BASES LEGALES DE PROMOCIÓN

“COCA-COLA ZERO AZÚCAR TE LLEVA A LA CONMEBOL LIBERTADORES”

1. ORGANIZADORA.

COCA-COLA DE CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.714.870-9, representada por doña Nathalie Schol, cédula de identidad N° 14.429.722-9, ambos domiciliados para estos efectos en Avda. Kennedy N° 5757, Piso 12, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante, la “Organizadora”), ha organizado una Promoción denominada “COCA-COLA ZERO AZÚCAR TE LLEVA A LA LIBERTADORES” (en adelante, la “Promoción”), de acuerdo con las siguientes bases de Promoción (en adelante, las “Bases” o las “Bases de Promoción”).

 

2. MECÁNICA DE LA PROMOCIÓN, EMPAQUES PARTICIPANTES, CONTENIDO ASOCIADO A LOS PARTICIPANTES Y RESTRICCIONES GENERALES.

2.1. Requisitos generales.

Para participar en la Promoción, será necesario cumplir con los siguientes requisitos copulativos: (i) ser persona natural mayor de 18 (dieciocho) años de edad al momento de participar en la Promoción y contar con cédula de identidad o pasaporte chileno vigente; (ii) ser residente o estar domiciliado dentro del territorio continental de Chile; y (iii) aceptar, realizar y cumplir correctamente con todos y cada uno de los requisitos y acciones que se describen a continuación en las Bases de Promoción.

 

No podrán participar en la Promoción los directores, gerentes y trabajadores dependientes de la Organizadora, de las agencias publicitarias y/o de marketing y/o de cualquier otro tipo de proveedores de productos o servicios que participen o estén de cualquier forma relacionadas a la Promoción, de sus compañías afiliadas y subsidiarias u otras de sus personas relacionadas (conforme al artículo 100 de la ley N°18.045), y de la notaría en la que se protocolizarán las presentes Bases de Promoción de conformidad a lo descrito en la sección seis de este instrumento. La prohibición aquí referida se extiende a los cónyuges, convivientes civiles, ascendientes o descendientes, colaterales por consanguinidad o afinidad, hasta el segundo grado inclusive, de las personas señaladas, sea que actúen por cuenta propia o en nombre de terceros.

 

2.2. Acción.

Para poder participar en esta Promoción, será necesario realizar las siguientes acciones (en adelante, la “Acción”):

1. Acceder al enlace https://www.coca-cola.com/cl/es/offerings/coca-cola-zero-libertadores (en adelante el “Sitio Web”). El participante podrá acceder al Sitio Web seleccionando el enlace asociado a la Promoción que se encuentre disponible en la cuenta de la Organizadora en la red social Instagram: “@cocacola_cl”; o ingresando directamente al Sitio Web desde su navegador.

2. Una vez en el Sitio Web, los participantes deberán registrarse ingresando los datos que se indican en la sección 2.3 siguiente, aceptando los términos y condiciones de la Promoción, del Sitio Web y de Privacidad del Sitio Web, y seleccionar si desea recibir comunicaciones de marketing por correo electrónico sobre productos, servicios y promociones de Coca‑Cola y sus marcas afiliadas (opcional).

3. Una vez realizado el paso anterior, el participante deberá seleccionar la opción “participar” que se desplegará en el Sitio Web, y ya estará participando por el Premio (según este término se define más adelante).

 

2.3. Contenido asociado a los participantes.

 

Para efectos de participar, los participantes o participantes preseleccionados como ganadores, en su caso, deberán entregar a la Organizadora cierta información personal.

Por esta razón, los participantes deberán autorizar expresamente el tratamiento de sus datos personales por parte de la Organizadora, en estricto cumplimiento de lo señalado en la Ley 19.628 sobre Protección de la Vida Privada y cualquier otra ley que la modifique o reemplace en el futuro. Los datos personales y las finalidades asociadas a su tratamiento serán las siguientes:

 

Finalidad del Tratamiento

Dato personal

Establecer y verificar la identidad de los participantes.

Nombre y apellido.

Verificar la mayoría de edad de los participantes.

Fecha de nacimiento.

Contactar al participante en caso de ser preseleccionado como ganador de la Promoción.

Número de teléfono.

