REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN
“Compra B/.7.00 en productos Coca‑Cola y Powerade y llévate un bolso deportivo”

I. DEFINICIONES

Para efectos del presente Reglamento, los siguientes términos tendrán el significado que se indica a continuación:

Consumidor / Participante: Toda persona natural, mayor de dieciocho años, nacional panameña o extranjera con carné de residencia permanente o provisional vigente, que actúe como consumidor final, adquiera los Productos Participantes durante el período de vigencia de la Promoción y cumpla con los requisitos establecidos en este Reglamento.

Patrocinador: VENTAS Y MERCADEO, S.A., sociedad debidamente constituida y existente conforme a las leyes de la República de Panamá, inscrita en la Ficha No. 12677 de la Sección de Micropelículas Mercantil del Registro Público, con domicilio en Avenida Domingo Díaz, Edificio Coca‑Cola FEMSA, Ciudad de Panamá.

Promoción: Actividad promocional denominada “Compra B/.[●] en productos Coca‑Cola y Powerade y llévate un bolso deportivo”, organizada por el Patrocinador conforme a los términos y condiciones establecidos en el presente Reglamento.

Premio: Un bolso deportivo, sujeto a disponibilidad de inventario, vigencia de la Promoción y cumplimiento de los requisitos establecidos en este Reglamento.

Productos Participantes: Los productos de las marcas Coca‑Cola y Powerade expresamente detallados en la Sección III del presente Reglamento, adquiridos en los centros de canje o puntos de venta participantes durante la vigencia de la Promoción.

Centros de Canje: Supermercados El Machetazo y JUMBO participantes, previamente autorizados para la participación, validación y entrega de premios, sujetos al horario de atención de cada establecimiento.

Reglamento: El presente documento, que contiene los términos, condiciones, mecánica, premios, restricciones y demás reglas aplicables a la Promoción.

 

II. CONSIDERACIONES DE APLICACIÓN GENERAL

El Patrocinador de la presente Promoción es VENTAS Y MERCADEO, S.A.

La presente Promoción tiene como finalidad incentivar, promover e incrementar la compra de los Productos Participantes por parte de consumidores finales en los Centros de Canje participantes.

Podrán participar únicamente los consumidores finales que adquieran los Productos Participantes durante el período de vigencia de la Promoción y que cumplan cabalmente con lo dispuesto en el presente Reglamento, en adelante denominados los “Participantes”.

La participación en la Promoción y/o la solicitud de canje del Premio implica el conocimiento y aceptación expresa, voluntaria e íntegra de todas las condiciones, términos, obligaciones, restricciones y responsabilidades establecidas en este Reglamento.

El canje o retiro del Premio únicamente podrá ser realizado por personas mayores de edad, quienes deberán presentar su documento físico de identificación personal vigente al momento del canje o entrega del Premio.

El Patrocinador ha establecido como Productos Participantes únicamente aquellos productos de las marcas Coca‑Cola y Powerade expresamente indicados en la Sección III del presente Reglamento.

 

III. PRODUCTOS PARTICIPANTES

Participan en la Promoción los siguientes productos, adquiridos en los Centros de Canje participantes durante la vigencia promocional:

Cualquier producto, presentación, empaque o marca que no se encuentre expresamente indicado en esta sección no formará parte de la Promoción.

 

IV. PREMIOS

El premio destinado para la presente Promoción consiste en:

Premio: Un bolso deportivo.

Cantidad total disponible:

  • 3,000 para JUMBO
  • 6,920 para MACHETAZO

Los premios estarán sujetos a disponibilidad de inventario, hasta agotar existencias o hasta la finalización de la vigencia de la Promoción, lo que ocurra primero.

El Premio no será negociable, transferible ni canjeable por dinero en efectivo, crédito, productos distintos, certificados de regalo, descuentos o cualquier otro beneficio diferente al expresamente indicado en este Reglamento.

