso, pérdida y/o gasto sufrido antes, durante o después de usar o disfrutar del premio. Asimismo, el Participante reconoce que La Organizadora y/o sus controladoras, empresas filiales y subsidiarias, nacionales o extranjeras, así como sus respectivos representantes, funcionarios, oficiales, directivos, empleados, accionistas, gerentes, abogados, agentes, clientes, sucesores en interés, concesionarios y/o licenciatarios no son responsables por daños y/o pérdidas de tipo alguno por causas de fuerza mayor como lo son problemas de salud, pandemias, decesos, accidentes, explosiones, boicot, retrasos, cancelaciones, huelgas, controversias laborales, motines, perturbaciones, guerras y/o conflictos armados, embargo, actos de la naturaleza como terremotos, huracanes, inundaciones, incendios, epidemias o cualquier otro evento similar de fuerza mayor y/o por el incumplimiento de las leyes del país de residencia o aquel donde se realiza el viaje del premio, durante o después de disfrutar del premio, por lo que el Participante renuncia en forma expresa y voluntaria a ejercer cualquier tipo de acción legal o reclamación en contra de las personas y sociedades antes identificadas.
8.7. El solo hecho de que una persona reciba el premio de esta Promoción habilita a La Organizadora para divulgar su imagen y su nombre como Participante en la forma que estime conveniente. Sin perjuicio de lo anterior, por el solo hecho de participar en la Promoción descrita en las Bases de la Promoción y por aceptarlas, el Participante autoriza en forma expresa en tal sentido a La Organizadora para comunicar la identidad de los Participantes, grabar, filmar y fotografiar a los mismos, y para exhibir tales grabaciones, filmaciones o fotografías en cualquier medio de comunicación social y por cualquier medio digital, incluyendo Internet. De igual manera, al aceptar el premio, los Participantes ceden gratuitamente, expresa y de manera tan amplia como la legislación aplicable lo permita, los derechos de uso, explotación, reproducción y adaptación de: (i) su imagen (comprendida por su nombre, voz, figura, rostro y todos los atributos de su personalidad); (ii) los testimonios en relación con su participación en la Promoción y en la aceptación y disfrute del premio; (iii) la publicación con la que haya participado en la promoción, específicamente para su fijación en cualquier medio digital y/o impreso existente.
8.8. Coca‑Cola Ecuador es la responsable del tratamiento de datos personales, así como de toda la información que se requiera en la Promoción, los cuales serán utilizados única y exclusivamente para cumplir con el objeto de la Promoción.
8.9. La Organizadora NO se hace responsable por la participación en la Promoción y/o adquisición de los productos participantes y premios fuera de los plazos especificados (Vigencia de la Promoción).
8.10. Debido al desplazamiento de los productos participantes, podrá haber establecimientos participantes sin existencia de estos, por lo que la Organizadora no está obligada a subsanar el hecho descrito en caso de que ocurriera y no será responsable frente al Participante.
8.11. Los premios que se ofrecen en esta Promoción han sido autorizados por la Organizadora por lo que los Participantes aceptan que son los señalados en las Bases de la Promoción, siendo los únicos que pueden solicitar, estando sujetos a los términos, condiciones y restricciones de estos.
8.12. La Organizadora se reserva el derecho de, sin previo aviso, finalizar esta Promoción o modificar los términos de la mecánica o cualquier otra condición de participación en la más absoluta discrecionalidad y conforme a los intereses que crea convenientes sin que por ello medie alguna compensación a los Participantes.
8.13. La Organizadora podrá: (i) ampliar la cantidad de premios señalada en las Bases de la Promoción o reemplazarlos por otros de igual valor; (ii) modificar las fechas de comienzo y finalización de la Promoción; (iii) modificar las Bases de la Promoción, sus términos y condiciones por cualquier motivo, modificar los premios, e incluso cancelar, aumentar o disminuir los premios; y (iv) cancelar, suspender o modificar la Promoción cuando circunstancias no imputables a Coca‑Cola de Ecuador y no previstas en las Bases de la Promoción, en caso fortuito o que por fuerza mayor lo justifiquen. Toda modificación a las Bases de la Promoción será comunicada al público en general, efectuando las publicaciones correspondientes en el mismo medio a través del cual se han dado a conocer las Bases de la Promoción.
8.14. Los registros que se realicen en nombre de otra persona no serán aceptados; de igual manera la utilización de algún tipo de seudónimo o el registro de algún Participante con información falsa.
8.15. No se aceptarán participaciones que estén fuera del tiempo de vigencia de la Promoción y/o que no estén bajo los lineamientos descritos con anterioridad.
8.16. En caso de que la Organizadora determine que un Participante no cumple con las condiciones establecidas y/o con la misma o dudosa información de registro será descalificado sin la necesidad de notificar al Participante.
8.17. Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal (como lo pueden ser: los registros de participación dobles o apócrifos; utilización de bots, software o cualquier otra herramienta o insumo tecnológico que les permita obtener ventaja desleal en la Promoción; ser un caza promociones; alteración de códigos; desacreditación de la Promoción en sus distintas plataformas; entre otras) por parte de un Participante llevará a la nulidad de su participación, indistintamente de la fase de Promoción en la que se encuentre. Los ejemplos de tentativas de fraude y maniobras desleales no están limitados a los enunciados pudiendo haber más de ellos.
8.18. La Organizadora se reserva el derecho de, en cualquier momento, verificar que los datos e información manifestados por los Participantes sean fidedignos, correctos y que no generen duda o controversia; de lo contrario podrán ser descalificados sin la necesidad de notificarle al Participante.
8.19. La Organizadora no tendrá ninguna responsabilidad frente a los registros perdidos, retrasados, no utilizados, mal enviados o incompletos, debido a fallas técnicas o de cualquier otra índole, siendo solo el Participante el responsable en caso de suscitarse alguna de las situaciones antes mencionadas.
8.20. Si la Organizadora tiene razones para sospechar que un Participante o tercero ha actuado de forma engañosa o fraudulenta, esta se reserva, a su entera discreción, el derecho de eliminar al Participante y/o descalificar cualquier participación. De igual forma, podrá descalificar y no entregar el premio al Participante si se sospecha que este ha realizado actividades fraudulentas, para obtener de manera desleal o ilegal algún premio.
8.21. La Organizadora no se hace cargo ni se responsabiliza por los gastos, perjuicios, pérdidas, inconvenientes, deducciones, sanciones o mermas de índole laboral, económico, social y/o familiar en que incurra el Participante por participar en la presente Promoción, o incluso en caso de obtener el premio, así como por el cumplimiento de las Bases de la Promoción.
8.22. La Organizadora se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier Participante que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción. En este caso, los que incumplan esta regla serán descalificados sin responsabilidad para La Organizadora, renunciando desde este momento a ejercer cualquier tipo de acción legal u ordinaria en contra de La Organizadora.
8.23. La Organizadora pretende que todos los Participantes participen en igualdad de condiciones y con estricto respeto a las normas de la buena fe. Por ello, cualquier utilización abusiva o fraudulenta de las Bases de la Promoción dará lugar a la descalificación y anulación del Participante de esta Promoción.
8.24. En caso de que la Organizadora descalifique una participación, no se genera responsabilidad de ninguna índole para estos, ni sus funcionarios, administradores ni personal frente al participante ni frente a terceros.
9. INTERPRETACIÓN
En caso de duda sobre los alcances o aplicación de estas Bases, corresponderá exclusivamente a Coca‑Cola o AC Bebidas determinar su interpretación.