SEGUNDA MODIFICACIÓN Y TEXTO REFUNDIDO BASES LEGALES DE PROMOCIÓN "EXPERIENCIA DIGITAL FANTA ZERO AZÚCAR XBOX"
En Santiago de Chile, a 22 de abril de 2026, COCA-COLA DE CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.714.870-9, representada por doña Nathalie Schol, cédula de identidad número 14.429.722-9, ambas domiciliadas para estos efectos en Avda. Kennedy N° 5757, Piso 12, comuna de Las Condes, Santiago (en adelante, indistintamente, “Coca‑Cola” o la “Organizadora”), expone que, actuando en su calidad de organizadora de la promoción denominada “EXPERIENCIA DIGITAL FANTA ZERO AZÚCAR XBOX” (en adelante, la “Promoción”), viene en modificar las Bases Originales (según este término se define más adelante), en la forma y bajo los términos que se indican a continuación:
1. ANTECEDENTES.
a. Con fecha 10 de abril de 2026, a solicitud de la Organizadora, se protocolizaron las bases de la Promoción denominada “EXPERIENCIA DIGITAL FANTA ZERO AZÚCAR XBOX” en los registros de la 48° Notaría de Santiago, ante la Notario Público Titular doña Patricia Manríquez Huerta, Repertorio N° 4.531/2026 (en adelante denominadas para efectos de lo señalado en este instrumento, las “Bases Originales”).
b. Las Bases Originales fueron modificadas y refundidas por instrumento privado de fecha 20 de abril de 2026, protocolizado en la misma Notaría, con fecha 21 de abril de 2026, denominado “MODIFICACIÓN Y TEXTO REFUNDIDO BASES LEGALES DE PROMOCIÓN "EXPERIENCIA DIGITAL FANTA ZERO AZÚCAR XBOX"” bajo el repertorio N° 5.065/2026 (en adelante la “Modificación” y en conjunto con las Bases Originales, las “Bases”).
c. Todos los términos utilizados en este instrumento y que no se encuentran expresamente definidos en el mismo tendrán el significado asignado a ellos en las Bases Originales.
d. Con motivo de aclarar que, por un error involuntario, se ha indicado que los empaques participantes son “los productos Fanta Zero Azúcar sabor naranja o pomelo, en sus empaques lata 350ML y PET 1.5L; y Fanta empaque PET 591 ML,” cuando en realidad los Empaques Participantes son Fanta Zero Azúcar sabor naranja, en sus empaques lata 350ML, PET 1.5L y PET 591 ML; Fanta Zero Azúcar sabor pomelo en sus empaques lata 350ML y PET 1.5L; y Fanta Carmesí en su empaque lata 350 ML, la Organizadora viene en modificar las Bases.
e. En virtud de la cláusula 4 de las Bases Originales, la Organizadora se encuentra debidamente facultada para modificar las Bases Originales, mediando previa información a los participantes, y sin incurrir por ello en algún tipo de responsabilidad ni compensación en favor de terceros o de los propios participantes.
2. OBJETO.
Conforme a los antecedentes descritos precedentemente, en este acto y a través del presente instrumento, la Organizadora, viene en modificar los Empaques Participantes bajo las Bases, los cuales son Fanta Zero Azúcar sabor naranja, en sus empaques lata 350ML, PET 1.5L y PET 591 ML; Fanta Zero Azúcar sabor pomelo en sus empaques lata 350ML y PET 1.5L; y Fanta Carmesí en su empaque lata 350 ML.
3. MODIFICACIÓN Y TEXTO REFUNDIDO.
Para efectos de proceder conforme a la modificación descrita anteriormente, la Organizadora, actuando debidamente representada en la forma antes señalada, viene en establecer el siguiente texto refundido de las Bases:
BASES LEGALES
“EXPERIENCIA DIGITAL FANTA ZERO XBOX”
1. ORGANIZADORA.
COCA-COLA DE CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.714.870-9, representada por doña Nathalie Schol, cédula de identidad N° 14.429.722-9, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. Kennedy N° 5757, Piso 12, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante, la "Organizadora"), ha organizado una Promoción denominada "EXPERIENCIA DIGITAL FANTA ZERO AZÚCAR XBOX" (en adelante, la "Promoción"), de acuerdo con las siguientes bases de Promoción (en adelante, las "Bases" o las "Bases de Promoción").
2. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN, EMPAQUES PARTICIPANTES, CONTENIDO ASOCIADO A LOS PARTICIPANTES Y RESTRICCIONES GENERALES.
2.1. Requisitos generales.
Para participar en la Promoción, será necesario cumplir con los siguientes requisitos copulativos: (i) ser persona natural mayor de 18 (dieciocho) años de edad al momento de participar en la Promoción; (ii) ser residente o estar domiciliado dentro del territorio chileno continental de Chile; y (iii) aceptar, realizar y cumplir correctamente con todos y cada uno de los requisitos y acciones que se describen a continuación en las Bases de Promoción.
No podrán participar en la Promoción los directores, gerentes y trabajadores dependientes de la Organizadora, de las agencias publicitarias y/o de marketing y/o de cualquier otro tipo de proveedores de productos o servicios que participen o estén de cualquier forma relacionadas a la Promoción, sus compañías afiliadas y subsidiarias; y de la notaría en la que se protocolizarán las presentes Bases de Promoción de conformidad a lo descrito en la cláusula Sexta de este instrumento. La prohibición aquí referida se extiende a los cónyuges, convivientes civiles, ascendientes o descendientes, colaterales por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de las personas señaladas, sea que actúen por cuenta propia o en nombre de terceros.
2.2. Empaques Participantes y Acción.
Para poder participar en esta Promoción, será necesario realizar las siguientes acciones (en adelante, la "Acción"):
i. El participante deberá acceder al sitio web https://www.coca-cola.com/cl/es/offerings/fanta-xbox/minigames (en adelante el “Sitio Web”). El participante podrá acceder al Sitio Web de distintas maneras:
1. directamente desde la cuenta oficial de Fanta Zero Azúcar en la red social Instagram “@fanta_cl” sociales oficiales de Fanta Zero Azúcar, en donde encontrará publicaciones especiales haciendo alusión a la Promoción y que redirigirán al Sitio Web. El enlace que haga alusión a la Promoción podrá ser publicado en la red social Instagram en modalidad publicación conjunta con cuentas de terceros (influencers) autorizados para ello, circunstancia que no será necesario acreditar a terceros; y
2. ingresando directamente a https://www.coca-cola.com/cl/es/offerings/fanta-xbox/minigames;
3. identificando el material publicitario correspondiente a la Promoción en los sitios web de la Organizadora y clickeando el enlace al Sitio Web; y
4. Escaneando el código QR que se encuentra en alguno de los productos Fanta Zero Azúcar sabor naranja, en sus empaques lata 350ML, PET 1.5L y PET 591 ML; Fanta Zero Azúcar sabor pomelo en sus empaques lata 350ML y PET 1.5L; y Fanta Carmesí en su empaque lata 350 ML (en adelante el/los “Empaques Participantes”).
ii. El participante deberá registrarse en el Sitio Web, entregando cierta información personal: su nombre, apellido, fecha de nacimiento y correo electrónico, para lo cual deberá aceptar expresamente los términos y condiciones, así como las políticas de privacidad del Sitio Web.
iii. Una vez en el Sitio Web, los usuarios deben hacer clic en uno de los tres “mini” juegos digitales (en adelante, cada uno de ellos el “Juego”, y en conjunto los “Juegos”) disponibles de Fanta Zero Azúcar XBOX, seleccionar el Juego respectivo y completar el desafío.
iv. El Participante deberá jugar el Juego, de acuerdo con las normas y modo de juego del mismo, y deberá ganar el Juego (cumplir el desafío). Una vez ganado el Juego, el Sitio Web redirigirá al participante a un URL para canjear el Premio asociado a la Promoción. El participante deberá jugar y superar el desafío del Juego y alcanzar por lo menos 10 estrellas en total. Alcanzado este requisito mínimo, el Juego solicitará al participante, una vez finalizado el registro, elegir un Premio, de acuerdo con lo indicado en la sección 3.2 de estas Bases.
v. Para efectos de redimir el Premio, el participante deberá contar con una cuenta activa en la plataforma de XBOX™ e ingresar a ella para redimir su Premio.
