BASES LEGALES PROMOCIÓN CCME 2026

Empresa Responsable de la Promoción: COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., con C.I.F. nº B-86561412 y con domicilio social en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”).

“Período de Vigencia”: fechas en las que estará vigente la promoción comprendida entre el día 4 de septiembre de 2026 hasta las 23:59 horas en horario peninsular del día 5 de septiembre de 2026, ambos inclusive. La subida del ticket para la participación será válida desde el 4 de septiembre 2026 hasta las 23:59 horas del 10 de septiembre 2026. 

Ámbito de la promoción: Comunidad de Madrid

“Establecimientos”: Puntos de venta donde los participantes deberán realizar el esfuerzo de compra dentro del festival Coca‑Cola Music Experience 2026 para participar en la presente promoción, de acuerdo con el Anexo I de las presentes Bases (en adelante, “los Establecimientos”) y, en concreto pertenecientes a las siguientes cadenas:

- BURGUER KING

- GOIKO

- PAPA JOHNS

- DOMINO’S PIZZA

- TACO BELL

- MALVON

- CINESA

- YELMO

- SIBUYA

“Productos Promocionados”: Todos los productos participantes en la presente promoción son siguientes sabores y formatos:

LATA33 UD.AQUARIUS
LATA33 UD.COCA-COLA
LATA33 UD.COCA-COLA ZERO
LATA33 UD.COCA-COLA ZERO ZERO
LATA33 UD.FANTA LIMÓN
LATA33 UD.FANTA NARANJA
LATA33 UD.FUZE TEA LIMÓN
LATA33 UD.AQUABONA

 

Siempre que dichos productos se encuentren disponibles para su comercialización en  los Establecimientos adheridos a la promoción

A.- ¿Quién puede participar?

Podrán participar todas las personas físicas, mayores de 16 años, residentes en  España, que realicen la compra mínima de Productos Promocionados detallada en el  apartado siguiente en los Establecimientos. 

*No obstante, la descarga y utilización de las tarjetas monedero digitales objeto del premio está limitada a personas mayores de 18 años. En caso de que el ganador sea  menor de 18 años, la descarga de la tarjeta deberá ser realizada por su padre, madre o tutor legal en su nombre, conforme a lo establecido en el apartado B.5.1 de las presentes Bases.

B.- ¿Cómo participar?

B. 1.- COMPRA MÍNIMA DE PRODUCTOS PROMOCIONADOS

Dentro del Período de Vigencia, el consumidor que acuda a cualquier Establecimiento de los mencionados en el apartado “Establecimientos” dentro del festival Coca‑Cola  Music Experience 2026, deberá realizar en dicho Establecimiento una compra de 1  menú (sin precio mínimo) que incluya una bebida cualquiera de los productos  promocionados establecidos en el punto anterior para participar en la presente  Promoción, dentro de un mismo Ticket de Compra (en adelante, el “Esfuerzo de  Compra”). 

Sólo generarán participaciones las compras que se realicen cumpliendo la Compra Mínima de Productos Promocionados en un mismo ticket de compra que deberá ser emitido dentro del Periodo de Vigencia, es decir, entre el 4 de septiembre de 2026 y el 5 de septiembre de 2026 (en adelante, el “Ticket de Compra”).

Cada Esfuerzo de Compra generará una participación para optar a los premios que se ponen en juego en la presente Promoción de acuerdo con las presentes Bases, siempre que el Esfuerzo de Compra se haya realizado dentro del Periodo de Vigencia.

Un mismo Ticket de Compra podrá generar más de una participación en la presente promoción, siempre que en dicho Ticket de Compra se acumule más de un Esfuerzo de Compra, según se detalla en la siguiente tabla. No obstante, se establece en todo caso un máximo de 10 participaciones en la presente promoción generadas mediante un mismo Ticket de Compra.

El consumidor deberá conservar el Ticket de Compra para poder participar en la presente Promoción y para poder participar a través de la página web promocional https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/sign-up

Además, el participante deberá conservar el original del ticket de compra una vez finalizada la presente Promoción por si resultara ganador, dado que CCEP IBERIA podrá requerirle dicho original del ticket de compra para la entrega del premio.

