REGLAMENTO PROMOCIÓN “FAST START” – PROMOCIÓN APLICABLE A PRODUCTOS COCA-COLA y POWERADE IDENTIFICADOS CON TAPA DORADA

La presente promoción aplica exclusivamente a los productos Coca‑Cola y Powerade descritos en el presente Reglamento, los cuales se identificarán únicamente con tapa de color dorado, conforme a las condiciones aquí establecidas.

 

DEFINICIONES

• Consumidor/Participante: Toda persona física, mayor de edad que, como destinatario final, adquiere, los productos participantes e ingrese a la plataforma designada para el registro del código alfanumérico impreso en la parte interior de la tapa.

• Ganador: Persona física, mayor de edad, que podrá ser considerado como tal en la medida que cumpla íntegra y oportunamente con la mecánica de participación establecida en el presente Reglamento, así como con todos los términos y condiciones aquí previstos, y que resulte seleccionada como acreedora del premio conforme a las bases y procedimientos de participación establecidos.

• Organizador: Para efectos del presente Reglamento, se entenderá como tal a las siguientes entidades encargadas de la ejecución y administración de la promoción:

1) Embotelladora Central, Sociedad Anónima; 2) Comercializadora y Productora de Bebidas Los Volcanes, Sociedad Anónima; y 3) Alimentos y Bebidas Atlántida, Sociedad Anónima; entidades mercantiles separadas, independientes y distintas una de la otra, que cada una en sus territorios asignados y delimitados, como parte del Sistema de Embotelladores Coca‑Cola de Guatemala, se dedican a la comercialización y distribución de bebidas carbonatadas y no carbonatadas de las marcas registradas por The Coca‑Cola Company, quienes organizan la presente promoción, en lo sucesivo podrá denominárseles solamente como "las empresas" o "los organizadores".

• Premio: Corresponde a los incentivos descritos en el presente Reglamento, los cuales podrán ser obtenidos por quienes cumplan con la mecánica de participación, términos y condiciones y demás disposiciones aquí establecidas.

• Productos Participantes: Son los productos que las empresas han destinado a la presente promoción y que se detallan adelante en el presente reglamento.

• Reglamento: Conjunto de reglas y/o directrices que regulan la promoción denominada “FAST START”, contenidas en el presente reglamento.

• Quick Response -QR-: Código bidimensional que permite almacenar información en una matriz de datos, usualmente de forma cuadrada, legible mediante dispositivos electrónicos que cuenten con cámara. Para efectos del presente Reglamento, el Código -QR- será utilizado por el consumidor o participante después de realizada la compra, con el propósito de escanearlo y acceder a la plataforma designada para el registro del código alfanumérico impreso en la parte interior de la tapa. El uso del Código -QR- constituye un requisito indispensable para completar el proceso de registro y participar conforme a las condiciones aquí establecidas.

• Tapa: Cubierta utilizada para sellar cada producto participante. Para efectos de la presente promoción, los productos Coca‑Cola y Powerade descritos en el presente Reglamento se identificarán únicamente con tapa de color dorado. En la parte interior de dicha tapa se incorpora un código alfanumérico, el cual deberá ser ingresado en la plataforma correspondiente a la que se accede mediante el escaneo del Código -QR-, para efectos del registro y participación conforme a lo establecido en el presente Reglamento.

• Terceros proveedores de servicios: Personas individuales o jurídicas ajenas al Organizador, que intervengan, de manera independiente, en la prestación de los bienes o servicios incluidos en el premio, tales como aerolíneas, hoteles, empresas de transporte terrestre, agencias de viaje, entidades migratorias, restaurantes, puntos de venta minorista, comercios, parques temáticos y, en general, cualquier otro prestador de servicios que sea utilizado por e el ganador y su acompañante, tanto durante la vigencia de la promoción como durante la ejecución del viaje, limitándose su participación exclusivamente a la prestación del servicio correspondiente.

 

1. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN GENERAL

1.1. Finalidad: La presente actividad tiene como propósito promover, incentivar y fortalecer la compra de los productos participantes, así como estimular transacciones asociadas al consumo de dichos productos, aprovechando el contexto del momento más relevante del año.

1.2. Participante: Podrán participar en la promoción todas las personas mayores de edad que compren los productos participantes en las presentaciones que adelante se indican, siempre y cuando cumplan con el presente Reglamento. En este sentido, se entenderá que los participantes de la promoción conocen y aceptan voluntariamente las condiciones, obligaciones y responsabilidades que trae consigo la misma con el solo hecho de cumplir con la mecánica de registro acá establecida.

1.3. Productos y marcas participantes: Los productos que el Organizador ha destinado a la presente Promoción, los cuales de forma enunciativa mas no limitativa se indican a continuación: 1) Coca‑Cola sabor original, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 2) Coca‑Cola Zero Azúcar, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 3) Powerade Avalancha, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 4) Powerade Frutas, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 5) Powerade Naranja, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado.

Los productos antes descritos estarán disponibles en los diferentes puntos de venta. Las marcas participantes en la presente promoción son: Coca‑Cola y Powerade.

 

2. PREMIOS

Los premios que el Organizador ha destinado para la presente promoción son los que se detallan a continuación, lo anterior no obliga al Organizador a hacer efectiva la entrega de las cantidades indicadas, sino que únicamente serán entregadas las cantidades a aquellos participantes que cumplan con las dinámicas adelante indicadas y demás condiciones del presente reglamento:

CANTIDAD

PREMIO

DESCRIPCIÓN DEL PREMIO

418

Vale tipo 1: mismo que consiste en un certificado de regalo por doscientos quetzales GTQ200.00

Certificado de regalo por GTQ200.00 mismo que contiene puntos de redención en la opción que por sorteo se designe, siendo las opciones:

a. Flavorite: Es una plataforma que cuenta con más de cuarenta (40) comercios afiliados, incluyendo tiendas deportivas. Los ganadores podrán canjear sus vales electrónicos en cualquiera de los establecimientos participantes, incluyendo la posibilidad de adquirir camisolas, balones u otros productos ofrecidos dentro de la red, siendo este un vale electrónico personal e intransferible, asimismo no podrá compartirse con terceros.

