Términos y Condiciones Promoción
“COCA-COLA FUTBOL FIFA WORLD CUP 2026”
Patrocinador: Cervecería Hondureña S.A. de C.V. (en adelante “: Cervecería Hondureña
S.A. de C.V, el “Patrocinador”, “: Cervecería Hondureña S.A. de C.V.”, o el “Organizador”, indistintamente), realizará la promoción “COCA-COLA FUTBOL FIFA WORLD CUP 2026” para el año 2025 sujeta a los siguientes Términos y Condiciones expuestos en las presentes Bases del Concurso (en adelante las “Bases”):
1. DEL OBJETIVO DE LA ACTIVIDAD PROMOCIONAL:
Premiar la preferencia de los consumidores de los productos carbonatados de The Coca‑Cola Company, específicamente las marcas: Coca‑Cola Sabor Original menos azúcar en presentación 1.1L, 1.25L, 1.5L, 2.0L, 2.5L y 3.0L.
2. DEL PATROCINADOR:
a) ¿Quién es el patrocinador?: Cervecería Hondureña S.A. de C.V.
b) ¿Quiénes son los organizadores?: Cervecería Hondureña S.A. de C.V, The Coca‑Cola Company y subsidiarias.
c) Marca del producto participante: Coca‑Cola Sabor Original Menos azúcar en presentación PET: 1.1L, 1.25L, 1.5L, 2.0L, 2.5L, 3.0L con tapa verde oscuro. No aplica vidrio retornable. (Marcas de propiedad The Coca‑Cola Company).
3. DE LA VIGENCIA PROMOCIONAL:
a) Fecha de inicio de la actividad promocional: 26 de septiembre del 2025. Al inicio de la promoción podrá existir convivencia con tapas de otro color.
b) Fecha última para participar en la actividad promocional: 16 de noviembre del 2025 o hasta que duren las existencias de los premios (en adelante el “Período de Vigencia”). El patrocinador se reserva el derecho de extender este período a su discreción y así lo comunicará a los consumidores. En este período se pudiera tener en mercado tapas color verde aún pero ya no aplicaría el registro después de la fecha determinada.
c) Fecha de los sorteos:01 de octubre, 08 de octubre, 15 de octubre, 22 de octubre, 29 de Octubre, 05 de Noviembre, 12 de Noviembre y 19 de Noviembre misma que se realizará a través de la plataforma zoom.
d) Fecha límite para reclamar premio y de finalización de la promoción comercial: 20 de noviembre.
4. ELEGIBILIDAD/DE LOS PARTICIPANTES:
Los paquetes de viajes a la FIFA World Cup 2026 a realizarse en México (en adelante la "Promoción") está abierto a los residentes legales del país de Honduras, consumidores que tengan mayoría de edad, es decir, 18 años de edad o más en el momento de la inscripción y participación en la Promoción y cumplan con las demás condiciones establecidas en estas Bases, especialmente a lo relativo a la tenencia de pasaportes, visas, vacunas y demás requisitos necesarios para realizar el viaje objeto de esta Promoción, vigentes y válidos al momento de participar y al momento de realizar el viaje, sabiendo que se entenderán como vigentes y válidos, los que cumplan todos los requisitos legales, normativos, gubernamentales, Estatales y demás solicitados por las aerolíneas, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, y en general los países anfitriones del mundial 2026 (EEUU, Canadá y México) relacionados con el canje y disfrute del premio. Así mismo, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias no se hacen responsable en caso el ganador no pueda hacer efectivo su premio por alguna anomalía tales como demandas, denuncias o procesos abiertos en su contra, o cualquier otro impedimento legal que el ganador pueda tener; en dicho caso CHS, y la Organizadora estará exonerada de cualquier responsabilidad frente al ganador, así como ante cualquier entidad y/o institución frente a la cual el ganador pudiera presentar cualquier reclamo.
No podrán participar de esta promoción los empleados de , CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, sus familiares dentro del 4to grado de consanguinidad y 2do grado de afinidad; agencias de publicidad y BTL asociadas a cualquiera de sus marcas, dueños de comercios, detallistas, clientes de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, que vendan nuestro portafolio de productos, clientes que utilizan la plataforma BEES, dueños de tiendas, así mismo no podrán participar ni ser ganadores de la promoción, los familiares de todas las personas antes mencionadas. No podrán participar ni ganar cualquier persona que tenga información susceptible de causar una ventaja sobre los demás competidores, o que pueda considerarse como una participación desleal, engañosa o de mala fe. La Promoción está sujeta a todas las leyes y reglamentos aplicables, principalmente a la legislación hondureña. La participación constituye el acuerdo total e incondicional del participante de apagarse y acatar íntegramente las presentes bases y las decisiones de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, que son definitivas y vinculantes en todos los asuntos relacionados con esta Promoción. Ganar un premio depende del cumplimiento de todos los requisitos y de las condiciones adicionales, tales como sorteos, establecidos en este documento.
5. CÓMO PARTICIPAR:
- El consumidor deberá comprar una o más unidades de los Productos Participantes en tiendas, supermercados y tiendas de conveniencia identificados con la promoción y que tengan disponibilidad de los Productos Participantes.
- Al comprar el producto el consumidor tendrá bajo la tapa un código alfanumérico de 8 dígitos y tendrá dos formas de mandar ese código al bot de WhatsApp: +504 9288-5943, al momento de enviar el código recibirá un número de la suerte con el cual participará en los sorteos semanales.
a. Escanear el código QR que se encuentra en la etiqueta o viñeta del producto comprado.
b. Escribir directamente al BOT de WhatsApp al (+504) 9288-5943
Para participar en rifas semanales. En total serán (10) paquetes de viajes dobles a la Copa Mundial de futbol 2026 a realizarse en México.
- En el WhatsApp el consumidor deberá proporcionar sus datos personales tales como:
- Teléfono celular
- Documento Nacional de identificación
- Nombre
- Confirmación de mayoría de edad
- Fecha de nacimiento
- Correo
- Número de la suerte
Si el consumidor no completa la información requerida por el formulario se entenderá que no se convertirá en participante de esta promoción.
