BASES LEGALES DE PROMOCIÓN

“MEET AND GREET EN COKE STUDIO VIÑA DEL MAR” 

1. ORGANIZADORA.

COCA-COLA DE CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.714.870-9, representada por doña Debora Mattos Dos Santos, cédula de identidad número 27.945.380-8, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. Kennedy N° 5757, Piso 12, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante, la “Organizadora”), ha organizado una Promoción denominada “MEET AND GREET EN COKE STUDIO VIÑA DEL MAR” (en adelante, la “Promoción”), de acuerdo con las siguientes bases de Promoción (en adelante, las “Bases” o las “Bases de Promoción”).

2. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN, EMPAQUES PARTICIPANTES, CONTENIDO ASOCIADO A LOS PARTICIPANTES Y RESTRICCIONES GENERALES.

2.1. Requisitos generales.

Para participar en la Promoción, será necesario cumplir con los siguientes requisitos copulativos: (i) ser persona natural mayor de 18 (dieciocho) años de edad;(ii) ser residente o estar domiciliado dentro del territorio chileno continental de Chile; y (iii) aceptar, realizar y cumplir correctamente con todos y cada uno de los requisitos y acciones que se describen a continuación en las Bases de Promoción. No podrán participar en la Promoción los directores, gerentes y trabajadores dependientes de la Organizadora, de las agencias publicitarias y/o de marketing y/o cualquier otro tipo de proveedores de productos o servicios que participen o estén de cualquier forma relacionadas a la Promoción, sus compañías afiliadas y subsidiarias; y de la notaría en la que se protocolizarán las presentes Bases de Promoción de conformidad a lo descrito en la cláusula Sexta de este instrumento. La prohibición aquí referida se extiende a los cónyuges, convivientes civiles, ascendientes o descendientes, colaterales por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de las personas señaladas, sea que actúen por cuenta propia o en nombre de terceros.

2.2. Acción.

Para poder participar en esta Promoción, será necesario realizar las siguientes acciones (en adelante, la “Acción”):

(i) El participante deberá identificar el anuncio publicitario en la plataforma META desde las redes sociales Instagram y Facebook (“Anuncio Publicitario”), dentro del plazo de vigencia indicado en la sección 4 de estas Bases de Promoción. (ii) Una vez identificado el Anuncio Publicitario por el participante, este deberá cliquear en él y aceptar los términos y condiciones, así como las políticas de privacidad seleccionando la casilla correspondiente. Luego deberá completar los blancos con su información personal (nombre completo, apellido, fecha de nacimiento, correo electrónico y número de teléfono). Classified - Confidential (iii) los participantes serán contactados, el día jueves 20 de febrero 2025, por la Organizadora a los correos electrónicos ingresados en el paso anterior, para efectos de confirmar sus datos ingresados y mayoría de edad. El participante deberá responder el correo electrónico de la Organizadora antes de las 12:00 horas del día viernes 21 de febrero de 2025.

2.3. Contenido asociado a los participantes.

Para efectos de participar, los participantes deberán entregar a la Organizadora cierta información personal. Por esta razón, los participantes deberán autorizar expresamente el tratamiento de sus datos personales por parte de la Organizadora, en estricto cumplimiento de lo señalado en la Ley 19.638 sobre Protección de la Vida Privada y cualquier otra ley que la modifique o reemplace en el futuro. Los datos personales y las finalidades asociadas a su tratamiento serán las siguientes:

Finalidad del TratamientoDato personal
Establecer y verificar la identidad de los participantes.nombre completo, fecha de nacimiento. 
Comunicarse personalizada y directamente con
el participante y enviarle información relacionada
con la Promoción y de las marcas asociadas a la Organizadora.
correo electrónico y número de teléfono.

La información sobre los datos personales entregados por los participantes a la Organizadora deberá ser exacta, actualizada, completa y fidedigna.

El participante declara que toda información suya que proporcione está debidamente autorizada y consiente que sus datos personales sean objeto de un tratamiento que puede o no ser automatizado. 

2.4. Condiciones y restricciones generales aplicables a toda participación.

Cada participante podrá participar por una sola vez en la Promoción. De manera que cada participante, podrá inscribir sus datos por una sola vez y recibir máximo un Premio por toda la vigencia de la Promoción.

No se aceptarán participaciones que se realicen fuera del plazo de vigencia de la Promoción y/o que no estén bajo los lineamientos descritos en estas Bases de Promoción. Así, queda expresamente prohibido cualquier intento o forma de participación que se realice de manera distinta a la detallada en estas Bases.

La Organizadora en ningún caso será responsable por fallas, errores en la administración de la Promoción o acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción, ni por cualquier otra situación ajena a la Organizadora que pudiere afectar la participación y asignación de productos asociada a la misma, incluyendo, pero no limitado a restricciones locales, municipales, nacionales y/o de cualquier índole, ya sea con motivo de cualquier pandemia, epidemia, situación y/o restricción impuesta por cualquier Organismo y/o Autoridad de la República de Chile.