- El periodo de vigencia del vale electrónica es de tres (3) meses a partir de la fecha de emisión;

- Los vales no son canjeables por efectivo;

- Su uso es exclusivamente en comercios afiliados a la red Flavorite;

- El usuario debe de consultar las políticas de cambio y garantías de cada comercio en https://flavorite.io

- El código podrá utilizarse manera parcial o total hasta agotar el saldo disponible dentro del periodo de vigencia;

- Los puntos o saldos no son acumulables.

 

b. Adidas: Tienda de ropa deportiva los ganadores podrán canjear sus vales electrónicos exclusivamente en cualquier tienda oficial de Adidas dentro del perímetro de la República de Guatemala, el código es personas e intransferible, asimismo no podrá compartirse con terceros.

- Periodo de vigencia: del veintiséis (26) de enero al treinta (30) de abril de dos mil veintiséis (2026);

- Los vales no son canjeables por efectivo;

- El usuario podrá consultar las tiendas oficiales en el sitio web: https://www.adidas.com.gt/

- El código deberá utilizarse en su totalidad; en caso de que el valor del producto sea menor, no se devolverá efectivo ni saldo remanente al usuario.

- Los puntos o saldos no son acumulables.

- El producto adquirido mediante vale electrónico podrá cambiarse únicamente dentro del plazo de treinta (30) días, presentando la factura original. El producto y sus etiquetas deberán encontrarse en perfecto estado. El cambio aplica únicamente por defectos de la prenda y no por otros diseños o productos. El vale podrá ser cambiado por producto en su valor normal, descuento o en promoción dentro de la tienda.

- El vale podrá ser cambiado por producto en su valor normal, descuento o en promoción dentro de la tienda.

En ambas opciones en caso de que el valor total de los bienes o servicios seleccionados supere el monto nominal del vale electrónico (o el saldo disponible en el monedero electrónico), el beneficiario podrá complementar la diferencia utilizando cualquier forma de pago aceptada por el establecimiento (efectivo, tarjeta de crédito, tarjeta de débito u otros métodos vigentes). Las opciones previstas en el presente apartado resultan aplicables a los vales identificados como “Vale Tipo 1”, “Vale Tipo 2” y “Vale Tipo 3”.

546

Vale tipo 2: mismo que consiste en un certificado de regalo por doscientos quetzales GTQ300.00 

Certificado de regalo por GTQ300.00 mismo que contiene puntos de redención en la opción que por sorteo se designe, siendo las opciones las descritas en el apartado que antecede.

406

Vale tipo 3 mismo que consiste en un certificado de regalo por doscientos quetzales GTQ500.00

Certificado de regalo por GTQ500.00 mismo que contiene puntos de redención en la opción que por sorteo se designe, siendo las opciones las descritas en el apartado que antecede.

 

La cantidad indicada es el número total de premios que se ha destinado a la presente promoción. El ganador será responsable de contar con los requerimientos aquí establecidos para poder obtener el premio. En ningún caso, el Organizador asumirá indemnizaciones frente al ganador por mal uso o pérdida del premio. De igual forma, las garantías y condiciones del premio serán las que se detallan en las políticas y condiciones de cada uno de los premios.

 

3. FORMA DE PARTICIPAR

3.1. ASPECTOS GENERALES

• La persona mayor de edad que decida participar, podrá hacerlo dentro de los plazos indicados en el presente reglamento.

• Serán válidas todas las compras de los productos participantes realizadas en cualquier establecimiento comercial, que tenga acceso a dichos productos dentro del territorio nacional, considerando las condiciones particulares de los establecimientos comerciales descritos en el anexo 1.

3.2. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

• La promoción está abierta a todos los clientes que adquieran los productos participantes en cualquier establecimiento comercial, que tenga acceso a dichos productos dentro del territorio nacional.

• Para participar, el consumidor deberá adquirir cualquiera de los siguientes productos participantes, en cualquier establecimiento que tenga a la venta los productos participantes establecidos en el presente reglamento: 1) Coca‑Cola sabor original, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 2) Coca‑Cola Zero Azúcar, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificados con tapa de color dorado; 3) Powerade Avalancha, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 4) Powerade Frutas, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 5) Powerade Naranja, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado.

• Posteriormente, el participante deberá localizar y leer el código alfanumérico impreso en la parte interior de la tapa dorada del producto participante adquirido. La lectura correcta de dicho código constituye un requisito indispensable para continuar con el proceso de registro dentro de la presente promoción.

• El participante deberá iniciar comunicación a través de WhatsApp al número +(502) 3782-8511, ya sea escribiendo directamente al referido contacto o escaneando el Código QR que se encuentra ubicado en las etiquetas de los productos participantes, el mismo lo redirige automáticamente al chat correspondiente. Una vez dentro de la conversación, deberá completar los datos solicitados e ingresar el código alfanumérico localizado en la parte interior de la tapa del producto participante, el cual deberá ser digitado de forma exacta. El registro correcto de dicha información permitirá que el sistema procese la participación y determine de forma aleatoria si el usuario resulta beneficiario del viaje descrito en el presente Reglamento.