- El consumidor deberá aceptar los términos y condiciones para el manejo de información exclusiva de parte de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, las presentes Bases y la política de privacidad de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, al aceptarlos y completar toda la información requerida en la app, se convertirá en participante de esta promoción.
- El consumidor debe ingresar correctamente en el WhatsApp el código alfanumérico de ocho caracteres que se encuentre debajo de la tapa contramarcada color verde oscuro.
Para seleccionar a los ganadores, se realizará una sesión en la plataforma Zoom o Teams dentro de la cual se realizará el sorteo aleatorio de todos los consumidores que cumplieron con los requisitos de las presentes Bases para convertirse en participantes. El sorteo será supervisado y validado con la presencia de funcionario de la secretaría de Gobernación Justicia y Descentralización.
Coca‑Cola nos enviará el listado de los números de la suerte enviados a las personas que ingresaron el código para participar en la promoción y así realizar el sorteo con dichos códigos y poder sacar los ganadores y suplentes de cada sorteo.
Todas las participaciones deben recibirse y registrarse durante el Período de la Promoción dentro del WhatsApp proporcionado en estas bases y que además estará en material POP de los comercios autorizados. Ninguna otra forma de participación es válida. La Participación para ganar uno de los diez paquetes dobles de viajes a la Copa Mundial de futbol 2026 a realizarse en México debe cumplir con las reglas oficiales estipuladas en este documento. CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias. se reserva el derecho, de revisar cualquier participación, y por violación de estas reglas oficiales puede, a su exclusivo criterio, rechazar, eliminar o excluir una participación/ganador por cualquier motivo, incluido, entre otros, si la participación / nombramiento como ganador genere contenido o actividades que esté prohibido por cualquier ley o reglamento aplicable para la legislación Hondureña, así como contenido o actividades que puedan resultar ofensivas, discriminatorias, que atente contra la salud física o mental de cualquier participante o ganador, y/o que pueda ir en contra de la políticas internas de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias o su casa matriz ABInBev, así como cualquier otro comentario o material que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias a su exclusivo criterio, considere inapropiado, en general cualquier contravención a las políticas de AbInBev, leyes, normas, reglamentos y/o estas Bases.
6. SORTEO:
Los diez ganadores oficiales serán seleccionados en un sorteo al azar que se llevará a cabo los siguientes dias: 01 de octubre, 08 de octubre, 15 de octubre, 22 de octubre, 29 de octubre, 05 de Noviembre, 12 de Noviembre y 19 de Noviembre. De las presentes Bases, entre todas las participaciones elegibles recibidas por CHSA dentro de la página web. Los ganadores serán seleccionados al azar de la base de consumidores que completaron correctamente la información solicitada. Si los ganadores oficiales no reclaman los premios, este se entenderá por rechazado se seleccionará otro ganador de los 10 suplentes seleccionados por sorteo, así mismo o si uno de ellos no cumple con los requisitos establecidos en estos Términos y condiciones, se seleccionará otros del listado de los suplentes. En caso de volver a seleccionar otro ganador de los suplentes seleccionado el ganador sustituto tendrá el mismo tratamiento que el ganador originalmente nombrado. En caso de que el ganador a último momento notifica que no podrá ir al viaje, el premio se perderá ya que no es reembolsable por parte del proveedor. Los premios que no son paquetes de viajes, en caso de que no sean reclamado en el tiempo que establece la promoción y agotado el tiempo que dice la ley para su reclamación, el premio será entregado a una ONG secretaria de Gobernación Justicia.
7. NOTIFICACIÓN DEL GANADOR:
CHSA se contactará únicamente por medio de los números telefónicos +504 9288-5943 tratará de contactarse a través de llamada telefónica a los números de teléfonos que proporcionaron los diez ganadores oficiales, y se le notificará a cada uno ser ganador de uno de los diez paquetes dobles de viajes a la Copa del Mundo 2026 (salvo que existan sucesos ajenos a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, tales como fuerza mayor o caso fortuito, que no lo permitan). A cada ganador oficial se intentará llamar tres veces seguidas en un período de uno a dos minutos entre cada llamada; si no se logra contactar con alguno de ellos en los tres intentos de llamadas, se les dejará un correo de voz solicitando contactarse con el Centro de Contacto de Servicio al Cliente de Cervecería Hondureña al +504 2545-1010 o al numero +504 9288-5943. Los ganadores oficiales podrán aceptar o rechazar el premio al momento de responder la llamada. Sin embargo, cada ganador deberá firmar un acuerdo y declaración de exención de responsabilidad, aceptación del premio y respeto a la Propiedad Intelectual de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias o terceros autorizados, para que el premio sea efectivo.
Si posteriormente el ganador electo no responde a las llamadas o se contacta al número establecido en el párrafo anterior después de un periodo de tres días contados a partir de la última llamada, el premio se entenderá por rechazado. En caso de que suceda lo anterior, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva el derecho de poder volver a rifar el premio entre el resto de los participantes que no fueron seleccionados como suplentes, según estime conveniente. Los participantes aceptan que CHSA podrá tomar fotos y videos el día de la entrega del premio, por lo que autorizan al Patrocinador a compartir en los medios que estime convenientes dicho contenido audiovisual, sin necesidad que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias reconozca ninguna suma de dinero o contraprestación, por lo que cada participante manifiesta que es dueño exclusivo de sus derechos de voz e imagen y libera de cualquier responsabilidad CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias sobre cualquier posible demanda al respecto, comprometiéndose a sacar libre de cualquier proceso en contra del Patrocinador.
Si CHSA. no puede verificar que el ganador potencial cumpla con todos los requisitos establecidos en la cláusula 4, relativa a la “Elegibilidad”, entonces el ganador potencial será descalificado y se seleccionará al azar un ganador potencial alternativo (si el tiempo lo permite).