 

V. OBJETO DE LA PROMOCIÓN, FORMA DE PARTICIPAR Y MECÁNICA DE CANJE

Objeto de la Promoción: El objeto de esta Promoción comercial es incrementar la visibilidad de las marcas participantes, incentivar la compra de los Productos Participantes y generar mayor interés en los productos ofrecidos.

Forma de participar: Para participar en la presente Promoción, los consumidores deberán dirigirse a Supermercados El Machetazo y/o JUMBO participantes, realizar una compra mínima de B/.7.00 en Productos Participantes, en una sola factura emitida durante la vigencia de la Promoción, presentar dicha factura en el mismo punto de venta participante y solicitar el canje del Premio, sujeto a disponibilidad de inventario y cumplimiento de este Reglamento.

Mecánica de la Promoción: Por cada compra mínima de B/.7.00 en Productos Participantes, realizada en una sola factura durante la vigencia de la Promoción en los Centros de Canje participantes, el Participante tendrá derecho a recibir un bolso deportivo, sujeto a disponibilidad de inventario y al cumplimiento de los términos del presente Reglamento.

Cada factura válida dará derecho al canje de un único Premio, salvo que el Patrocinador comunique expresamente una condición distinta en este Reglamento o en los materiales oficiales de la Promoción.

Para efectos del canje, el Participante deberá presentar la factura o comprobante de compra correspondiente, en original o en el formato aceptado por el Patrocinador, en el cual conste la compra de Productos Participantes durante la vigencia de la Promoción.

El Patrocinador podrá rechazar comprobantes ilegibles, alterados, duplicados, vencidos, incompletos, fraudulentos o que no permitan verificar la compra de Productos Participantes durante la vigencia de la Promoción.

 

VI. CONDICIONES PARA EL CANJE O ENTREGA DEL PREMIO

Para realizar el canje o recibir el Premio, el Participante deberá cumplir con las siguientes condiciones:

  • Ser mayor de dieciocho años.
  • Ser nacional panameño o extranjero con carné de residencia permanente o provisional vigente.
  • Presentar documento físico de identificación personal vigente.
  • Haber adquirido Productos Participantes durante el período de vigencia de la Promoción.
  • Realizar la compra mínima de B/.7.00 en una sola factura.
  • Presentar la factura o comprobante de compra correspondiente.
  • Solicitar el canje dentro del período de vigencia de la Promoción o hasta agotar existencias, lo que ocurra primero.
  • Aceptar los términos y condiciones del presente Reglamento.

Los premios estarán sujetos a disponibilidad de inventario. En caso de no contar con disponibilidad inmediata del Premio en el Centro de Canje correspondiente, el Patrocinador podrá coordinar una fecha posterior para su entrega, siempre que exista inventario disponible y que el Participante haya cumplido válidamente con la mecánica promocional.

El agotamiento del inventario total disponible dará por finalizada la obligación del Patrocinador de entregar premios, siempre que dicha condición haya sido debidamente comunicada al consumidor conforme al presente Reglamento y a los materiales oficiales de la Promoción.

 

VII. CENTROS DE CANJE Y HORARIOS

La Promoción será válida únicamente en los supermercados El Machetazo y JUMBO participantes, conforme al listado de puntos de venta que será comunicado en el punto de venta o en los medios oficiales de la Promoción.

Los canjes estarán sujetos al horario de atención de cada Centro de Canje participante.

No será responsabilidad del Patrocinador el agotamiento anticipado de premios en un Centro de Canje específico. En dichos casos, el Patrocinador podrá coordinar una nueva fecha de entrega, siempre sujeta a disponibilidad de inventario y al cumplimiento de los requisitos establecidos en este Reglamento.

 

VIII. PERÍODO DE DURACIÓN

La Promoción estará vigente desde el 01 de junio de 2026 hasta el 31 de julio de 2026, o hasta agotar existencias, lo que ocurra primero.