Al ingresar dicho código, el sistema generará automáticamente cualquiera de los siguientes mensajes:

1. “Ganaste un certificado de regalo por Q00.00 Consulta puntos de redención en el siguiente sitio. https://flavorite.io/comercios/. El monto del certificado de regalo será determinado por sorteo, conforme al tipo de vale que resulte adjudicado al participante, en los términos previstos en el presente Reglamento;

2. “Ganaste un certificado de regalo por Q00.00 Consulta puntos de redención en el siguiente sitio. https://www.adidas.com.gt/stores”. El monto del certificado de regalo será determinado por sorteo, conforme al tipo de vale que resulte adjudicado al participante, en los términos previstos en el presente Reglamento;

3. Gracias por participar (nombre del participante) Sigue participando”

• El ganador deberá ser persona física, mayor de edad, quien únicamente podrá ser considerado como tal en la medida en que cumplan íntegra y oportunamente con todos los requisitos, términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento. En caso de incumplimiento de cualquiera de los requisitos antes indicados, el premio se considerará renunciado, sin que exista obligación de reembolso, sustitución o compensación alguna, quedando el Organizador facultado para disponer del mismo de la manera que estime pertinente, sin que ello genere derecho o reclamo alguno a favor del ganador, del acompañante o de terceros.

 

4. PERIODO DE DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN:

4.1. La promoción es por tiempo limitado, iniciando el quince (15) de enero del dos mil veintiséis (2026) y se tendrá como fecha de finalización de la promoción el treinta y uno (31) de marzo de dos mil veintiséis (2026) o contra entrega de los premios. Si el ganador no reclama el premio dentro de los plazos establecidos por cada establecimiento, caducará el derecho a contra entrega, por lo que el Organizador no reconocerá ni tendrá obligación alguna con ningún destinatario de la promoción que no haya hecho el reclamo en el tiempo ya señalado.

 

5. CONDICIONES Y LIMITACIONES

5.1.1.- Se entenderá que todo destinatario de la promoción que decida participar en ella conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento y en los documentos a que éste hace referencia.

5.1.2.- Una vez vencido el plazo para reclamado el premio, caducará su derecho con relación al mismo; también se tendrá por finalizada anticipadamente la promoción si todos los premios son reclamados antes del vencimiento del plazo promocional.

5.1.3.- El destinatario de la promoción que decida participar en ella tiene por entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico guatemalteco.

5.1.4.- El Organizador se reserva el derecho de sustituir los Premios por otros que considere justos, en caso de fuerza mayor o caso fortuito u otras razones que impida a el Organizador hacer efectivos los Premios.

5.1.5.- El Organizador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente reglamento total o parcialmente y en general tendrá también la facultad unilateral de dar por terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla, siempre y cuando con ello no atente contra los derechos adquiridos por los participantes de la promoción, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

5.1.6.- El presente reglamento no obliga al Organizador con determinada persona o colectividad sino sólo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones.

5.1.7.- En la publicidad de la presente promoción se hace referencia “[…] Conoce las bases para participar en https://www.coca-cola.com/gt/es/legal/tyc-copa-mundial-de-la-fifa-2026-coca-cola-te-acerca/, lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan en el presente Reglamento o los que sean publicados oportunamente por el Organizador.

5.1.8.- La responsabilidad del Organizador concluye al momento de entregar los premios siempre que el destinatario de la promoción haya cumplido con las condiciones de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.

5.1.9.- La Promoción es por tiempo limitado.

5.1.10.- Los destinatarios de la promoción que deseen participar lo hacen conociendo y aceptando que la entrega de los premios y su obligatoriedad se encuentra sujeto a la disponibilidad del Organizador.

5.1.11. En caso de que el ganador incumpla con cualquiera de los requisitos, términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, el premio se considerará automáticamente renunciado y extinguido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna. No podrán participar y por ende no ganar en esta promoción los empleados ni familiares de los trabajadores de las entidades Organizadoras siendo estas: 1) Embotelladora Central, Sociedad Anónima; 2) Comercializadora y Productora de Bebidas Los Volcanes, Sociedad Anónima; y 3) Alimentos y Bebidas Atlántida, Sociedad Anónima, así como tampoco proveedores involucrados en la promoción hasta un cuarto grado de consanguinidad.

5.1.12.- El Organizador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, avisando a la autoridad correspondiente.

5.1.13.- El Organizador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna por razones de seguridad, fuerza mayor, fallas técnicas, oportunidad, cualquier otro evento fuera del control razonable del Organizador o si se llegare a detectar defraudaciones, o por algún motivo, razón o circunstancia especial se requiera la terminación o supleción.

5.1.14.- El Organizador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación, aplicación y ejecución de las presentes condiciones, así como de definir y ejecutar las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este reglamento.

5.1.15.- Con su participación el Ganador autoriza al Organizador a usar su nombre e imagen para que aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales expresamente se tienen por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción.

5.1.16.- Con su participación el Ganador acepta expresamente que los Datos Personales que para efectos de la promoción traslade al Organizador, sean utilizados por el Organizador para la correcta consecución de las finalidades de esta promoción. Los Datos Personales recolectados de los participantes serán utilizados exclusivamente para efectos de esta promoción.

5.1.17.- El Organizador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir un destinatario de la promoción para participar y/o la entrega de los premios, así como todas demás condiciones que acá se indican.

5.1.18.- El premio es personal e intransferible, no puede ser cedido, vendido, canjeado, sustituido por dinero en efectivo ni por otro bien o servicio. El premio se disfrutará únicamente en las fechas definidas por el Organizador, salvo que por causas ajenas a estos deba modificarse.