En caso de incumplimiento dentro de cualquier período de tiempo establecido, se perderá el derecho al premio y se seleccionará al azar un posible ganador alternativo (si el tiempo lo permite). Cualquier ganador potencial alternativo seleccionado también deberá cumplir con los períodos de tiempo descritos en este documento. Cualquier notificación de premio o premio devuelto a CHSA o sus agencias por no poder entregarse resultará en la descalificación y la entrega de ese premio a un posible ganador alternativo (si el tiempo lo permite).
Las partes exoneradas (según se define en estas Bases) no son responsables de la suspensión o interrupción del servicio de Internet, inalámbrico o teléfono fijo del número de teléfono o la dirección postal de un participante que pueda dar lugar a que un posible ganador no reciba la llamada inicial del premio o la información de su premio.
8. DETALLES DEL PREMIO:
Diez premios en total, para diez ganadores, que tendrán la oportunidad de llevar un acompañante, estos se harán acreedores cada uno de: Un paquete de viaje a la Copa Mundial de Futbol 2026 (FIFA World Cup 2026).
A. PREMIO:
El premio consiste en diez paquetes dobles de viaje (dos para cada ganador) a la Copa Mundial de Futbol 2026, realizada por la FIFA, que se llevará a cabo el México los cuales incluye:
i. Transporte:
- Vuelo redondo en línea comercial en clase turista de: San Pedro Sula Cortes
- Tegucigalpa según lo que el coordinador estipule hacia México, en la aerolínea que defina unilateralmente CHSA definiendo las condiciones del viaje de forma unilateral, es decir, cantidad y tipos de maletas, horarios, consumos, etc.
- Traslados internos aeropuerto-hotel-aeropuerto en México. Dichos traslados serán brindados por Cervecería Hondureña S.A. de C.V según los parámetros que esta defina unilateralmente.
- Traslados internos para el evento asignados por el Patrocinador. Dichos traslados serán brindados por CHSA según los parámetros que esta defina unilateralmente.
- Traslados internos para actividades de entretenimiento. Dichos traslados serán brindados por CHSA según los parámetros que esta defina unilateralmente. Las actividades de igual forma han sido o serán definidas únicamente por la Organizadora teniendo la potestad de eliminar, modificar o sustituir cualquier actividad por otra que considere de igual valor o que no afecte el paquete turístico previamente negociado por la Organizadora.
ii. Alojamiento:
- 4 a 5 noches de alojamiento, en habitación sencilla doble. El alojamiento será elegido por CHSA según el paquete turístico que ha contratado para esta actividad, por lo que la Organizadora es la única responsable de la elección de dichos alojamientos, pudiendo variar de alojamiento entre cada día.
iii. Entretenimiento:
- Bienvenida. Las actividades contempladas dentro de la “Bienvenida”, son definidos por la Organizadora y estarán previamente armados para disfrute de cada ganador, pero este no tendrá la opción de cambiar y/o modificar alguno de los bienes y/o actividades entregadas por parte de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias.
- Dos (2) Tickets de categoría uno (1) a los partidos establecidos por el organizador de esta promoción. Los tickets incluyen únicamente las entradas a partidos seleccionados por el organizador, salvo que por una liberalidad de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias decida entregar bienes o experiencias adicionales.
iv. Otros:
- Seguro de asistencia al viajero, según lo definido por CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias.
- Todos los impuestos incluidos.
- Todas las comidas en el salón de hotel.
- Transporte para todo el programa.
B. RECLAMO DE PREMIO:
i. Cada ganador será contactado vía telefónica de parte del Centro de Contacto de Servicio al Cliente de CHSA dentro de un máximo de siete días después de haber ganado, en la cual se le solicitarán sus datos personales y le darán las instrucciones y requerimientos específicos para canjear su premio.
ii. Debido a que el premio es un paquete de viaje a la Copa Mundial de Futbol 2026, se otorgará a cada ganador en representación del premio un cupón o kit
simbólico, el cual será entregado en el lugar que designe CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias. Esto para que lo acredite como ganador oficial de la dinámica.
iii. Cada ganador deberá obligatoriamente presentar la tapa color verde con el código alfanumérico ganador, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias podrá validar si dicha tapa cumple con todos los mecanismos de seguridad establecidos para ser acreedor del cupón o kit simbólico.
iv. Para que el cupón o kit simbólico pueda ser entregado al ganador, éste deberá presentar su Documento Nacional de Identificación vigente, pasaporte vigente o cualquier otra identificación oficial con fotografía y una fotocopia de su visa vigente; a su vez, deberá proporcionar datos básicos como: dirección domiciliaria (ciudad, departamento), número telefónico, y correo electrónico.
v. Los participantes autorizan al Patrocinador y al propietario de las marcas de Coca‑Cola Company a realizar el tratamiento de sus datos personales con el objeto de participar en la Promoción mencionada en el presente instrumento y realizar el canje eventual de los premios.
vi. Previo al viaje, cada ganador deberá presentarse a las oficinas principales de CHSA en la fecha que indique, para firma de documento “Carta de aceptación de paquetes de viaje a la Copa Mundial de Futbol” y “Exoneración de responsabilidad renuncia a demandas y asunción expresa de riesgo”
vii. Es responsabilidad de los participantes (ganador y acompañante) organizar y obtener el documento de pasaporte, visas y vacunas requeridas en relación con el premio, así como cualquier otro requisito que sea necesario para el viaje. Dichos requisitos deberán cumplirse en el tiempo y forma que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias defina unilateralmente, de no cumplirse, el premio se tendrá como rechazado o imposible de entregar, por lo que pasara a ser propiedad CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, quien dispondrá libremente del mismo.