B. 2.- REGISTRO E IDENTIFICACIÓN.

Para poder participar será necesario que:

• El Participante se identifique como usuario en https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up

• En caso de que no estuviera registrado, se registre en el apartado preparado a tal efecto en la página web https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up

• En caso de que el Participante ya esté registrado en https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up bastará con que se identifique. 

B. 2.1.- PARTICIPACIÓN 

La participación en la presente promoción implica la aceptación de las presentes Bases.

Para participar, el consumidor, una vez se encuentre registrado en https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up deberá:

1º Acceder a la web https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up e identificarse con su nombre de usuario y contraseña de registro en https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up

 

2º Pinchar en el botón “Participa” e introducir el Ticket de Compra que haya obtenido en los Establecimientos donde realizó la Compra Mínima de Productos Promocionados durante el Período de Vigencia, en el apartado preparado a tal efecto:

a. Fecha del ticket de compra;

b. Hora del ticket de compra;

c. Establecimiento donde se realizó el Esfuerzo de Compra;

d. Nº latas compradas / Euros en el ticket de compra.

 

3º Una vez introducidos estos datos, junto con los de registro o identificación  introducidos anteriormente, el usuario deberá pinchar en el botón “Participa”. 

Registrado el consumidor en https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up no será necesario realizar este procedimiento de nuevo, sino que, para acceder de nuevo a la web y participar nuevamente, únicamente será necesario introducir la dirección de correo electrónico y la contraseña indicada en el momento del registro, junto con los datos de un nuevo Ticket de Compra válido.

Sólo serán válidas las participaciones ganadoras que muestren a CCEP IBERIA el original del ticket de compra válido para poder chequear su participación en la web. Además, las participaciones que figuren en el ticket de compra ganador deberán coincidir con el número de participaciones introducidas en la página web de forma que si en la página se hubieran introducido más participaciones de las que figuren en el ticket de compra, la participación ganadora podrá darse como inválida y se podrá descalificar al ganador, pasando al siguiente participante.

Un mismo consumidor podrá participar cuantas veces quiera a través del mismo o de distintos Establecimientos, siempre que realice el correspondiente Esfuerzo de  Compra necesario y se registre o acceda en la web promocional aunque únicamente podrá introducir un máximo de 1 ticket de compra al día que sumen como máximo 10 participaciones diarias.

Además, un ticket de compra como máximo podrá dar lugar a 10 participaciones, independientemente de que el ticket de compra contenga un número mayor de Esfuerzos de compra.

Adicionalmente, en caso de que una participación de un ticket de compra resulte premiada, el resto de participaciones que contuviera dicho ticket de compra quedarán invalidadas y el ganador no podrá volver hacer uso de las mismas o lo que es lo mismo, un mismo ticket de compra, únicamente dará derecho a un premio independientemente del número de participaciones que contenga.Por último, la presente promoción queda limitada a la obtención de 1 premio, de manera que un mismo consumidor únicamente podrá resultar ganador de 1 premio de los puestos en juego mediante la mecánica Sorteo. 

B. 3.- SORTEO:

Una vez finalizada la promoción se recopilarán todas las participaciones realizadas a través de la página web https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up durante el Período de Vigencia y se realizará un sorteo, con todas las participaciones recopiladas, mediante el que serán determinados los 100 ganadores del PREMIO 1 que se pone en juego mediante la presente promoción.

El Sorteo se celebrará el día 11 de Septiembre de 2026. Esta fecha podrá variar en un margen de cinco días atendiendo a la disponibilidad.

En el Sorteo, se elegirá al azar 100 participantes ganadores y tres participaciones Reservas por ganador seleccionado.

En el supuesto de que alguna de las participaciones elegida como persona ganadora no lleve aparejada posteriormente el original del Ticket de Compra (que deberá ser facilitado por el ganador), el ticket de compra ganador no coincida en número de participaciones con las introducidas en la página web (por figurar un número mayor en la página web), el ganador no cumpliese el requisito de edad mínima o el ticket de compra no fuese válido, fuese incorrecto, enmendado o fotocopiado, se considerará la participación como inválida y, por tanto, CCEP IBERIA podrá descartarla y elegir la participación elegida como Primera Reserva. Al igual que en el caso anterior, una vez descartada la participación del Ganador por alguna de las circunstancias anteriores, en el supuesto de que la participación elegida como Primera Reserva no fuese válida conforme a los criterios anteriores, se considerará la participación como inválida y, por tanto, CCEP IBERIA podrá descartarla y elegir la participación como Segunda Reserva.