 

6. INFORMACIÓN ADICIONAL

Para más información o consultas, llamar al siguiente número telefónico, dentro del horario de atención de 8:00am a 5:00pm. Embotelladora Central, S.A, Alimentos y Bebidas Atlántida, Sociedad Anónima al teléfono y Comercializadora y Productora de Bebidas Los Volcanes, Sociedad Anónima al teléfono 1735

 

7. DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: COCA-COLA COMPANY y la Federación Internacional de Fútbol Asociación -FIFA- no son organizadores oficiales de la promoción “FAST START”. El uso de fotos y elementos de la marca en los materiales de comunicación es con fines ilustrativos para esta promoción.

 

ANEXO 1

1. Walmart: La participación de las Cadenas de Supermercados Walmart, en esta Promoción es de Facilitador. Ello significa que solamente pone a disposición del Organizador. El Organizador releva a Walmart, sus subsidiarias, afiliadas empresas relacionadas y sus cadenas de supermercados incluyendo de cualquier responsabilidad, civil, comercial, penal, laboral, frente a los participantes o de cualquier otra índole en ocasión de la Promoción, asumiendo el Organizador, totalmente la responsabilidad, incluyendo pecuniaria, derivada de todos los actos relacionados con la Promoción, su organización, ejecución y premiación. Este relevo aplica, independientemente del origen y de la prescripción de las acciones, a cualquier reclamo presentado contra de Walmart, por parte de terceros en relación con la Promoción y los premios. El presente relevo de responsabilidad comprende lo derivado de todo pacto o acuerdo escrito o verbal, que tenga relación con la Promoción. El Organizador se hará responsable por cualquier daño o perjuicio que se produjere en relación con la Promoción y los favorecidos o cualquier otro daño proveniente de cualquier etapa de la Promoción y por tanto responderá por multas y/o sanciones que imponga las autoridades correspondientes, responderá judicial y extrajudicialmente por esos daños y perjuicios. En el caso de que se produjere alguno de los daños y perjuicios aquí indicados y con ello se afecte la imagen o credibilidad de cualquiera de las cadenas de supermercados de Walmart o la cadena de comercialización, el Organizador, se compromete, adicionalmente a lo aquí indicado, a exonerar públicamente a Walmart, cualesquiera de sus formatos y a la cadena de comercialización, por lo ocurrido.

REGLAMENTO PROMOCIÓN “FAST START” – PROMOCIÓN APLICABLE A PRODUCTOS COCA-COLA y POWERADE IDENTIFICADOS CON TAPA DORADA

La presente promoción aplica exclusivamente a los productos Coca‑Cola y Powerade descritos en el presente Reglamento, los cuales se identificarán únicamente con tapa de color dorado, conforme a las condiciones aquí establecidas.

 

DEFINICIONES

• Consumidor/Participante: Toda persona física, mayor de edad que, como destinatario final, adquiere los productos participantes e ingrese a la plataforma designada para el registro del código alfanumérico impreso en la parte interior de la tapa.

• Ganador: Persona física, mayor de edad, que podrá ser considerado como tal en la medida que cumpla íntegra y oportunamente con la mecánica de participación establecida en el presente Reglamento, así como con todos los términos y condiciones aquí previstos, y que resulte seleccionada como acreedora del premio conforme a las bases y procedimientos de participación establecidos.

• Acompañante: Persona física, mayor de edad, que únicamente será considerado como tal en la medida en que cumpla íntegra y oportunamente con todos los términos y condiciones previstos en el presente Reglamento, y que sea designada libremente por el ganador para acompañarlo en el viaje que constituye el premio de la presente promoción.

• Organizador: Para efectos del presente Reglamento, se entenderá como tal a las siguientes entidades encargadas de la ejecución y administración de la promoción:

1) Embotelladora Central, Sociedad Anónima; 2) Comercializadora y Productora de Bebidas Los Volcanes, Sociedad Anónima; y 3) Alimentos y Bebidas Atlántida, Sociedad Anónima; entidades mercantiles separadas, independientes y distintas una de la otra, que cada una en sus territorios asignados y delimitados, como parte del Sistema de Embotelladores Coca‑Cola de Guatemala, se dedican a la comercialización y distribución de bebidas carbonatadas y no carbonatadas de las marcas registradas por The Coca‑Cola Company, quienes organizan la presente promoción, en lo sucesivo podrá denominárseles solamente como "las empresas" o "los organizadores".

• Premio: Corresponde a los incentivos descritos en el presente Reglamento, los cuales podrán ser obtenidos por quienes cumplan con la mecánica de participación, términos y condiciones y demás disposiciones aquí establecidas.

• Productos Participantes: Son los productos que las empresas han destinado a la presente promoción y que se detallan adelante en el presente reglamento.

• Reglamento: Conjunto de reglas y/o directrices que regulan la promoción denominada “FAST START”, contenidas en el presente reglamento.

• Quick Response -QR-: Código bidimensional que permite almacenar información en una matriz de datos, usualmente de forma cuadrada, legible mediante dispositivos electrónicos que cuenten con cámara. Para efectos del presente Reglamento, el Código -QR- será utilizado por el consumidor o participante después de realizada la compra, con el propósito de escanearlo y acceder a la plataforma designada para el registro del código alfanumérico impreso en la parte interior de la tapa. El uso del Código -QR- constituye un requisito indispensable para completar el proceso de registro y participar conforme a las condiciones aquí establecidas.

• Tapa: Cubierta utilizada para sellar cada producto participante. Para efectos de la presente promoción, los productos Coca‑Cola y Powerade descritos en el presente Reglamento se identificarán únicamente con tapa de color dorado. En la parte interior de dicha tapa se incorpora un código alfanumérico, el cual deberá ser ingresado en la plataforma correspondiente a la que se accede mediante el escaneo del Código -QR-, para efectos del registro y participación conforme a lo establecido en el presente Reglamento.