C. RESTRICCIONES DEL PREMIO:
i. La Promoción es válida del 26 de septiembre al 16 de noviembre 2025 o hasta agotar existencias de las tapas que contienen los códigos alfanuméricos, lo que ocurra primero.
ii. Si el ganador no presenta la tapa con el código ganador correspondiente al premio, o el mismo no pasa los mecanismos de seguridad previamente establecidos por el Patrocinador, el premio no será canjeado.
iii. Los ganadores y acompañantes deberán viajar en las fechas especificadas por Cervecería Hondureña S.A. de C. CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias. o el premio se perderá.
iv. No se entregarán premios pasados siete días después de la fecha que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias notifique a los ganadores de ser acreedores del premio.
v. CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva el derecho de disponer, para los fines que estime conveniente, los premios que no hayan sido reclamados en la fecha asignada o en el caso que no se haya logrado contactar al ganador en la llamada telefónica.
vi. Al momento de la entrega del cupón o kit simbólico del premio, el ganador deberá firmar la constancia de finiquito y entrega del premio.
vii. La cantidad de premios máxima a ganar por usuario es de un paquete de viaje doble a la Copa Mundial de Futbol 2026 durante todo el periodo de la promoción.
viii. Los ganadores y acompañantes deben cumplir con todos los requisitos de viaje, que pueden incluir, entre otros, presentar la identificación necesaria, pasaporte vigente y que no expire antes de los seis meses a partir de la fecha de regreso a Honduras (incluida una licencia de conducir válida en caso de necesitarse) y su visa vigente si se requiere.
ix. El vuelo saldrá del Aeropuerto Ramon Villeda Morales de San Pedro Sula o del aeropuerto Palmerola en Comayagua según lo indique el organizador (se informará al ganador en cuál de los dos saldrá el vuelo) y la movilidad hasta el aeropuerto corre por cuenta del ganador, al igual que su retorno posterior al viaje.
x. Se incluye maleta de mano y equipaje personal, peso excedente corre por cuenta del ganador.
xi. Si se llegara a causar algún daño a las instalaciones de los lugares donde se prestan los servicios la reparación y gasto de los mismos sean responsabilidad del ganador y su acompañante.
xii. No se cuenta con room service ni minibar en ningún lugar ni actividad dentro del premio.
xiii. Los horarios de los vuelos serán definidos entre CHSA y la compañía área que esta determine y están sujetos a cambios sin previo aviso.
xiv. Es posible que se le solicite al ganador que proporcione una tarjeta de crédito al momento del check-in en el hotel, de lo cual CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias no se hace responsable, ya que son políticas internas de cada hotel.
xv. Cualquier costo incurrido debido a cambios por parte del ganador y su acompañante en el itinerario original es responsabilidad exclusiva del ganador.
xvi. El viaje y el alojamiento, así como la elección de las compañías que proveen el servicio quedan a discreción de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias y están sujetos a disponibilidad y cambios.
xvii. El transporte terrestre, las comidas (que no sean las indicadas anteriormente), las propinas, las compras personales y todos los demás gastos no especificados en este documento son responsabilidad exclusiva del ganador.
xviii. Se requiere constancia médica en caso el ganador tenga algún tipo de discapacidad. Gastos adicionales por esto no los CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, sino que serán obligación del ganador. Igualmente, si hay ganadoras en estado de embarazo todos los gastos adicionales serán obligación del ganador.
xix. El ganador del premio es responsable de todos los gastos no especificados en estos Términos y Condiciones, incluidos (pero no limitados), entre otros, el transporte hacia y desde el lugar de residencia del ganador del premio hasta el Aeropuerto que el organizador indique, todas las comidas y bebidas fuera de las programadas en el itinerario del viaje (y que no puedan cubrir con los viáticos entregados diariamente), y los artículos y gastos de carácter personal (incluidos, entre otros, los cargos en la habitación, las propinas, el teléfono y la lavandería) y todos los demás costos adicionales.
xx. Si el ganador no puede aceptar el premio como se especifica, el premio se perderá.
xxi. Podrán participar de esta promoción únicamente personas mayores de edad.
xxii. El premio es estrictamente intransferible y no puede ser cedido, regalado, vendido, intercambiado ni transferido a otra persona bajo ninguna circunstancia.
xxiii. En ningún caso el participante que resulte ganador del premio descrito de esta promoción podrá canjear o solicitar el canje del premio obtenido por dinero en efectivo o por otro premio distinto al que fue otorgado en el curso normal de la promoción.
xxiv. Si la Copa Mundial de Futbol 2026 se pospone o reprograma, el premio será respetado en la nueva fecha. Considerando que para los servicios que no son contratados con La FIFA, queda a disposición de la agencia de viajes y el Patrocinador negociar para recuperar la mayor cantidad posible o que los servicios puedan utilizarse para la nueva fecha.
xxv. En caso la Organizadora no pueda otorgar un nuevo premio con iguales condiciones, debido a la cancelación o reprogramación del evento, esta hará sus mejores esfuerzos por mantener el máximo de condiciones posibles del premio original, sin embargo, no puede garantizar cumplir con las mismas condiciones debido al cambio de fechas y especificaciones de la nueva programación. En caso de que el evento sea cancelado o resulte demasiado costoso para la Organizadora, modificar y comprar nuevos paquetes, el premio se dará por cancelado, exonerando de cualquier responsabilidad a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias por dicho suceso, por lo que no estará obligada a otorgar montos o premios de ningún tipo a fin de sustituir el premio original.