Asimismo, la Organizadora en ningún caso será responsable por fallas en los equipos móviles, computadores y/o electrónicos de los participantes, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de acceso la red Internet, u otros. Asimismo, tampoco será responsable ante errores que presentaré la aplicación Instagram y que no le fueren imputables a ella.

Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal o dolosa en la participación de esta Promoción, alteración de información y/o registros y/o desacreditación de la Promoción en canales de comunicación por parte de un consumidor o participante llevará a la nulidad de su participación, sin generar responsabilidad alguna para la Organizadora, renunciando desde este momento a ejercer cualquier tipo de acción legal en contra de la Organizadora, sus filiales, afiliadas o sus clientes, que derive de la descalificación proveniente de su actuar fraudulento o desleal. La Organizadora se reserva el derecho de iniciar acciones legales en contra de quien incumpla lo señalado precedentemente.

La Organizadora se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes Bases, circunstancia que los participantes aceptan por el solo hecho de participar en la Promoción. Cualquier cuestión no prevista en estas Bases y/o relativas a su interpretación será dirimida en primer lugar por la Organizadora, sin perjuicio de los derechos que por ley asistan a los participantes. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivar de la realización y participación de la Promoción, los participantes y la Organizadora se someterá a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

3. PREMIOS.

3.1. Premios.

La Organizadora ha destinado un total de 3 unidades de premios con ocasión de la Promoción, los cuales se indican con detalle a continuación (“Premio” o “Premios”):

3 Premios Meet & Greet: 3 accesos individuales meet and greet con el artista Jairo Vera, los cuales se realizarán en los camarines de la producción en el Festival Coke Studio a realizarse el día 22 de febrero de 2025, en Sporting de Viña del Mar (“Festival Coke Studio”), en horario por confirmar.

3.2. Mecanismo de asignación y entrega de los Premios.

Para efectos de la pre-selección de los 3 participantes ganadores se ingresarán la información de todos los participantes que hayan realizado correctamente la Acción en un el programa Excel y se aplicará una fórmula “aleatoria” o “random” para designar a los participantes pre-seleccionados. Una vez que la Organizadora compruebe que el participante pre-seleccionado cumplió correctamente con los requisitos establecidos en estas bases se le asignará un Premio Meet & Greet. Los ganadores serán anunciados el día 21 de febrero de 2025, vía correo electrónico. Para poder hacer efectivo su Premio, el participante ganador deberá asistir por sus propios medios a al evento Festival Coke Studio, a realizarse el día 22 de febrero de 2025, en Sporting Viña del Mar, y esperar las instrucciones que entregará la Organizadora por altoparlante, entre las 19.30 y 23.00 horas.

3.3. Condiciones aplicables a los Premios.

  • Los Premios no son transferibles ni transmisibles a terceros.
  • Los Premios no serán canjeables ni reembolsables por su valor en dinero, ni sustituibles por productos distintos de aquellos autorizados para efectos de la Promoción, salvo comunicación en contrario efectuada por la Organizadora.
  • En caso de que no se acrediten los requisitos para la entrega de uno o más Premios, éstos quedarán en manos de la Organizadora, quien estará facultada para disponer de dichos Premios a su entera discrecionalidad y conveniencia. Lo mismo aplicará en el caso de que uno o más ganadores no quisieran o pudiesen recibir su Premio.
  • la Organizadora no serán responsables de la pérdida, robo o daño de los Premios una vez entregados éstos al respectivo ganador.
  • la Organizadora no se harán cargo de ningún gasto extra y/o adicional en que pueda incurrir el ganador de cada uno de los Premios que no esté expresamente incluido en el Premio y/o que pueda resultar de su uso, canje y/o materialización, según resultare procedente de conformidad a lo dispuesto en estas Bases.
  • Será de exclusiva responsabilidad de cada participante ganador cumplir con todos los requisitos necesarios para hacer efectiva la entrega, canje y/o uso de su Premio, según la naturaleza de éste.
  • Asimismo, será necesario que el participante asista en el Festival Coke Studio, entre las 19.30 y 23.00 horas.
  • Será exclusiva responsabilidad de cada participante ganador cumplir con todos los requisitos necesarios para poder ingresar al recinto en el cual se lleve a cabo el Festival Coke Studio.
  • A mayor abundamiento, la Organizadora no será responsable en caso de que el participante ganador no pueda concurrir al lugar del evento o no puedan ingresar al Festival Coke Studio por no cumplir con lo indicado precedentemente por lo que será de cargo de cada ganador todos los gastos que se generen con ocasión de dicho incumplimiento.
  • La Organizadora no se hará responsable por cambios de fecha del Festival Coke Studio, debido a causas ajenas a ella. En caso de suspensión permanente del Festival Coke Studio la Organizadora no se encontrará obligada a reemplazar los Premios por otros artículos, ni a pagar cualquier cantidad de dinero a los participantes ganadores. Sin perjuicio de lo anterior, la Organizadora, podrá a su sola voluntad entregar una compensación económica, determinada a su propio criterio o reemplazar el Premio por otro artículo si así lo determinara. 