• Tapa ganadora: Cubierta utilizada para sellar determinados productos participantes. Para efectos de la presente promoción, los productos Coca‑Cola y Powerade descritos en el presente Reglamento se identificarán únicamente con tapa de color dorado. En la parte interior de dicha tapa se incorpora la leyenda “VIAJE MÉXICO”, la cual acredita al consumidor como ganador del premio establecido en el presente Reglamento, sujeto al cumplimiento de los requisitos, términos y condiciones aquí previstos.

• Terceros proveedores de servicios: Personas individuales o jurídicas ajenas al Organizador, que intervengan, de manera independiente, en la prestación de los bienes o servicios incluidos en el premio, tales como aerolíneas, hoteles, empresas de transporte terrestre, agencias de viaje, entidades migratorias, restaurantes, puntos de venta minorista, comercios, parques temáticos y, en general, cualquier otro prestador de servicios que sea utilizado por el ganador y su acompañante, tanto durante la vigencia de la promoción como durante la ejecución del viaje, limitándose su participación exclusivamente a la prestación del servicio correspondiente.

 

1. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN GENERAL

1.1. Finalidad: La presente actividad tiene como propósito promover, incentivar y fortalecer la compra de los productos participantes, así como estimular transacciones asociadas al consumo de dichos productos, aprovechando el contexto del momento más relevante del año.

1.2. Participante: Podrán participar en la promoción todas las personas mayores de edad que compren los productos participantes en las presentaciones que adelante se indican, siempre y cuando cumplan con el presente Reglamento. En este sentido, se entenderá que los participantes de la promoción conocen y aceptan voluntariamente las condiciones, obligaciones y responsabilidades que trae consigo la misma con el solo hecho de cumplir con la mecánica de registro acá establecida.

1.3. Productos y marcas participantes: Los productos que el Organizador ha destinado a la presente Promoción, los cuales de forma enunciativa mas no limitativa se indican a continuación: 1) Coca‑Cola sabor original, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 2) Coca‑Cola Zero Azúcar, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 3) Powerade Avalancha, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 4) Powerade Frutas, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 5) Powerade Naranja, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado.

Los productos antes descritos estarán disponibles en los diferentes puntos de venta. Las marcas participantes en la presente promoción son: Coca‑Cola y Powerade.

 

2. PREMIOS

Los premios que el Organizador ha destinado para la presente promoción son los que se detallan a continuación, lo anterior no obliga al Organizador a hacer efectiva la entrega de las cantidades indicadas, sino que únicamente serán entregadas las cantidades a aquellos participantes que cumplan con las dinámicas adelante indicadas y demás condiciones del presente reglamento:

CANTIDAD

PREMIO

DESCRIPCIÓN DEL PREMIO

7

Viajes dobles a Ciudad de México para acudir a un partido de la Copa Mundial de la FIFA 26™

El premio consiste en siete viajes dobles

(2) desde la Ciudad de Guatemala hacia Ciudad de México para acudir a un (1) partido de la Copa Mundial de la FIFA 26™, mismo que estará sujeto a disponibilidad del organizador.

El premio comprende lo siguiente:

1. Boletos aéreos:

- Dos (2) boletos aéreos de ida y regreso, en clase económica y tarifa básica, con salida desde el Aeropuerto Internacional La Aurora, ubicado en la Ciudad de Guatemala, Guatemala, y destino a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, a través de una aerolínea comercial que será definida por el Organizador.

- El itinerario de vuelo estará sujeto a disponibilidad de la aerolínea,

pudiendo incluir escalas.

- Cada pasajero tendrá derecho al equipaje permitido conforme a las políticas, condiciones y estándares vigentes de la aerolínea designada por el Organizador al momento del viaje.

- No se incluyen servicios adicionales de la aerolínea, tales como equipaje documentado, selección anticipada de asientos, ascensos de categoría o cualquier otro beneficio no expresamente indicado en el presente Reglamento.

 

2. Hospedaje:

- Alojamiento para dos (2) personas en un hotel cuatro (4) estrellas ubicado en la zona hotelera de la Ciudad de México, en una habitación estándar, sujeto a disponibilidad y a las condiciones del establecimiento que sea designado por el Organizador, la estadía no podrá extenderse.

- La habitación y el hospedaje estarán sujetos a la disponibilidad del hotel y del Organizador al momento de confirmar la reserva.

- El hospedaje se limita a tres (3) noches comprendidas en las fechas tentativas del viaje, la estadía no podrá extenderse.

- No se incluyen consumos adicionales dentro del hotel (minibar, room service, llamadas telefónicas, lavandería, etc.) los cuales deberán ser cubiertos por el ganador.

 

3. Alimentos:

- El premio incluye una tarjeta de regalo destinada exclusivamente para el consumo de alimentos cuyo monto será definido de acuerdo con la Ciudad de México de los Estados Unidos Mexicanos. Dicha tarjeta será entregada conforme a la disponibilidad y políticas del emisor correspondiente, y su uso, vigencia, establecimientos afiliados, limitaciones y condiciones de canje estarán sujetos a los términos establecidos por dicho emisor, sin que el Organizador asuma responsabilidad alguna.

 

4. Traslados terrestres en Ciudad de México de los Estados Unidos Mexicanos:

- Traslado en vehículo tipo sedán, o similar, desde el aeropuerto de Ciudad de México al hotel y del hotel al aeropuerto de Ciudad de México.

- Traslado y retorno en vehículo tipo, sedán, o similar, desde el Hotel elegido hacia el lugar donde se llevará a cabo el partido de la Copa Mundial de la FIFA 26™, siempre y cuando la distancia no sea caminable.