Si el ganador cancela su asistencia al viaje el premio se perderá, esto hará que el Patrocinador incurra en pérdidas ya que los gastos no son reembolsables.
xxvi. CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias no será responsable, en ningún caso, por el fallecimiento del ganador o de su(s) acompañante(s), ya sea por causas naturales, accidentes, enfermedades, actos delictivos, situaciones fortuitas, casos de fuerza mayor o cualquier otra causa que pudiere ocurrir antes del viaje, durante el trayecto (incluyendo transporte aéreo, terrestre o marítimo), o durante la estadía en el país de destino, ni tampoco al regreso del viaje. Asimismo, CHSA no será responsable por accidentes aéreos, fallas mecánicas del avión, ni cualquier otro incidente relacionado con el medio de transporte utilizado para el cumplimiento del premio. El ganador y su(s) acompañante(s) reconocen y aceptan que el viaje se realiza bajo su propio riesgo, liberando expresamente al Organizador, sus afiliadas, socios comerciales, empleados y representantes de cualquier reclamación, responsabilidad, daño, pérdida, gasto o perjuicio derivado de situaciones que resulten en lesión o fallecimiento. no será responsable, en ningún caso, por el fallecimiento del ganador o de su(s) acompañante(s), ya sea por causas naturales, accidentes, enfermedades, actos delictivos, situaciones fortuitas, casos de fuerza mayor o cualquier otra causa que pudiere ocurrir antes del viaje, durante el trayecto (incluyendo transporte aéreo, terrestre o marítimo), o durante la estadía en el país de destino, ni tampoco al regreso del viaje.
Límite de un (1) premio por persona (siendo así premios dobles). Los premios no son transferibles y no se ofrece ningún equivalente en efectivo o sustitución del premio, excepto a la entera discreción de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias. Si un premio, o una parte de este, no se puede otorgar por algún motivo, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva el derecho de sustituir el premio por otro premio de igual o mayor valor.
Si CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias así lo decide, es posible que se requiera que uno o todos los ganadores y acompañantes se sometan a una verificación de antecedentes. Dicha verificación de antecedentes puede incluir, pero no se limita a la investigación de delitos penales u otros antecedentes de arresto o condena, y cualquier otro factor que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias considere relevante para ayudar a garantizar que el posible ganador no desacredite públicamente a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, o que pueda causar para la imagen del Patrocinador, de los participantes de la Promoción, ganadores, acompañantes, participantes del Mundial de Futbol 2026, desprecio, escándalo o ridiculización o reflejar desfavorablemente. Si se solicita, cada ganador acepta firmar formularios que autorizan la divulgación de información personal y de antecedentes. En caso de incumplimiento en razón de alguno de los puntos aquí mencionados, lo cual se determinará a discreción exclusiva de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, el premio se perderá.
9. LIMITACIONES DE RESPONSABILIDAD Y LIBERACIÓN:
CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias y agencias ("Partes Exoneradas") no son responsables por participaciones, correos electrónicos perdidos, tardíos, mal dirigidos, ininteligibles, devueltos o no entregados, o por satélite, red, servidor, proveedor de servicios de Internet (ISP), sitio web u otras conexiones perdidas, interrumpidas o no disponibles, o con problemas de accesibilidad o congestión de tráfico, problemas de comunicación, hardware o software o líneas de computadora, red, teléfono, satélite o cable fallidos, o problemas técnicos, o transmisiones mezcladas, codificadas, retrasadas o mal dirigidas, fallas o dificultades de hardware o software de computadora, u otros errores de cualquier tipo, ya sean humanos, mecánicos, electrónicos o de red. Así mismo no serán responsables por riesgos provenientes de personas que manipulan o abusan de cualquier aspecto de esta Promoción, sitio web, aplicación o actúan en violación de las Reglas oficiales, o actúan de cualquier manera para amenazar, abusar o acosar a cualquier persona, o violar los términos o políticas internas de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, según lo determine únicamente CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, así mismo estas serán descalificadas. Las Partes Exoneradas no son responsables de ninguna información incorrecta o inexacta, ya sea causada por los usuarios, la manipulación, la piratería informática o cualquier programación o equipo asociado o utilizado en esta Promoción, y no asume ninguna responsabilidad por ningún error, omisión, eliminación, interrupción o retraso en la operación o transmisión o falla en la línea de comunicación, robo o destrucción o acceso no autorizado al sitio web. Cualquier uso de métodos de entrada robóticos, macro, automáticos, programados o similares anulará todas las participaciones relacionadas y puede someter a ese participante a la descalificación. Las Partes exoneradas no son responsables por lesiones o daños a los participantes o los bienes propiedad de cualquier otra persona relacionada con la participación en esta Promoción o que resulte de ella. En caso de que alguna parte del sorteo esté, comprometida a juicio exclusivo de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, y que puedan corromper o perjudicar la administración, la seguridad, la equidad o el desarrollo adecuado de esta Promoción, o presentación de Participaciones, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva el derecho, a su exclusivo criterio, de suspender, modificar o cancelar el sorteo, y determinar los ganadores de las Participaciones válidas y no sospechosas recibidas antes de la acción tomada, o de lo contrario, según se considere justo y equitativo por el Patrocinador. Todos los materiales que puedan ser enviados en razón de esta Promoción por los participantes pasan a ser propiedad de Anheuser-Busch, LLC y Cervecería Hondureña S.A. de C.V. y no se devolverán.
Los participantes aceptan que CHSA y sus empresas matrices, subsidiarias y afiliadas, y las agencias de publicidad y sorteos, y sus respectivos funcionarios, directores, empleados, distribuidores mayoristas, representantes y agentes, no tendrán responsabilidad alguna por, y están liberados y deberán ser eximido de responsabilidad por parte de los participantes contra cualquier responsabilidad, por cualquier lesión, pérdida o daño de cualquier tipo, a las personas, incluida la muerte o daños a la propiedad, o los derechos de publicidad o privacidad, difamación, infracción de derechos de autor o representación que resulte en la totalidad o en parte, directa o indirectamente, de la aceptación, posesión, mal uso o uso del premio o la participación en esta Promoción o en cualquier actividad relacionada con la Promoción. El ganador, al aceptar el premio, otorga permiso a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias y aquellos que actúan de conformidad con su autoridad para usar su nombre, voz y/o imagen autorizando que estas puedan ser alteradas, cambiadas, modificadas, editadas, utilizadas sola o con otros trabajos, según lo determine únicamente CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, para fines de publicidad, comercio y sorteos sin compensación adicional, en cualquier momento o tiempo, en todos los medios ahora conocidos o descubiertos en el futuro en todo el mundo y en Internet sin previo aviso, revisión o aprobación.