4. VIGENCIA Y MODIFICACION A LAS BASES.

La Promoción tendrá vigencia desde el día 17 y hasta el 19 de febrero de 2025. Lo anterior es sin perjuicio de que la Organizadora decida extender el plazo de vigencia de la Promoción, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informarán oportuna y adecuadamente a los consumidores. La Organizadora se reserva el derecho de modificar las Bases informando previamente a los consumidores. Lo anterior no generará responsabilidad ni compensaciones a favor de terceros o de los participantes por parte de la Organizadora. Asimismo, la Organizadora podrán cancelar, suspender o modificar la Promoción cuando circunstancias no imputables a la Organizadora ni previstas en estas Bases así lo justifiquen. Lo mismo aplicará en el evento de caso fortuito o fuerza mayor.

5. TERRITORIO.

La Promoción se encontrará vigente únicamente dentro del territorio chileno continental de Chile.

6. PROTOCOLIZACIÓN Y PUBLICACIÓN.

Se deja constancia que una copia del presente documento será protocolizada en los registros de la notaría de Santiago de doña Patricia Manriquez Huerta, y que se encontrará disponible en los sitios web www.cocacoladechile.cl/sala-de-prensa durante la vigencia de la Promoción. Asimismo, se deja expresa constancia que la Promoción será informada al público en general durante todo el período de su vigencia a través de los distintos medios publicitarios que la Organizadora libremente determine.

7. INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR PARTICIPANTE.

Los consumidores participantes podrán efectuar consultas al siguiente número de atención al consumidor: 800-219999.

8. RESPONSABILIDAD.

Se entenderá que toda persona que acepte participar en la Promoción ha conocido y aceptado íntegramente estas Bases, careciendo de derecho a deducir reclamo o acción de cualquier naturaleza en contra de la Organizadora, ni de sus ejecutivos, trabajadores o personeros, especialmente en el caso que se niegue la entrega de cualquier producto, por estimarse que al respecto no se han cumplido las reglas establecidas en estas Bases.

En todo caso, no será aceptado ni será legalmente procedente ningún reclamo que no sea presentado a la Organizadora o al Notario Público que autoriza estas Bases: (i) por escrito, explicando claramente la situación; y (ii) antes de la fecha máxima de reclamación, la cual vence el día 22 de febrero de 2025.

La Organizadora no se hará responsable en ningún caso por los hechos que pudieran ocurrir en relación a los productos adquiridos con ocasión de la Promoción, y que tengan su origen en causas atribuibles al consumidor, a terceros, a hechos de la naturaleza o a casos fortuitos o de fuerza mayor.

La Organizadora se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la Promoción, tales como falsificación o adulteración de los medios publicitarios, u otros.

9. DISPOSICIONES VARIAS.

La Organizadora se reserva el derecho de verificar la autenticidad, inalterabilidad e idoneidad de la participación, así como también se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes por cualquier intento de fraude o conductas indebidas y/o desleales. Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal o indebida (como lo pueden ser, pero no limitado, a: los registros de participación dobles o apócrifos; utilización de bots, software o cualquier otra herramienta o insumo tecnológico; alteración de códigos; desacreditación de la Promoción en los distintos Medios de Comunicación; entre otras) por parte de un participante llevará a la nulidad de su participación. En este caso, los que incumplan esta regla serán eliminados de la Promoción, sin generar responsabilidad alguna para la Organizadora, que derive de la eliminación, proveniente del actuar fraudulento o desleal o indebido, aquí referido de dicho participante. Está prohibido y será anulado por la Organizadora cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice de manera mecánica, por cualquier proceso, ya sea técnico o mecánico de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, manual programada, mecanizada o mediante el uso de identidades falsas o adulteradas que no correspondan a la verdadera identidad del participante, o similar llevará a la anulación de todos los registros e ingresos realizados por el participante. La Organizadora se reserva el derecho de eliminar a todo aquel participante que participe en forma indebida y contraria a la presentes Bases. En caso que la Organizadora determine que algunos de los participantes hubieran violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión de la Promoción.

10. FIRMA ELECTRÓNICA SIMPLE.

Las presentes Bases se firman mediante firma electrónica simple, según da cuenta el certificado de firma electrónica que se inserta al final del presente documento. Las partes dejan constancia que por el solo hecho de firmar el presente documento, se entiende firmado el cuerpo principal de las Bases y sus anexos, los que forman parte de las Bases para todos los efectos a que haya lugar.

11. PERSONERÍA.

La personería de doña Debora Mattos Dos Santos para representar a Coca‑Cola de Chile S.A. consta de Escritura Pública de fecha 26 de diciembre de 2024, otorgada en la 48° Notaría de doña Patricia Manríquez Huerta.