Recibir comunicaciones sobre la Promoción del organizador o sus agencias autorizadas, y comunicaciones de marketing sobre productos, servicios, y promociones de Coca‑Cola y sus marcas afiliadas, en caso de que el participante así lo acepte.

Correo electrónico.

 

Adicionalmente, en el caso de cada participante preseleccionado como ganador, deberá proporcionar copia simple de su cédula de identidad o de su pasaporte chileno vigente, con el sólo objeto de que la Organizadora confirme que cumple con los requisitos para hacer efectivo el Premio.

 

La información sobre los datos personales entregados por los participantes a la Organizadora deberá ser exacta, actualizada, completa y fidedigna.

 

Asimismo, el participante deberá aceptar expresamente los términos y condiciones de la Promoción y los sitios web que contemple la Promoción, así como las políticas de privacidad de los sitios web que contemple la presente Promoción.

 

Se entenderá que, por el hecho de participar en la Promoción, el participante declara que toda información suya que proporcione está debidamente autorizada y consiente que sus datos personales sean objeto de un tratamiento que puede o no ser automatizado.

 

2.4. Condiciones y restricciones generales aplicables a toda participación.

 

No se aceptarán participaciones que se realicen fuera del plazo de vigencia de la Promoción y/o que no estén bajo los lineamientos descritos en estas Bases. Así, queda expresamente prohibido cualquier intento o forma de participación que se realice de manera distinta a la detallada en estas Bases.

 

La Organizadora en ningún caso será responsable por fallas, errores en la administración de la Promoción que no le sean imputables, o por acciones deliberadas de terceros que pudieran perturbar, suspender o interrumpir el normal desarrollo de la Promoción, ni por cualquier otra situación ajena a la Organizadora que pudiere afectar la participación y asignación de Premios asociada a la misma, incluyendo, pero no limitado a restricciones locales, municipales, nacionales y/o de cualquier índole, ya sea con motivo de cualquier pandemia, epidemia, situación y/o restricción impuesta por cualquier Organismo y/o Autoridad de la República de Chile.

 

Asimismo, la Organizadora en ningún caso será responsable por fallas en los equipos móviles, computadores y/o electrónicos de los participantes, de comunicación, de suministro de energía, de líneas telefónicas, de acceso a la red Internet, u otros que sufran los participantes. Asimismo, tampoco será responsable ante errores que presente la aplicación Instagram y que no le fueren imputables a ella.

 

Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal o dolosa en la participación de esta Promoción, alteración de información y/o registros y/o desacreditación de la Promoción en canales de comunicación por parte de un consumidor o participante terminará inmediatamente su participación en la Promoción, extinguirá cualquier derecho que ese consumidor o participante pudiese tener en la Promoción, y llevará a la nulidad de su participación, sin generar responsabilidad alguna para la Organizadora, renunciando desde este momento a ejercer cualquier tipo de acción legal en contra de la Organizadora, sus filiales, afiliadas o sus clientes, que derive de la descalificación proveniente de su actuar fraudulento o desleal. La Organizadora se reserva el derecho de iniciar acciones legales en contra de quien incumpla lo señalado precedentemente.

 

La Organizadora se reserva el derecho de interpretar soberanamente las presentes Bases, circunstancia que los participantes aceptan por el solo hecho de participar en la Promoción. Cualquier cuestión no prevista en estas Bases y/o relativas a su interpretación será dirimida en primer lugar por la Organizadora, sin perjuicio de los derechos que por ley asistan a los participantes. Para cualquier cuestión judicial que pudiera derivar de la realización y participación de la Promoción, los participantes y la Organizadora se someterán a la jurisdicción de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

3. PREMIOS.

3.1. Premios.

La Organizadora ha destinado un total de 3 (tres) unidades de premios con ocasión de la Promoción, los cuales se indican con detalle a continuación (“Premio” o “Premios”):

Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” (tres unidades): paquete para dos (2) personas que incluye:

a) Entradas Categoría 1 para el evento correspondiente a la Final de la Copa CONMEBOL Libertadores 2026, que se llevará a cabo el 28 de noviembre de 2026 en el Estadio Centenario, Montevideo, Uruguay (el “Evento”). La Organizadora no será responsable ante la cancelación, suspensión o reprogramación del Evento, así como tampoco de ningún impedimento y/o restricción política, gubernamental, sanitaria o de cualquier otra naturaleza no imputable a la Organizadora, fuerza mayor, catástrofe natural, condición climática o cualquier otra circunstancia ajena a la Organizadora que imposibilite o impida la realización del Evento correspondiente en la fecha programada y conocida por la Organizadora a la época de publicación de las presentes Bases.

b) Vuelo comercial, en clase económica, ida y vuelta, desde el Aeropuerto Internacional de Santiago (SCL), Arturo Merino Benítez, al Aeropuerto Internacional de Carrasco, Montevideo, Uruguay. La línea aérea, tipo de vuelo (vuelo con escalas o vuelo directo), tipo de equipaje incluido y demás indicaciones del itinerario de vuelo serán determinadas al momento de la emisión de los pasajes y conforme a disponibilidad de vuelos y línea aérea, al momento de efectuarse las reservas correspondientes, lo que será informado por la Organizadora oportunamente a los participantes seleccionados como ganadores del Premio.

c) Alojamiento por tres días y dos noches, en hotel a elección de la Organizadora, correspondientes a los días 27, 28 y 29 de noviembre de 2026 (check in: sujeto a confirmación de fecha y horario por la Organizadora), en habitación base doble (misma habitación para ganador y acompañante). El hotel será definido por la Organizadora al momento de efectuar las reservas correspondientes. La Organizadora se reserva el derecho a modificar en cualquier momento el hotel por uno cualquiera de categoría similar, en forma previa al inicio de la estadía por el ganador y/o acompañante.

d) Traslados en el lugar de destino, ida y vuelta al hotel y al aeropuerto de Montevideo.

e) gift card de US$100 (cien dólares de los Estados Unidos de América) diarios por persona, para que los participantes ganadores y su acompañante las utilicen para canjear en comidas (en adelante, la “Gift Card”). La Gift Card corresponderá a una tarjeta personal, a nombre del ganador, la cual vendrá precargada por el valor total por los tres días, es decir, US$300 (trescientos dólares de los Estados Unidos de América) por persona. La organizadora no garantiza la aceptación de la Gift Card por parte de todos los comercios afiliados en todo momento, ni será responsable por la negativa, limitación, suspensión o rechazo de su uso por parte de dichos comercios, cualquiera sea la causa.

f) La disposición, uso y goce de la Gift Card deberá realizarse de acuerdo con los términos y condiciones establecidos por su emisor y por los comercios afiliados. La Organizadora no será responsable por problemas operativos, fallas de sistemas, restricciones comerciales, cierres de establecimientos, modificaciones de políticas de aceptación, ni por cualquier otro hecho imputable al emisor de la Gift Card o a los comercios afiliados.

La Organizadora no otorgará reembolsos, canjes en dinero ni compensaciones por la imposibilidad de utilizar la Gift Card en un comercio determinado o bajo condiciones específicas establecidas por terceros.

g) Cobertura de asistencia médica de viaje para el ganador y su acompañante, durante la vigencia del viaje, que contendrá las coberturas que se indican en el Anexo N°2 de las presentes Bases. El detalle de los incidentes, tipo de gastos médicos, requisitos y condiciones asociados a la cobertura médica, será provisto por la Organizadora a los participantes ganadores de este Premio y sus acompañantes, una vez remitida la comunicación por las que se les informará acerca de haber resultado ganadores de uno de los Premios. La Organizadora se exime de otorgar la cobertura referida, en caso de que, por motivos de salud, etarios, o cualquier otra causa no imputable a la Organizadora, la compañía aseguradora rechace la cobertura al ganador y/o a su acompañante.

 

Valor comercial referencial del Premio: USD$3.000 por persona (US$ 6.000 por paquete doble), excluyendo la letra g anterior.

Los traslados y eventos identificados serán grupales y estarán sujetos a los itinerarios y disponibilidad indicados por la Organizadora. Es responsabilidad del ganador y su acompañante respetar los itinerarios y horarios de traslados que correspondan según las actividades descritas precedentemente. El Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” no incluye todos los demás traslados que sean requeridos para hacer uso del Premio distintos de aquellos indicados precedentemente, excluyendo expresamente los traslados (ida y vuelta) del ganador y su acompañante desde su domicilio al aeropuerto internacional Arturo Merino Benítez, en la ciudad de Santiago, sean estos terrestres o aéreos, como también cualquier traslado adicional que el participante ganador quiera realizar durante su estadía en el país de destino.