La fecha máxima para realizar canjes será el 31 de julio de 2026, salvo que el Patrocinador comunique válidamente una extensión o modificación conforme a la normativa aplicable.

La cantidad total de premios disponibles será de

  • 3,000 para JUMBO
  • 6,920 para MACHETAZO bolsos deportivos.

Cualquier modificación relevante al plazo de vigencia, Centros de Canje, disponibilidad de premios o condiciones esenciales de la Promoción será comunicada por el Patrocinador mediante publicación en la página web oficial www.coca-cola.com/pa/es o por cualquier otro medio idóneo utilizado para comunicar la Promoción.

 

IX. CONDICIONES Y RESTRICCIONES DE LA PROMOCIÓN

La presente Promoción está sujeta a las siguientes condiciones y restricciones:

1. Aplica únicamente para compras de Productos Participantes realizadas durante la vigencia de la Promoción.

2. Aplica únicamente en los Centros de Canje participantes.

3. Aplica únicamente para consumidores finales mayores de edad.

4. La compra mínima deberá realizarse en una sola factura.

5. Cada factura válida dará derecho al canje de un único Premio, salvo que el Patrocinador comunique expresamente una condición distinta.

6. Los premios están sujetos a disponibilidad de inventario.

7. La Promoción estará limitada a la cantidad total de premios indicada en este Reglamento.

8. En caso de agotarse la existencia del Premio, el Participante no tendrá derecho a reclamar dinero, productos sustitutos, compensación o indemnización.

9. El Premio no es transferible, negociable ni canjeable por dinero en efectivo.

10. El Participante deberá presentar documento físico de identificación vigente al momento del canje o entrega del Premio.

11. El Patrocinador podrá negar la entrega del Premio cuando el Participante no cumpla con los requisitos establecidos en este Reglamento.

12. El Patrocinador no será responsable por gastos de transporte, alimentación, comunicación, hospedaje, estacionamiento ni cualquier otro gasto en que incurra el Participante para participar o retirar el Premio.

13. El Participante deberá revisar el Premio al momento de recibirlo.

14. La responsabilidad del Patrocinador respecto del Premio concluirá al momento de su entrega válida, salvo las garantías legales o comerciales que resulten aplicables según la naturaleza del Premio.

15. El Patrocinador podrá solicitar información o documentación adicional razonable para validar la participación, prevenir fraude o verificar el cumplimiento del presente Reglamento.

16. Cualquier intento de fraude, alteración de comprobantes, duplicidad de registros, manipulación de información, participación irregular o incumplimiento del Reglamento dará derecho al Patrocinador a descalificar al Participante y negar la entrega del Premio.

En la publicidad de la presente Promoción podrá utilizarse la frase “Aplican restricciones”, la cual deberá entenderse referida a las condiciones, limitaciones y requisitos establecidos en este Reglamento.

 

X. MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN O TERMINACIÓN ANTICIPADA

El Patrocinador podrá modificar, suspender o terminar anticipadamente la Promoción por causas justificadas, incluyendo fuerza mayor, caso fortuito, seguridad, fallas técnicas, indisponibilidad de premios, eventos fuera de su control razonable, situaciones de fraude o cualquier otra circunstancia que impida la correcta ejecución de la Promoción.

Cualquier modificación relevante será comunicada oportunamente mediante el mismo medio en que se publicó el Reglamento o por cualquier otro medio idóneo.

Ninguna modificación afectará derechos válidamente adquiridos por Participantes que hayan cumplido con todos los requisitos antes de la comunicación de la modificación, salvo imposibilidad material, fuerza mayor, caso fortuito o disposición legal aplicable.

 

XI. GARANTÍA DEL PREMIO

El Premio es otorgado por el Patrocinador como parte de la Promoción. No obstante, cualquier garantía aplicable por defectos de fabricación, funcionamiento o calidad se regirá por las condiciones otorgadas por el fabricante, distribuidor o proveedor del Premio, según corresponda.