La responsabilidad de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se limita a la entrega de los premios ofrecidos en los términos de las presentes Bases y, por consiguiente, no se responsabiliza por eventos imprevistos o gastos en los que pueda incurrir el ganador al momento de hacer efectivo su premio, y por tanto, el ganador exime a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, sus funcionarios, consejeros, socios, mandantes, empleados, agentes o representantes, directores, accionistas, matriz y empresas subsidiarias o afiliadas, etc. de: (i) toda responsabilidad que se pudiere originar como consecuencia de cualquier reclamo, demanda o acción, de la naturaleza que fuere, por el goce y el uso del Premio recibido; (ii) cualquier pérdida o daño a la propiedad, daño físico o moral, enfermedad, accidentes, inclusive la posibilidad de una discapacidad permanente y muerte que pudiere acaecer sobre el GANADOR o de terceros durante el goce y el uso del Premio recibido; (iii) riesgos imprevistos o desconocidos, delitos o faltas culposas, o cualquier caso fortuito o de fuerza mayor ocurridos sobre el GANADOR o de terceros en virtud del goce y el uso del Premio recibido; por lo que, en virtud de lo anterior, el GANADOR declara LIBRE Y SOLVENTE a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias de toda responsabilidad, ya sea de naturaleza civil o penal, o de cualquier otra naturaleza, que pudiera causarse a futuro, durante el goce del Premio.
El Patrocinador no se hacen responsables por los actos, utilización, mecanismos o medios futuros en que pueda incurrir el ganador, a fin de poder disfrutar el premio objeto de la presente promoción.
En caso de fraude en la participación por parte del ganador o participantes, estos serán descalificados y no podrán hacerse acreedor de ningún premio, y quedarán en propiedad de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias.
El ganador firmará acta de liberación de responsabilidad a favor de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias previo a recibir el premio.
Las actividades recreativas que cada paquete incluye y en general el canje del premio serán organizadas y costeadas por la Empresa Patrocinadora, dejando a criterio propio de la misma que actividades se realizarán durante la estadía del ganador en el país de destino, lo cual el ganador acepta y entiende, y el ganador bajo su propio riesgo asume los peligros intrínsecos que cada actividad pueda contener, liberando de cualquier responsabilidad relacionada a de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias.
Es responsabilidad del ganador verificar cualquier advertencia sobre el viaje emitida por cualquier entidad, principalmente Estatal que considere que pueda afectar el viaje entregado en premio, para determinar si desean aceptar el riesgo de viajar al destino. de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias no será responsable de las pérdidas o los daños sufridos por un ganador derivados de su incumplimiento de las advertencias sobre el viaje emitidas por un Gobierno. El ganador y su acompañante deben cumplir y responsabilizarse de obtener toda la información sobre las inoculaciones, visados o vacunaciones recomendadas, así como de recibir las inoculaciones o vacunaciones y cumplir las normativas sanitarias exigidas por el país de destino de cualquier Premio.
Los participantes, ganadores y acompañantes reconocen los riesgos y la exposición intrínseca que conlleva la participación y goce de los premios contenidos en esta promoción, por lo que liberan de cualquier responsabilidad a de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, provenientes de la participación y/o goce de los premios de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias no se hace responsable por cambios imprevistos en fechas de vuelo o en la cancelación de los mismo. Los consumidores ganadores y acompañantes de estos premios comprenden y aceptan que la ocurrencia de dichos sucesos mencionados anteriormente no depende de de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias directamente. En caso de ocurrencia, de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias podrá notificar a los ganadores y acompañantes de dichos cambios al momento de enterarse. Adicionalmente, en caso los ganadores y/o acompañantes de los premios no puedan asistir a la reprogramación del evento, los premios pasan a ser propiedad directa de de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias para uso exclusivo. Los ganadores y acompañantes eximen de cualquier responsabilidad a de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias por los premios que no sea posible entregar o llevar a cabo por razones ajenas a su voluntad, así como aquellos que puedan catalogarse como fuerza mayor o caso fortuito, tales como terremotos, huracanes, manifestaciones, invasiones, tormentas, etc. O acciones directas de personas que forman parte del desarrollo de esta dinámica tales como cambios de leyes o suspensión de los eventos por cualquier motivo. Los ganadores, acompañantes y participantes en general entienden y aceptan los peligros intrínsecos que tienen la realización de las actividades que conlleva participar y ganar la presente dinámica, por lo que expresamente liberan de cualquier responsabilidad CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, empresas relacionadas, sus representantes y socios que estén relacionadas con la realización de esta dinámica y así mismo, se comprometen a sacar libre a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, ante cualquier problema legal, denuncia, proceso, juicio o riesgo reputacional en el que el ganador y/o participante pueda incurrir por acciones propias, y que sean ajenas de la voluntad de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, como la forma de reclamo y uso de los premios, así como de su comportamiento al momento de redimir y hacer uso de cualquiera de los premios. CHSA promueve el consumo responsable de bebidas alcohólicas por lo que el ganador y/o participantes de la Promoción, aceptan ser los exclusivos responsables de su actuar en todo momento, por lo que en caso sea necesario, se comprometen a dar declaraciones públicas según lo estime conveniente CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, a fin de conservar el buen nombre y prestigio de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, sociedades del grupo empresarial, sociedades relacionadas, socios, accionistas, directores, gerentes y colaboradores en general. Por lo anterior el ganador será responsable de su propio comportamiento mientras disfrutan del premio. CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva el derecho, a su entera discreción, de excluir al ganador de participar en cualquier aspecto del Premio si alguna parte no cumple las instrucciones de CHSA o las empresas relacionadas con el Premio, o si el ganador actúa de manera que sea peligrosa para su propia integridad o para el público en general, o sean, a criterio de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, antisociales de cualquier forma o provoquen altercados o molestias a otras personas. El incumplimiento de estos Términos y condiciones podrá resultar en que se deniegue el premio o se pida al ganador que se marche del lugar donde han ocasionado el disturbio o acontecimiento, entendiéndose que es el ganador quien rechaza el premio y decide abandonarlo. Así mismo, los participantes y/o ganadores están enterados y reconocen que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias en ningún momento fomenta o apoya la migración ilegal o el cometimiento de cualquier acto de violación a las normas de cada país, por lo cual exoneran a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, por cualquier ilegalidad cometida al momento del disfrute del premio.