- Traslado en vehículo tipo, sedán, o similar, para la realización de un recorrido turístico por la Ciudad de México, siempre y cuando la distancia no sea caminable.

- Traslado al punto de partida y retorno al hotel para el recorrido turístico de medio día.

- Los traslados estarán sujetos a horarios, disponibilidad del servicio y condiciones externas ajenas al organizador.

- No se incluyen traslados a otros destinos distintos a los indicados.

 

5. Recorrido turístico:

- El premio incluye un recorrido turístico de medio día, el cual podrá realizarse de forma panorámica o a pie, y será guiado. Las características específicas, ruta, duración y modalidad del recorrido estarán sujetas a la disponibilidad y a las condiciones del prestador del servicio designado, sin que el Organizador asuma responsabilidad por cambios o ajustes derivados de dichas condiciones.

 

6. Seguro de viaje: El premio podrá incluir un seguro de viaje, sujeto a la disponibilidad y a las condiciones que determine el Organizador, sin que ello implique una obligación de cobertura específica ni responsabilidad adicional para este.

 

7. Ingreso a un (1) partido de la Copa Mundial de la FIFA 26™ categoría dos (2), mismo que estará sujeto a disponibilidad del organizador.

 

8. Exclusión y gastos no cubiertos:

- Cualquier gasto adicional en el que incurra el ganador y su acompañante será total y exclusiva responsabilidad de estos, quedando expresamente excluido de la cobertura del premio

- Entre estos gastos de manera enunciativa y no limitativa se incluyen: alimentos, bebidas, compras personales, propinas, transporte adicional a los traslados arriba mencionados, actividades recreativas, visitas a centros comerciales ó a cualquier otro lugar no contemplado dentro de la descripción del viaje objeto de la presente promoción.

El organizador no se responsabiliza por gastos adicionales ni por cambio de itinerarios ocasionados por hoteles, aerolíneas o prestadores de servicio externos.

 

La cantidad indicada es el número total de premios que se ha destinado a la presente promoción. El ganador será responsable de contar con los requerimientos aquí establecidos para poder obtener el premio. En ningún caso, el Organizador asumirá indemnizaciones frente al ganador por mal uso o pérdida del premio. De igual forma, las garantías y condiciones del premio serán las que se detallan en las políticas y condiciones de cada uno de los premios.

 

3. FORMA DE PARTICIPAR

3.1. ASPECTOS GENERALES

• La persona mayor de edad que decida participar, podrá hacerlo dentro de los plazos indicados en el presente reglamento.

• Serán válidas todas las compras de los productos participantes realizadas en cualquier establecimiento comercial, que tenga acceso a dichos productos dentro del territorio nacional, considerando las condiciones particulares de los establecimientos comerciales descritos en el anexo uno (1).

 

3.2. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN

• La promoción está abierta a todos los clientes que adquieran los productos participantes en cualquier establecimiento comercial, que tenga acceso a dichos productos dentro del territorio nacional.

• Para participar, el consumidor deberá adquirir cualquiera de los siguientes productos participantes, en cualquier establecimiento que tenga a la venta los productos participantes establecidos en el presente reglamento: 1) Coca‑Cola sabor original, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 2) Coca‑Cola Zero Azúcar, en presentaciones de 600 mililitros y 2.5 litros, ambas en botellas de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 3) Powerade Avalancha, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 4) Powerade Frutas, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado; 5) Powerade Naranja, en presentación de 600 mililitros, en botella de plástico tipo PET identificadas con tapa de color dorado.

• Posteriormente, el participante deberá localizar y leer el código alfanumérico impreso en la parte interior de la tapa dorada del producto participante adquirido. La lectura correcta de dicho código constituye un requisito indispensable para continuar con el proceso de registro dentro de la presente promoción.

• El participante deberá iniciar comunicación a través de WhatsApp al número +(502) 3782-8511, ya sea escribiendo directamente al referido contacto o escaneando el Código QR que se encuentra ubicado en las etiquetas de los productos participantes, el mismo lo redirige automáticamente al chat correspondiente. Una vez dentro de la conversación, deberá completar los datos solicitados e ingresar el código alfanumérico localizado en la parte interior de la tapa del producto participante, el cual deberá ser digitado de forma exacta. El registro correcto de dicha información permitirá que el sistema procese la participación y determine de forma aleatoria si el usuario resulta beneficiario del viaje descrito en el presente Reglamento.

Al ingresar dicho código, el sistema generará automáticamente el mensaje: “¡Ganaste un viaje doble a México!”

• El ganador y su acompañante deberán ser personas físicas, mayores de edad, quienes únicamente podrán ser considerados como tales en la medida en que cumplan íntegra y oportunamente con todos los requisitos, términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, incluyendo contar con pasaporte vigente y con los visados, permisos, autorizaciones y demás requisitos migratorios exigidos por la legislación de Guatemala, de los Estados Unidos Mexicanos o de cualquier país en tránsito, siendo la obtención de dichos documentos responsabilidad exclusiva de cada uno. El Organizador no realizará ni gestionará cartas, constancias, trámites o documento alguno relacionado con la obtención de pasaportes, visas o autorizaciones migratorias. En caso de incumplimiento de cualquiera de los requisitos antes indicados, el premio se considerará renunciado, sin que exista obligación de reembolso, sustitución o compensación alguna, quedando el Organizador facultado para disponer del mismo de la manera que estime pertinente, sin que ello genere derecho o reclamo alguno a favor del ganador, del acompañante o de terceros.