En caso de que se haya descartado la participación ganadora así como las tresreservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el PREMIO 1 como desierto y pasará a disposición de la organización.

B.5.- PREMIOS 

B. 5.1 PREMIO MEDIANTE LA MECÁNICA SORTEO

Premios disponibles: 100

PREMIO: 100 tarjetas monedero de un valor de 60€ cada una en formato digital. Estas serán enviadas a los ganadores mediante el contacto de email autorizado por el ganador. 

Aunque la participación al sorteo está autorizada para personas mayores de 16 años, únicamente está permitido a mayores de 18 años a descargar la tarjeta en formato digital. Si el ganador fuera menor de 18 años deberá proceder a la descarga de la tarjeta únicamente su tutor legal/padre/madre.

B.5.2. CONSIDERACIONES COMUNES RELATIVAS A LOS PREMIOS

Si por razones ajenas a CCEP IBERIA no se pudiera entregar el premio al Ganador, éste podrá sustituirlo por otro de igual o similares características.

Los premios son personales e intransferibles, por lo que no podrán cederse a una persona distinta del ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo ni en especie.

CCEP IBERIA se reserva el derecho de no entregar el premio al ganador que no cumpla con facilitar el ticket de compra original que ha dado lugar a su participación y con el cual ha resultado premiado. No serán válidos los tickets de compra donde conste el cambio o devolución de los Productos Promocionados que hubieran dado lugar a la participación del ganador.Un mismo ticket de compra y los datos que este contiene solo podrá subirse una única vez a la web promocional. En el supuesto de que distintos usuarios, o el mismo usuario utilizando diferentes cuentas, suban un mismo ticket de compra, sólo se considerará válido para participar en la presente promoción el primer ticket subido que genere la primera participación, anulando en todo caso las participaciones posteriores generadas con ese mismo ticket para los demás usuarios que lo hubieran utilizado y subido a la web promocional.

Es decir, si varias personas suben un mismo ticket de compra sólo se considerará válida la primera participación efectuada por el usuario que por primera vez haya subido dicho ticket a la web promocional.En caso de que distintos usuarios suban un mismo ticket a la vez, se descartarán las participaciones de todos ellos posteriores a la primera participación.

CCEP IBERIA se reserva el derecho de validar los tickets de compra y denegar la participación y entrega de los premios conseguidos que contravengan lo establecido en las presentes bases legales sin que los usuarios afectados puedan reclamar a CCEP IBERIA por la descalificación de sus participaciones.

B.6.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS 

B.6.1. COMUNICACIÓN Y ENTREGA PREMIOS SORTEO ANTE NOTARIO 

Una vez realizado el Sorteo en el que será determinado los 100 ganadores del premio puesto en juego en la presente promoción mediante la mecánica Sorteo, CCEP IBERIA enviará a dichos ganadores un correo electrónico a la dirección de e-mail que hayan proporcionado en el registro de su participación en la web https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up.

Este email se enviará desde la siguiente dirección web: ccme2026@cceppromos.com. Tras esto, CCEP IBERIA se pondrá en contacto telefónico con el ganador, en el plazo de 48 horas laborables.

Si en las 72 horas laborables siguientes al envío del correo electrónico no se hubiera podido contactar con el ganador (porque éste no hubiera contestado al e-mail o no hubiera respondido al teléfono tras un total de tres (3) intentos de llamadas por parte de la Organización) o el ganador rechazara el premio, el ganador recibirá una comunicación en la que se le indicará que no ha sido posible contactar con él tras varios intentos y perderá su derecho al premio, pasando a contactar con el correspondiente reserva.

En tales supuestos, el Reserva Ganador recibirá un correo electrónico a la dirección mail que haya proporcionado en el registro de su participación en la web https://www.cocacola.com/es/es/offerings/sign-up. indicándole esta circunstancia. Posteriormente, CCEP IBERIA se pondrá en contacto telefónico con el Reserva Ganador, en el plazo de 48 horas laborables desde la comunicación por e-mail.