2.3. Contenido asociado a los participantes.
Para efectos de participar, los participantes deberán entregar a la Organizadora cierta información personal. Por esta razón, los participantes deberán autorizar expresamente el tratamiento de sus datos personales por parte de la Organizadora, en estricto cumplimiento de lo señalado en la Ley 19.638 sobre Protección de la Vida Privada y cualquier otra ley que la modifique o reemplace en el futuro. Los datos personales y las finalidades asociadas a su tratamiento serán las siguientes:
Finalidad del Tratamiento | Dato personal |
Verificación de identidad y edad del participante, y gestión de la Promoción. | Nombre, apellido, fecha de nacimiento. |
Verificación de identidad y edad del participante, y gestión de la Promoción. Comunicación y entrega del premio digital (in-game reward). | Correo electrónico (mail). |
Comunicación y entrega del premio digital (in-game reward). | Cuenta XBOX ™ |
La información sobre los datos personales entregados por los participantes a la Organizadora deberá ser exacta, actualizada, completa y fidedigna.
Asimismo, el participante deberá aceptar expresamente los términos y condiciones, así como las políticas de privacidad del Sitio Web, disponibles en los siguientes enlaces:
El participante declara que toda información suya que proporcione está debidamente autorizada y consiente que sus datos personales sean objeto de un tratamiento que puede o no ser automatizado.
2.4. Condiciones y restricciones generales aplicables a toda participación.
Los participantes podrán jugar los Juegos las veces que quieran; sin embargo, por usuario solo podrá recibir 1 (un) Premio a la semana. Para canjear el premio, el participante deberá ser mayor de 18 años y contar con una cuenta activa en la plataforma XBOX™, de forma que pueda usar la recompensa digital directamente en su cuenta XBOX™.
No se aceptarán participaciones que se realicen fuera del plazo de vigencia de la Promoción y/o que no estén bajo los lineamientos descritos en estas Bases. Así, queda expresamente prohibido cualquier intento o forma de participación que se realice de manera distinta a la detallada en estas Bases.
El canje de los Premios (según este término se define más adelante), podrá realizarse únicamente durante la vigencia de la Promoción y en consideración a las al menos 10 estrellas en total que el participante tenga actualmente acumuladas al momento del canje.
La Organizadora en ningún caso será responsable por fallas, errores en la administración de la Promoción o acciones de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción, ni por cualquier otra situación ajena a la Organizadora que pudiere afectar la participación y asignación de productos asociada a la misma, incluyendo, pero no limitado a restricciones locales, municipales, nacionales y/o de cualquier índole, ya sea con motivo de cualquier pandemia, epidemia, situación y/o restricción impuesta por cualquier Organismo y/o Autoridad de la República de Chile.
Asimismo, la Organizadora en ningún caso será responsable por fallas en los equipos móviles, computadores y/o electrónicos de los participantes, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de acceso a la red Internet, u otros. Asimismo, tampoco será responsable ante errores que presente la aplicación Instagram y que no le fueren imputables a ella.
Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal o dolosa en la participación de esta Promoción, alteración de información y/o registros y/o desacreditación de la Promoción en canales de comunicación por parte de un consumidor o participante llevará a la nulidad de su participación, sin generar responsabilidad alguna para la Organizadora, renunciando desde este momento a ejercer cualquier tipo de acción legal en contra de la Organizadora, sus filiales, afiliadas o sus clientes, que derive de la descalificación proveniente de su actuar fraudulento o desleal. La Organizadora se reserva el derecho de iniciar acciones legales en contra de quien incumpla lo señalado precedentemente.