 

4. PERIODO DE DURACIÓN DE LA PROMOCIÓN:

4.1. La promoción es por tiempo limitado, iniciando el quince (15) de enero del dos mil veintiséis (2026) y se tendrá como fecha de finalización de la promoción el treinta y uno (31) de marzo de dos mil veintiséis (2026) o contra entrega de los premios. Si el ganador no reclama el premio a más tardar dentro de los treinta (30) días calendario posteriores a la finalización del plazo anteriormente descrito, caducará el derecho a contra entrega, por lo que el Organizador no reconocerá ni tendrá obligación alguna con ningún destinatario de la promoción que no haya hecho el reclamo en el tiempo ya señalado.

4.2. El premio obtenido podrá ser recogido por el ganador, previa confirmación de cita en el lugar y horario definido por el Organizador.

4.3. En caso de cambio alguno, el Organizador lo anunciará en los distintos medios de comunicación.

 

5. CONDICIONES Y LIMITACIONES

5.1.1.- Se entenderá que todo destinatario de la promoción que decida participar en ella conoce y acepta las condiciones, responsabilidades y limitaciones establecidas en este Reglamento y en los documentos a que éste hace referencia.

5.1.2.- Una vez vencido el plazo para reclamar el premio, caducará su derecho con relación al mismo; también se tendrá por finalizada anticipadamente la promoción si todos los premios son reclamados antes del vencimiento del plazo promocional.

5.1.3.- El destinatario de la promoción que decida participar en ella tiene por entendido que este Reglamento se basa en el ordenamiento jurídico guatemalteco.

5.1.4.- El Organizador se reserva el derecho de sustituir los Premios por otros que considere justos, en caso de fuerza mayor o caso fortuito u otras razones que impidan al Organizador hacer efectivos los Premios.

5.1.5.- El Organizador tendrá la facultad unilateral de modificar las condiciones del presente reglamento total o parcialmente y en general tendrá también la facultad unilateral de dar por terminada anticipadamente la promoción o incluso suspenderla, siempre y cuando con ello no atente contra los derechos adquiridos por los participantes de la promoción, salvo caso fortuito o fuerza mayor.

5.1.6.- El presente reglamento no obliga al Organizador con determinada persona o colectividad sino sólo con quien acepte los términos del presente reglamento y sus eventuales modificaciones.

5.1.7.- En la publicidad de la presente promoción se hace referencia “[…] Conoce las bases para participar en https://www.coca-cola.com/gt/es/legal/tyc-copa-mundial-de-la-fifa- 2026-coca-cola-te-acerca/lo cual significa que existen condiciones y limitaciones, las cuales se consignan en el presente Reglamento o los que sean publicados oportunamente por el Organizador.

5.1.8.- La responsabilidad del Organizador concluye al momento de entregar los premios siempre que el destinatario de la promoción haya cumplido con las condiciones de acuerdo con lo establecido en el presente reglamento.

5.1.9.- La Promoción es por tiempo limitado.

5.1.10.- Los destinatarios de la promoción que deseen participar lo hacen conociendo y aceptando que la entrega de los premios y su obligatoriedad se encuentra sujeta a la disponibilidad del Organizador.

5.1.11. En caso de que el ganador incumpla con cualquiera de los requisitos, términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento, el premio se considerará automáticamente renunciado y extinguido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna. No podrán participar y por ende no ganar en esta promoción los empleados ni familiares de los trabajadores de las entidades Organizadoras siendo estas: 1) Embotelladora Central, Sociedad Anónima; 2) Comercializadora y Productora de Bebidas Los Volcanes, Sociedad Anónima; y 3) Alimentos y Bebidas Atlántida, Sociedad Anónima, así como tampoco proveedores involucrados en la promoción hasta un cuarto grado de consanguinidad.

5.1.12.- El Organizador se reserva el derecho de modificar este reglamento en cualquier momento para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción, avisando a la autoridad correspondiente.

5.1.13.- El Organizador podrá terminar de manera anticipada o suspender la presente promoción, sin asumir responsabilidad alguna por razones de seguridad, fuerza mayor, fallas técnicas, oportunidad, cualquier otro evento fuera del control razonable del Organizador o si se llegare a detectar defraudaciones, o por algún motivo, razón o circunstancia especial se requiera la terminación o suspensión.

5.1.14.- El Organizador se reserva el derecho de realizar la correcta interpretación, aplicación y ejecución de las presentes condiciones, así como de definir y ejecutar las reglas aplicables a cualquier situación no prevista en este reglamento.

5.1.15.- Con su participación el Ganador autoriza al Organizador a usar su nombre e imagen para que aparezcan en publicaciones y demás medios publicitarios y en general en todo material de divulgación de las actividades posteriores a la promoción, como entrega y recibo de los premios, sin que implique remuneración o compensación adicional, ni reclamos por derechos de imagen, los cuales expresamente se tienen por cedidos temporalmente pero sólo para los efectos de divulgación del resultado de esta promoción.

5.1.16.- Con su participación el Ganador acepta expresamente que los Datos Personales que para efectos de la promoción traslade al Organizador, sean utilizados por el Organizador para la correcta consecución de las finalidades de esta promoción. Los Datos Personales recolectados de los participantes serán utilizados exclusivamente para efectos de esta promoción.

5.1.17.- El Organizador no es responsable en ninguna medida por ningún eventual gasto en que deba incurrir un destinatario de la promoción para participar y/o la entrega de los premios, así como todas demás condiciones que acá se indican.

5.1.18.- El premio incluye una tarjeta de regalo destinada exclusivamente al consumo de alimentos, cuyo monto será definido de acuerdo con la Ciudad de México de los Estados Unidos Mexicanos. La emisión, uso, vigencia, aceptación, establecimientos afiliados, limitaciones y demás condiciones aplicables a dicha tarjeta se regirán por los términos y políticas del emisor correspondiente, sin que el Organizador asuma responsabilidad alguna por su utilización, rechazo, vencimiento, restricciones o cualquier circunstancia relacionada con su canje.