Al igual que en el caso anterior, si en las 72 horas laborables siguientes al envío del correo electrónico, no se hubiera podido contactar con el Reserva Ganador (porque éste no hubiera contestado al e-mail o no hubiera respondido al teléfono tras tres (3) intentos de llamadas por parte de la organización) o rechazara el premio, éste perderá su derecho al premio y se pasaría a contactar con el siguiente de la lista de participaciones reserva. Habrá un máximo de dos reservas.

En caso de que se haya descartado la participación ganadora así como todas las reservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de la organización.

Una vez localizado al Ganador en esa conversación y en el correo electrónico que paralelamente se le envíe se informará al ganador de los detalles del premio.

Para la entrega del premio, CCEP IBERIA podrá solicitar al ganador que le facilite eloriginal del ticket de compra que ha dado lugar a su participación. Por tanto, para poder obtener el premio será necesario conservar el Ticket de Compra, no haciéndose responsable CCEP IBERIA de su posible extravío por parte del ganador. Además, nose admitirán tickets de compra rotos, falsos, ilegibles, enmendados, fotocopiados, etc.

C.- Responsabilidad y causas de descalificación de un participante del concurso

CCEP IBERIA podrá solicitar de manera aleatoria a cualquiera de los usuarios que estén participando en la Promoción el envío del Ticket de Compra con el cual están participando, para llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas, sean estos Ganadores o no. En caso de detectarse una participación fraudulenta, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificación del participante.

Asimismo, CCEP IBERIA se reserva el derecho de verificar, con los diferentes establecimientos adheridos a la promoción, la veracidad de los Tickets de Compra enviados.

No serán válidas las participaciones efectuadas online mediante métodos generados por un script, macro o el uso de dispositivos automáticos. En caso de constatar irregularidades graves en la participación de algún usuario, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificar al participante y ejercitar todas las acciones legales que le asistan contra los infractores.Podrá considerarse una irregularidad grave:

a) La existencia de más de una cuenta con los mismos datos de participación, tales como, nombres y apellidos del concursante, teléfono o dirección postal.

b) Que el concursante haya subido más de un ticket inválido u otra imagen, distinta a un ticket válido, con el fin de generar múltiples participaciones.

c) Que distintos usuarios, o el mismo usuario utilizando diversas cuentas, suban un mismo ticket de compra, en cuyo caso solo se considerará válido para participar en la presente promoción el ticket que se hubiera subido por primera vez, anulándose en todo caso las posteriores participaciones a las que el mismo ticket hubiera dado lugar.

D.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONESORGANIZADAS POR COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.

1. LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases disponibles en la web www.promocionesccep.es

2. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR FUERZA MAYOR. En el caso de que circunstancias sobrevenidas e inevitables, aun previsibles, pero ajenas a la voluntad o poder de disposición de CCEP IBERIA (fuerza mayor), acaecidas durante la vigencia de esta promoción o con la antelación suficiente a su inicio alteren, dificulten, o impidan el correcto desarrollo de la misma (i.e. entrega o canjeo de premios, etc.) CCEP Iberia queda exonerada de responsabilidad por cualquier alteración de la dinámica promocional (incluida la suspensión sobrevenida de la promoción retrasos o cancelaciones en la entrega de premios). A los efectos de estas bases, toda medida gubernamental o tomada por funcionarios públicos en el marco de una emergencia sanitaria se considera fuerza mayor.

3. TRATAMIENTO DE DATOS DE LOS PARTICIPANTES DE LA PROMOCIÓN 

La participación en esta Promoción, organizada por COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U (CCEP IBERIA), es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio y necesario en los términos expuestos en las presentes Bases. 

De acuerdo con lo anterior, el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de la participación en la presente Promoción implica necesariamente el tratamiento de los datos personales del interesado de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases. 

3.1. Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase del concurso, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos a CCEP. 

El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos: 

• Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).

• Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.

• En su caso, recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.

• Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.

• Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.

• Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.

• Identificar al interesado ganador.

• Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.

• Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.

• Remitir al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en las presentes Bases, bajo el apartado “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.

• Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.

• Entregar el premio al interesado ganador.

• En su caso, cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.

• Gestión de reclamaciones.

• Gestión de renuncias y devoluciones.

Cuál es la legitimación de CCEP IBERIA para el tratamiento de sus datos: La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la presente promoción, la cual se detalla en el presente documento, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a CCEP IBERIA. 