La Organizadora se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes Bases, circunstancia que los participantes aceptan por el solo hecho de participar en la Promoción. Cualquier cuestión no prevista en estas Bases y/o relativas a su interpretación será dirimida en primer lugar por la Organizadora, sin perjuicio de los derechos que por ley asistan a los participantes. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivar de la realización y participación de la Promoción, los participantes y la Organizadora se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia.
3. PREMIOS.
3.1. Premios.
La Organizadora ha destinado un total de 1.350.000 (un millón trescientos cincuenta mil) unidades de premios, consistentes en ciertos incentivos virtuales que serán utilizables en ciertos juegos disponibles en la plataforma XBOX™(“in-game rewards”) (en adelante, cada uno de ellos un "Premio", y conjuntamente los "Premios").
El participante ganador podrá escoger uno cualquiera de los siguientes Premios, asociados a los siguientes juegos disponibles en XBOX™: Call of Duty®, Halo™: Campaign Evolved, World of Warcraft®, Diablo® IV o Forza Horizon 6; y que se detallan a continuación:
Premios Halo: 270.000 (doscientas setenta mil) Armaduras “Fantastic Spartan” para el personaje Master Chief con temática Fanta Zero Azúcar, disponibles para uso en el juego Halo™: Campaign Evolved (disponible para uso en el juego, posterior al lanzamiento del juego Halo™: Campaign Evolved).
Premios World of Warcraft®: 270.000 (doscientos setenta mil) Premios disponibles para uso en el juego World of Warcraft ®, según se detallan a continuación:
Premios Cooler: 90.000 (noventa mil) Coolers temáticos Fanta Zero Azúcar.
Premios Bottle: 90.000 (noventa mil) botellas temáticas Fanta Zero Azúcar.
Premios Goblin Surfboard Mount: 90.000 (noventa mil) Goblin Surfboard Mounts temática Fanta Zero Azúcar.Premios Call of Duty: 270.000 (ciento setenta mil) Premios disponibles para uso en el juego Call of Duty®.
Premios Calling Card: 135.000 (ciento treinta y cinco mil) Calling Cards (tarjetas de visita) temática Fanta Zero Azúcar.
Premios Fichas 2XP: 135.000 (ciento treinta y cinco mil) incrementos de 2XP (de 15 minutos de duración), temática Fanta Zero Azúcar.Premios Diablo IV: 270.000 (doscientos setenta mil) portales Fanta Zero Azúcar “Torbellino Cítrico”, disponibles para uso en el juego Diablo® IV.
Premios Forza Horizon 6: 270.000 (doscientos setenta mil) diseños (livery) Toyota Sports 800 de 1966, inspirados en Fanta Zero Azúcar, disponibles para uso en el juego Forza Horizon 6 (disponible para uso en el juego, a partir del lanzamiento del juego Forza Horizon 6, correspondiente al 19 de mayo de 2026).
El participante ganador podrá escoger uno de los premios que se encuentren disponibles, y podrá recibir máximo un Premio por semana.
3.2. Entrega de los Premios.
Una vez que el participante gane el respectivo Juego y cumpla con los requisitos exigidos en estas Bases, éste podrá escoger entre los Premios que se encuentren disponibles. Una vez seleccionado el Premio de su preferencia, se le otorgará un código único alfanumérico asociado al Premio de su elección, y será redirigido automáticamente a un URL para poder ingresar a su cuenta activa en la plataforma XBOX™, y proceder a redimir el Premio de su preferencia con el código alfanumérico.
Es responsabilidad del participante guardar en un lugar seguro y que pueda consultar el código recibido para redimir su Premio, ya que solo se mostrará una vez y no podrá consultarlo nuevamente. Este código será requerido obligatoriamente al momento de redimir su premio.
3.3. Condiciones aplicables a los Premios.
- Cada participante podrá recibir máximo un Premio por semana, durante toda la vigencia de la Promoción.
- La organizadora no garantiza a los participantes la existencia de stock de los Premios en el Sitio Web, de manera que la entrega de estos estará sujeta a disponibilidad de stock y serán entregados según la mecánica “primero solicitado, primero entregado”.