5.1.19.- El premio incluye un recorrido turístico de medio día, el cual podrá realizarse de forma panorámica o a pie, y será guiado. Las características específicas, ruta, duración y modalidad del recorrido estarán sujetas a la disponibilidad y a las condiciones del prestador del servicio designado, sin que el Organizador asuma responsabilidad por cambios o ajustes derivados de dichas condiciones.

5.1.20.- El Ganador y su acompañante deberán contar con pasaporte vigente y con todos los visados, permisos, autorizaciones o requisitos migratorios exigidos por la legislación de Guatemala, de los Estados Unidos Mexicanos o de cualquier país en tránsito. La obtención de dichos documentos será responsabilidad única y exclusiva de ambos. El Organizador no realizará ni gestionará cartas, constancias, trámites o documento alguno relacionado con la obtención de pasaportes, visas o autorizaciones migratorias. En caso de no cumplir con los requisitos migratorios, el premio se considerará renunciado sin que exista obligación de reembolso, sustitución o compensación alguna por parte del Organizador. En tal supuesto, el Organizador quedará facultado para disponer del premio de la manera que estime pertinente, sin que ello genere derecho o reclamo alguno a favor del ganador o de terceros.

5.1.21.- El premio es personal e intransferible, no puede ser cedido, vendido, canjeado, sustituido por dinero en efectivo ni por otro bien o servicio. El premio se disfrutará únicamente en las fechas definidas por el Organizador, salvo que por causas ajenas a estos deba modificarse.

5.1.22.- En caso de cancelación, retraso o modificación de vuelos, hospedajes o traslados atribuibles a los prestadores de servicios (aerolíneas, hotel, etc.) el Organizador queda exento de toda responsabilidad.

5.1.23.- Todos los gastos que no se encuentren expresamente descritos como parte del premio serán responsabilidad del Ganador y su Acompañante. Esto incluye, de manera enunciativa y no limitativa: alimentación, bebidas, maletas adicionales elección de asientos, gastos médicos, servicios de hotel no incluidos, transporte local distinto a los traslados especificados, compras personales, impuestos no contemplados y cualquier otra erogación no descrita.

5.1.24.- El Organizador no se responsabiliza por accidentes, pérdidas, retrasos, daños o perjuicios sufridos por el Ganador o su Acompañante durante el viaje, negativa de entrada a un país por razones migratorias o legales, cancelaciones, reprogramaciones o cambios efectuados por terceros proveedores de servicios. El Ganador y su Acompañante reconocen que viajan bajo su propio riesgo.

5.1.25.- El ganador y su acompañante se obligan a observar en todo momento, durante el desarrollo del viaje, las normas de conducta, convivencia y reglamentos internos establecidos por cada uno de los establecimientos y prestadores de servicios que sean utilizados. Cualquier acto u omisión atribuible al ganador o a su acompañante, ya sea por dolo, negligencia o error, que genere un suceso, daño o perjuicio, será de su exclusiva responsabilidad, quedando el Organizador exento de toda responsabilidad derivada de dichos hechos.

5.1.26.- El ganador deberá acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en el presente Reglamento, incluyendo los requisitos migratorios aplicables, al momento de presentarse a retirar el premio en el lugar, fecha y forma que el Organizador designe.

 

6. INFORMACIÓN ADICIONAL

Para más información o consultas, llamar al siguiente número telefónico, dentro del horario de atención de 8:00am a 5:00pm. Embotelladora Central, S.A, Alimentos y Bebidas Atlántida, Sociedad Anónima al teléfono y Comercializadora y Productora de Bebidas Los Volcanes, Sociedad Anónima al teléfono 1735.

 

7. DESCARGO DE RESPONSABILIDAD: COCA-COLA COMPANY y la Federación Internacional de Fútbol Asociación -FIFA- no son organizadores oficiales de la promoción “FAST START”. El uso de fotos y elementos de la marca en los materiales de comunicación es con fines ilustrativos para esta promoción.

 

ANEXO 1

1. Walmart: La participación de las Cadenas de Supermercados Walmart, en esta Promoción es de Facilitador. Ello significa que solamente pone a disposición del Organizador. El Organizador releva a Walmart, sus subsidiarias, afiliadas empresas relacionadas y sus cadenas de supermercados, incluyendo de cualquier responsabilidad, civil, comercial, penal, laboral, frente a los participantes o de cualquier otra índole en ocasión de la Promoción, asumiendo el Organizador, totalmente la responsabilidad, incluyendo pecuniaria, derivada de todos los actos relacionados con la Promoción, su organización, ejecución y premiación. Este relevo aplica, independientemente del origen y de la prescripción de las acciones, a cualquier reclamo presentado en contra de Walmart, por parte de terceros en relación con la Promoción y los premios. El presente relevo de responsabilidad comprende lo derivado de todo pacto o acuerdo escrito o verbal, que tenga relación con la Promoción. El Organizador se hará responsable por cualquier daño o perjuicio que se produjere en relación con la Promoción y los favorecidos o cualquier otro daño proveniente de cualquier etapa de la Promoción y por tanto responderá por multas y/o sanciones que impongan las autoridades correspondientes, responderá judicial y extrajudicialmente por esos daños y perjuicios. En el caso de que se produjere alguno de los daños y perjuicios aquí indicados y con ello se afecte la imagen o credibilidad de cualquiera de las cadenas de supermercados de Walmart o la cadena de comercialización, el Organizador, se compromete, adicionalmente a lo aquí indicado, a exonerar públicamente a Walmart, cualesquiera de sus formatos y a la cadena de comercialización, por lo ocurrido.