10. LICENCIA DE PUBLICIDAD Y DERECHOS DE AUTOR:
Los participantes otorgan al Patrocinador derecho y licencia exclusiva, perpetua, irrevocable, sin restricciones, libre de regalías, sublicenciable y transferible para explotar su Participación (incluidos, entre otros, su nombre, perfiles de redes sociales, y cualquier derecho de propiedad intelectual, (por ejemplo, derechos de autor, marca registrada, etc.) contenidos en su participación) en cualquier medio conocido ahora o en el futuro, sin ningún pago u otra consideración de ningún tipo, o permiso o notificación, para cualquier fin, incluidos, entre otros, su participación. La concesión anterior incluye, entre otros, el derecho a reproducir, exhibir, distribuir, ejecutar públicamente, crear obras derivadas de, alterar, enmendar, transmitir, editar, publicar, usar, comercializar, otorgar licencias, sublicenciar y adaptar la participación y la información introducida para participar, en cualquier y todos los medios conocidos ahora o en el futuro, en todo el mundo, para cualquier propósito, ya sea de naturaleza comercial o de otro tipo, incluso en contextos y circunstancias que resulten en que su participación se asocie con un Patrocinador o Patrocinadores en particular. En consecuencia, por la presente renuncia a cualquier objeción a dicho uso, incluidos, entre otros, la distribución, la reproducción, la creación de obras derivadas, la ejecución pública o la exhibición de su participación, y cualquier reclamo de compensación en relación con ello. Dicha renuncia incluirá cualquier reclamación por infracción de cualquier denominado “Derecho moral”, o derecho o interés similar. Por último, los participantes, ganadores y acompañantes autorizan a Cervecería Hondureña S.A. de C.V. a que puedan grabarlos en video, fotografía, voz y contenido audiovisual de todo tipo, mientras participa en la promoción, hace la redención de su premio y/o hace uso del mismo, para que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias pueda hacer uso de dicho material audiovisual en la manera que considere oportuno, pudiendo sacar cualquier beneficio de tal material, pudiendo los ganadores y/o acompañantes ser grabados o fotografiados en todo momento mientras hacen uso del premio, por ejemplo, en los traslados, tiempos de alimentación y desarrollo de las actividades varias.
11. RESOLUCIÓN DE DISPUTAS:
La presente actividad, la elección de ganadores, la entrega de premios, la recogida de datos personales, así como todos los aspectos relativos a su desarrollo estarán amparados bajo la legislación Civil, Mercantil y Penal vigente en Honduras, por lo tanto, sus participantes, usuarios, ganadores y acompañantes aceptan someterse expresamente a referida legislación, condición ésta indispensable para adquirir la condición de usuario, participante o ganador de la presente promoción.
12. PATROCINADOR:
Cervecería Hondureña S.A. de C.V. con domicilio en Bulevar del Nte., 21102 San Pedro Sula, Cortés, como filial de Anheuser-Busch.
Esta Promoción no está patrocinado, respaldado ni administrado de ninguna manera por Facebook, Instagram o X, ni está asociado con ellos. Cualquier pregunta, comentario o queja con respecto a esta Promoción deberá dirigirse al Patrocinador y no a Facebook, Instagram o X.
13. DIRECTRICES DE INGRESO Y CONTENIDO PROHIBIDO:
Las participaciones (toda actividad, diseño, bien, información, consentimiento, etc. Que el participante utilice para participar dentro de la presente dinámica) deben cumplir con los siguientes requisitos, en caso y según aplique:
• La participación no puede difamar, tergiversar o contener comentarios despectivos sobre CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias o sus productos, u otras personas, productos o empresas, ni comunicar mensajes o imágenes incompatibles con las imágenes positivas y/o la buena voluntad con las que CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias desea asociarse.
• El Patrocinador tendrá pleno derecho y poder para copiar, publicar, transmitir, exhibir, distribuir, usar, editar, traducir, alterar, combinar con otro material, reutilizar y adaptar cualquiera o todas las partes de la participación de cualquier manera y para cualquier propósito, en cualquier momento, ahora o en el futuro, en cualquier medio ahora conocido o inventado en el futuro en todo el mundo de cualquier manera y para cualquier propósito.
• La participación no puede: (a) ser sexualmente explícita o sugestiva, violenta o despectiva de cualquier grupo étnico, racial, de género, religioso, profesional o de edad, profana o pornográfica, contener desnudez o cualquier actividad materialmente peligrosa; (b) promover el consumo excesivo o irresponsable de alcohol, o promover el uso ilegal de alcohol, drogas, tabaco, armas de fuego (o el uso de cualquiera de los anteriores), cualquier actividad que pueda parecer insegura o peligrosa o cualquier agenda política en particular o mensaje; (c) ser obsceno u ofensivo, respaldar cualquier forma de odio o grupo de odio; (d) contenga una imagen de cualquier persona menor de 18 años; (f) contener marcas comerciales, logotipos o imágenes comerciales propiedad de otros, o publicitar o promocionar cualquier marca o producto de cualquier tipo (que no sea Coca‑Cola Company), sin permiso, o contener cualquier identificación personal, como números de placas, nombres personales, direcciones de correo electrónico o direcciones postales; (g) contener materiales protegidos por derechos de autor propiedad de otros sin permiso; (h) contener materiales que incorporen los nombres, generales u otros indicios que identifiquen a cualquier persona, viva o muerta, sin permiso; (i) hacer referencia o representar nombres, logotipos o características fácilmente reconocibles de un minorista de bebidas alcohólicas (como una tienda de comestibles, una tienda de conveniencia, un restaurante, un bar o cualquier otro lugar minorista que venda bebidas alcohólicas); o (j) no puede estar en sí mismo, en violación de ninguna ley.