- Los Premios no son transferibles ni transmisibles a terceros. Los Premios no serán redimibles ni reembolsables por su valor en dinero, ni sustituibles por productos distintos de aquellos autorizados para efectos de la Promoción, salvo comunicación en contrario efectuada por la Organizadora.
- En caso de que no se acrediten los requisitos para la entrega de uno o más Premios, éstos quedarán en manos de la Organizadora, quien estará facultada para disponer de dichos Premios a su entera discrecionalidad y conveniencia. Lo mismo aplicará en el caso de que uno o más ganadores no quisieran o pudiesen recibir su Premio.
- la Organizadora no será responsable de la pérdida, robo o daño de los Premios una vez entregados éstos al respectivo ganador.
- la Organizadora no se hará cargo de ningún gasto extra y/o adicional en que pueda incurrir el ganador de cada uno de los Premios que no esté expresamente incluido en el Premio y/o que pueda resultar de su uso, redención y/o materialización, según resultare procedente de conformidad a lo dispuesto en estas Bases.
- Será de exclusiva responsabilidad de cada participante ganador cumplir con todos los requisitos necesarios para hacer efectiva la entrega, redención y/o uso de su Premio, según la naturaleza de éste.
- La Organizadora no se hace responsable de la disponibilidad de uso de los Premios en los respectivos juegos de cada uno de los Premios. Es decir, cada Premio podrá ser utilizado en su respectivo juego: Call of Duty®, Halo™: Campaign Evolved, World of Warcraft®, Diablo® IV o Forza Horizon 6, una vez estén disponibles para los usuarios, de acuerdo con el calendario de lanzamientos de XBOX.
4. VIGENCIA Y MODIFICACIÓN A LAS BASES.
La Promoción se mantendrá vigente desde el día 22 de abril al 30 de junio de 2026, ambas fechas inclusive, o hasta agotar el stock de Premios, cualquiera ocurra primero.
Lo anterior es sin perjuicio de que la Organizadora decida extender el plazo de vigencia de la Promoción, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informará oportuna y adecuadamente a los consumidores.
La Organizadora se reserva el derecho de modificar las Bases informando previamente a los consumidores. Lo anterior no generará responsabilidad ni compensaciones a favor de terceros o de los participantes por parte de la Organizadora.
Asimismo, la Organizadora podrá cancelar, suspender o modificar la Promoción cuando circunstancias no imputables a la Organizadora ni previstas en estas Bases así lo justifiquen. Lo mismo aplicará en el evento de caso fortuito o fuerza mayor.
5. TERRITORIO.
La Promoción se encontrará vigente únicamente dentro del territorio chileno continental de Chile.
6. PROTOCOLIZACIÓN Y PUBLICACIÓN.
Se deja constancia que una copia del presente documento será protocolizada en los registros de la notaría de Santiago de doña Patricia Manríquez Huerta, y que se encontrará disponible en los sitios web www.cocacoladechile.cl/sala-de-prensa durante la vigencia de la Promoción.
Asimismo, se deja expresa constancia que la Promoción será informada al público en general durante todo el período de su vigencia a través de los distintos medios publicitarios que la Organizadora libremente determine, incluyendo la difusión a través de influencers y piezas digitales en la plataforma META.
7. INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR PARTICIPANTE.
Los consumidores participantes podrán efectuar consultas al siguiente número de atención al consumidor: 800-219999.
8. RESPONSABILIDAD.
Se entenderá que toda persona que acepte participar en la Promoción ha conocido y aceptado íntegramente estas Bases, careciendo de derecho a deducir reclamo o acción de cualquier naturaleza en contra de la Organizadora, ni de sus ejecutivos, trabajadores o personeros, especialmente en el caso que se niegue la entrega de cualquier producto, por estimarse que al respecto no se han cumplido las reglas establecidas en estas Bases.