Cuando resulte necesario, el Patrocinador podrá suministrar al Participante la información disponible del fabricante, distribuidor o proveedor correspondiente para la gestión de garantía.

El Participante deberá revisar el Premio al momento de recibirlo. El Patrocinador no será responsable por daños derivados del mal uso, manipulación indebida, negligencia, deterioro, pérdida, robo o uso distinto al recomendado del Premio después de su entrega válida.

 

XII. USO DE IMAGEN

Con su participación y, en especial, al aceptar o recibir el Premio, el Participante autoriza al Patrocinador a utilizar su nombre, imagen, voz, fotografía, video, declaraciones y demás elementos de identificación personal únicamente para fines relacionados con la comunicación, documentación y divulgación de la Promoción, incluyendo la entrega de premios, publicaciones en medios digitales, redes sociales, material interno o publicitario del Patrocinador.

Esta autorización será gratuita, limitada a los fines de la Promoción, y no generará derecho a remuneración, compensación o reclamo adicional por parte del Participante.

En caso de que el Participante no desee autorizar el uso de su imagen para fines de divulgación, deberá comunicarlo al Patrocinador antes de la entrega del Premio. Lo anterior no afectará su derecho a recibir el Premio, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en este Reglamento.

 

XIII. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES

Los datos personales que sean recopilados con ocasión de la Promoción serán tratados por el Patrocinador únicamente para fines relacionados con la administración, validación, ejecución, documentación, entrega de premios, atención de consultas, prevención de fraude y cumplimiento de obligaciones legales vinculadas con la Promoción.

El tratamiento de datos personales se realizará conforme a la normativa panameña aplicable en materia de protección de datos personales. El Participante podrá ejercer los derechos que le correspondan conforme a la normativa aplicable mediante comunicación al Centro de Información y Servicio al Cliente al número telefónico (507) 800-COKE (800-2653), o al correo electrónico ciscam@kof.com.

Cualquier uso de los datos personales para fines comerciales, publicitarios, promocionales o de mercadeo distintos a la administración y ejecución de esta Promoción requerirá el consentimiento correspondiente del titular, cuando así lo exija la normativa aplicable.

El Patrocinador adoptará medidas razonables de seguridad para proteger los datos personales contra pérdida, acceso no autorizado, alteración, uso indebido o divulgación no autorizada.

 

XIV. RESPONSABILIDAD DEL PATROCINADOR

El Patrocinador no asumirá responsabilidad por:

1. Participaciones realizadas fuera del período de vigencia.

2. Participaciones que no cumplan con los requisitos del Reglamento.

3. Falta de disponibilidad de premios una vez agotado el inventario informado.

4. Información incompleta, falsa, alterada o incorrecta suministrada por el Participante.

5. Pérdida, deterioro o daño del Premio luego de su entrega válida, salvo garantías aplicables.

6. Gastos en que incurra el Participante para participar o retirar el Premio.

7. Eventos de fuerza mayor, caso fortuito, fallas técnicas o circunstancias fuera de su control razonable.

 

XV. CONSULTAS E INFORMACIÓN ADICIONAL

Para más información o consultas sobre la Promoción, los Participantes podrán comunicarse al Centro de Información y Servicio al Cliente al número telefónico (507) 800-COKE (800-2653), en horario de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m., o escribir al correo electrónico ciscam@kof.com.

El presente Reglamento estará disponible para consulta en https://www.coca-cola.com/pa/es durante la vigencia de la Promoción.

 

XVI. ACEPTACIÓN DEL REGLAMENTO

La participación en la Promoción implica la aceptación plena, expresa y voluntaria del presente Reglamento.

El Participante que no acepte los términos y condiciones establecidos en este Reglamento deberá abstenerse de participar. En caso de no aceptar las condiciones al momento del canje o entrega del Premio, se entenderá que renuncia al Premio, sin derecho a reclamo, compensación o indemnización alguna.