• Cada participante garantiza y declara que la participación (en caso aplique): (a) es su trabajo original, (b) no se ha publicado previamente; (c) no ha recibido premios anteriores; y (d) no infringe los derechos de autor, marcas registradas, derechos de privacidad, publicidad u otra propiedad intelectual u otros derechos de cualquier persona o entidad;
• Cualquier participante cuya participación incluya semejanzas de terceros o contenga elementos que no sean propiedad del participante (como, entre otros, representaciones de personas, edificios, marcas comerciales o logotipos) debe poder proporcionar autorizaciones legales para dicho uso, incluido el uso del Patrocinador de dicha participación, en una forma satisfactoria para el Patrocinador, previa solicitud, antes de la entrega del premio y/o la designación del participante como ganador.
• Cualquier participación que, a juicio exclusivo del Patrocinador, no cumpla con las pautas establecidas en el presente, en la aplicación usada para la participación o en el Sitio web relacionado con la participación, o que se considere inapropiada para su publicación, no es elegible.
• Las participaciones incompletas, ilegibles, engañosas o confusas no son elegibles.
• Cualquier participante indemnizará y eximirá de responsabilidad al Patrocinador de cualquier
reclamo en contrario.
• Identificación del trabajo protegido por derechos de autor que se alega que ha sido infringido o, si varios trabajos protegidos por derechos de autor en un solo sitio en línea están cubiertos por una sola notificación, una lista representativa de dichos trabajos;
• Identificación del material que supuestamente está infringiendo o que es objeto de la actividad infractora y que debe eliminarse o deshabilitarse el acceso e información razonablemente suficiente para permitir que el proveedor de servicios localice el material;
• Información razonablemente suficiente para permitir que el proveedor de servicios se comunique con usted, como una dirección, número de teléfono y, si está disponible, un correo electrónico;
• Una declaración de que usted cree de buena fe que el uso del material en la forma denunciada no está autorizado por el propietario de los derechos de autor, su agente o la ley; y,
• Una declaración de que, bajo pena de perjurio, la información en la notificación es precisa y usted está autorizado para actuar en nombre del propietario del derecho exclusivo que supuestamente se ha infringido.
Al enviar una participación, usted acepta que su participación es gratuita y realizada sin restricciones, que no impondrá al Patrocinador ninguna otra obligación que la establecida en estas Bases, que el Patrocinador es libre de publicar o divulgar las ideas contenidas en la participación de forma no confidencial a nadie o utilizar las ideas sin ninguna compensación adicional para usted. Usted reconoce que, al aceptar su Inscripción, el Patrocinador no renuncia a ningún derecho de usar ideas similares o relacionadas previamente conocidas por el Patrocinador o desarrolladas por sus empleados u obtenidas de fuentes distintas a usted.
Al participar, usted reconoce que su participación puede usarse a discreción exclusiva del Patrocinador. Las participaciones son los puntos de vista/opiniones/actuar del participante individual y no reflejan los puntos de vista del Patrocinador de ninguna manera. Al ingresar, reconoce que el Patrocinador no tiene la obligación de usar o publicar ninguna participación que envíe.
14. DE LA ENTIDAD BENÉFICA:
En caso de que los premios no sean reclamados, retirados o aceptados por el ganador o ganadores, se hace constar que los Premios quedarán en poder de CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, de ello se levantará un acta con el fin de documentarlo.
15. CONTINGENCIA SANITARIA:
Sin perjuicio de lo establecido en estas bases de promoción, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias, en caso de no poder cumplir alguno de los compromisos adquiridos con los participantes como resultado de una contingencia sanitaria (ej., COVID-19) incluyendo estas: restricciones de viaje, falta de disponibilidad de los empleados, problemas con los propios insumos o la cadena de abastecimiento, o como resultado de cualquier requisito regulatorio o reglamentario, entonces deberá:
a) Notificar de inmediato a los participantes de las decisiones que se tomarán sobre la promoción y cómo se manejará durante el tiempo que existan las restricciones o similares antes mencionadas.
b) Trabajar de buena fe para minimizar la naturaleza y el alcance de la interrupción que se le cause a los participantes de poder recibir sus premios y seguir gozando de la promoción, incluso tomando todas las medidas razonables para mitigar los atrasos presentados, como proporcionar los bienes y/o servicios o consiguiendo insumos de otros premios para poder compensar a los participantes de otra forma no mencionada en estas bases.
c) A pesar de lo antes mencionado, CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva todo el derecho de poder cancelar la promoción e informar de forma oportuna a los consumidores y participantes en caso de que un suceso de fuerza mayor o caso fortuito le impida poder continuar con dicha dinámica o que por restricciones gubernamentales o de salud, ya no sea posible llevar a cabo dicha promoción. En este caso, los consumidores liberan de toda responsabilidad a CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias. y aceptan a no hacer ningún tipo de reclamación a la empresa por la cancelación de la promoción.
16. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS:
CHSA o Coca‑Cola Company, sus subsidiarias se reserva el derecho de modificar, si fuera preciso, las condiciones de esta Promoción por otras similares, dándole a la modificación el mismo grado de publicidad que a la presente. Y si fuera necesario, por las razones que crea convenientes, aplazar o anular la presente Promoción, lo cual se hará constar públicamente.
17. DE LA INFORMACIÓN O CONSULTA SOBRE LA ACTIVIDAD PROMOCIONAL:
Las personas que deseen participar en la Promoción y/o desean conocer información sobre la misma, pueden presentarse a las oficinas de Cervecería Hondureña S.A. de C.V. con domicilio en Bulevar del Nte., 21102 San Pedro Sula, Cortés o llamar a servicio al cliente al número +503 2545- 1010.