En todo caso, no será aceptado ni será legalmente procedente ningún reclamo que no sea presentado a la Organizadora o al Notario Público que autoriza estas Bases: (i) por escrito, explicando claramente la situación; y (ii) antes de la fecha máxima de reclamación, la cual vence el día 30 de junio 2026.
La Organizadora no se hará responsable en ningún caso por los hechos que pudieran ocurrir en relación a los productos adquiridos con ocasión de la Promoción, y que tengan origen en causas atribuibles al consumidor, a terceros, a hechos de la naturaleza o a casos fortuitos o de fuerza mayor.
La Organizadora se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la Promoción, tales como falsificación o adulteración de los medios publicitarios, u otros.
9. DISPOSICIONES VARIAS.
La Organizadora se reserva el derecho de verificar la autenticidad, inalterabilidad e idoneidad de la participación, así como también se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes por cualquier intento de fraude o conductas indebidas y/o desleales. Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal o indebida (como lo pueden ser, pero no limitando, a: los registros de participación dobles o apócrifos; utilización de bots, software o cualquier otra herramienta o insumo tecnológico; alteración de códigos; desacreditación de la Promoción en los distintos Medios de Comunicación; entre otras) por parte de un participante llevará a la nulidad de su participación. En este caso, los que incumplan esta regla serán eliminados de la Promoción, sin generar responsabilidad alguna para la Organizadora, que derive de la eliminación, proveniente del actuar fraudulento o desleal o indebido, aquí referido de dicho participante. Está prohibido y será anulado por la Organizadora cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice de manera mecánica, por cualquier proceso, ya sea técnico o mecánico de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, manual programada, mecanizada o mediante el uso de identidades falsas o adulteradas que no correspondan a la verdadera identidad del participante, o similar llevará a la anulación de todos los registros e ingresos realizados por el participante. La Organizadora se reserva el derecho de eliminar a todo aquel participante que participe en forma indebida y contraria a las presentes Bases. En caso que la Organizadora determine que algunos de los participantes hubieran violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión de la Promoción.
10. FIRMA ELECTRÓNICA SIMPLE.
Las presentes Bases se firman mediante firma electrónica simple, según da cuenta el certificado de firma electrónica que se inserta al final del presente documento. Las partes dejan constancia que por el solo hecho de firmar el presente documento, se entiende firmado el cuerpo principal de las Bases y sus anexos, los que forman parte de las Bases para todos los efectos a que haya lugar.
11. PERSONERÍA.
La personería de doña Nathalie Schol para representar a Coca‑Cola de Chile S.A. consta en escritura pública de fecha 28 de agosto de 2025, otorgada en la 48° Notaría de la Notario doña Patricia Manríquez Huerta.”
4. PROTOCOLIZACION Y PUBLICACIÓN.
Se deja constancia que una copia del presente documento será protocolizada en los registros de la 48° Notaria de Santiago ante la Notario Público Patricia Manríquez Huerta, con domicilio en Avenida Apoquindo número 3.076, Oficina 601, Piso 6, Comuna de Las Condes, Santiago; y que se encontrará disponible en el sitio web www.cocacoladechile.cl/sala-de-prensa durante todo el periodo de vigencia de la Promoción.
Asimismo, se deja expresa constancia que la Promoción continuará siendo informada al público en general durante todo el período de su vigencia a través de los distintos medios o canales de comunicación señalados en las Bases Originales.
5. INFORMACIÓN AL PARTICIPANTE.
Quienes participen o deseen participar en la Promoción podrán efectuar las consultas que estimen pertinentes al siguiente número de atención al consumidor: 800-219999.
6. FIRMA ELECTRÓNICA SIMPLE.
La presente modificación a las Bases Originales y texto refundido de las Bases de la Promoción podrá suscribirse con firma manuscrita o mediante firma electrónica simple.
9. PERSONERÍA.
La personería de doña Nathalie Schol para representar a Coca‑Cola de Chile S.A. consta de Escritura Pública de fecha 28 de agosto de 2025, otorgada en la 48° Notaría de doña Patricia Manríquez Huerta.