Comunicación de datos a terceros: Los datos personales tratados por CCEP IBERIA para alcanzar las finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación: 

• Al Notario depositario de las bases a fin de controlar la legalidad de la promoción y su desarrollo. 

• A Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda. 

• A Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes CCEP IBERIA se viera obligada a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por CCEP IBERIA o por el propio interesado. 

• En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con base en la ejecución de la relación promocional, se cederán sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado. 

Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por CCEP IBERIA implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable. 

Plazo de conservación de datos por CCEP IBERIA: CCEP IBERIA conservará los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y, finalizado el tratamiento, durante los plazos de conservación establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales de CCEP IBERIA. 

Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad y revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) mediante comunicación escrita a la entidad responsable del tratamiento, acompañando una fotocopia del documento nacional de identidad, a cualquiera de las siguientes direcciones: 

Dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid. 

Dirección electrónica: privacy@ccep.com

Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de Control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 - 912 663 517 (www.agpd.es) en particular, en relación con el ejercicio de sus derechos. Con carácter previo a interponer la reclamación y de forma voluntaria, los interesados pueden contactar con el delegado de protección de datos de CCEP IBERIA en la siguiente dirección privacy@ccep.com 

Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento bajo responsabilidad de CCEP IBERIA según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a cada uno de estos responsables. 

A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a CCEP IBERIA se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto. Carácter complementario de lo establecido en las presentes bases respecto del tratamiento de datos de participantes y ganadores: Lo establecido en las presentes bases en relación con el contenido del tratamiento de datos personales de los interesados (participantes y ganadores), es complementario y no excluyente de cualesquiera otros textos legales informativos comunicados a los citados interesados a través de cupones, formularios de registro, políticas de privacidad y otros documentos en cualquier fase de su participación en la presente Promoción. 

DERECHOS DE IMAGEN

Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar, automáticamente ceden losderechos de propiedad intelectual así como los derechos de imagen que se deriven a CCEP IBERIA en los términos que a continuación se indican.De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCEP IBERIA los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de CCEP IBERIA así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.

Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCEP IBERIA:

- Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCEP IBERIA, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCEP IBERIA. 

Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que CCEP IBERIA considere.

- CCEP IBERIA podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que CCEP IBERIA –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCEP IBERIA para publicar sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.

- Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a CCEP IBERIA los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte CCEP IBERIA, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCEP IBERIA de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a CCEP IBERIA la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:

- El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.

- El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCEP IBERIA; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.

- El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA.

- El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCEP IBERIA o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.

- El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a CCEP IBERIA por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.

La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.

DERECHO A REPORTAR ABUSOS

Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas 

sospechas de fraude por parte de CCEP IBERIA o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, CCEP IBERIA podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por CCEP IBERIA no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases podrá reactivarse su participación en la presente promoción.Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario CCEP IBERIA dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.

4. RETENCIÓN FISCAL: A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

4.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. realizó.

4.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención (Art.99 del RIRPF).

4.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.

Pero el Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.

4.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.

 

5. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.

6. EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. y de COCA-COLA ESPAÑA, sus familiares hasta 2º grado o el personal de las compañías subcontratadas por COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L o COCA-COLA ESPAÑA para la ejecución de la presente promoción.

7. DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCACOLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción. 8. ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español, por tanto, la tramitación y gastos de exportación para un ganador no residente en España correrán a cargo del beneficiario.

9. IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI., pasaporte u otro documento oficial de identificación).

10. PRUEBAS DE COMPRA: En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (Ticket de Compra, etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:

10.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCACOLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios. 

10.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.

10.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.

10.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. hubiera recibido. 

11. PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET: En caso de que la presente Promoción exija la participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias páginas de internet, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento del juego o web mediante el/la cual se participa en la Promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.

12. PREMIOS:

12.1.- En caso de que de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.

12.2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio y caducan a los tres meses.

12.3.- COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales. 

12.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).

12.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante los momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.

13. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES: La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.

 

ANEXO 1 ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS A LA PROMOCIÓN

Los siguientes establecimientos con presencia en el Coca‑Cola Music Experience 2026:

o BURGUER KING

o GOIKO

o PAPA JOHNS

o DOMINO’S PIZZA

o TACO BELL

o MALVON

o CINESA

o YELMO

o SIBUY