 

3.2. Sorteo y entrega de los Premios.

Una vez efectuada correctamente la Acción, descrita en la sección 2.2 de estas Bases, y aceptados los términos y condiciones descritos en las presentes Bases, el 16 de noviembre de 2026 se realizará un sorteo aleatorio entre todos los participantes inscritos durante la vigencia de la Promoción, para preseleccionar a tres (3) participantes como potenciales ganadores de los tres (3) Premios.

La Organizadora comunicará la preselección por correo electrónico y verificará el cumplimiento de los requisitos establecidos en estas Bases para participar y para hacer uso del Premio. Si el participante ganador no cumpliere con los requisitos para adjudicarse el Premio se sustituirá por quién haya sido seleccionado como primer respaldo una vez verificado el cumplimiento de los requisitos de esta Promoción, y así sucesivamente.

La Organizadora tendrá un plazo de 3 (tres) días hábiles para contactar, por medio del correo electrónico ingresado por el participante de acuerdo a lo indicado en la sección 2.3 de estas Bases, a aquellos participantes que hayan sido preseleccionados como ganadores de la Promoción, informándoles del tal hecho y solicitándoles que proporcionen la información indicada en la sección 2.3 de estas Bases y que, tanto el participante ganador como su acompañante, firmen la declaración que se adjunta a las presentes Bases como Anexo N°1 para confirmar que cumplen con los requisitos establecidos en las presentes Bases. Los participantes ganadores y sus respectivos acompañantes tendrán un plazo de 3 (tres) días hábiles desde la fecha de envío del correo por la Organizadora para responder el correo validando sus datos personales y proporcionando la referida declaración firmada.

En caso de que algún participante ganador no responda oportunamente el correo de notificación enviado por la Organizadora, o no cumpla con los requisitos establecidos en estas bases para adjudicarse el Premio, o rechace el mismo, la Organizadora se reserva el derecho de disponer el Premio a su entera voluntad, pudiendo incluso sortearlo nuevamente.

La entrega del Premio se realizará por correo electrónico, a la cuenta de correo informada por el participante ganador al realizar la Acción, con excepción de las entradas al Evento mismo, las cuales serán entregadas a cada participante ganador y su acompañante el mismo día del Evento.

3.3. Condiciones aplicables a los Premios.

- Los Premios no son transferibles ni transmisibles a terceros.

- Los Premios no serán redimibles ni reembolsables por su valor en dinero, ni sustituibles por productos distintos de aquellos autorizados para efectos de la Promoción, salvo comunicación en contrario efectuada por la Organizadora.

- En caso de que no se acrediten los requisitos para la entrega de uno o más Premios, éstos quedarán en manos de la Organizadora, quien estará facultada para disponer de dichos Premios a su entera discrecionalidad y conveniencia. Lo mismo aplicará en el caso de que uno o más ganadores no quisieran o no pudiesen recibir su Premio.

- La Organizadora no será responsable de la pérdida, robo o daño de los Premios ni de ninguno de los elementos que lo componen, una vez entregados éstos al respectivo ganador.

- La Organizadora no se hará cargo de ningún gasto extra y/o adicional en que pueda incurrir el ganador ni su acompañante por cada uno de los Premios, que no sea de aquellos que estén expresamente incluidos en el Premio según las presentes Bases y/o que pueda resultar de su uso, redención y/o materialización.

- Será de exclusiva responsabilidad de cada participante ganador cumplir con todos los requisitos necesarios para hacer efectiva la entrega, redención y/o uso de su Premio, según la naturaleza de éste.

- Será requisito obligatorio que el participante ganador y su acompañante sean mayores de edad (18 años cumplidos a la fecha de su selección como ganador). Asimismo, será necesario que el participante y su acompañante se encuentren disponibles en las fechas en que hará efectivo el Premio Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026, esto es, los días 27, 28 y 29 de octubre de 2026, y que consientan en las reglas de conducta establecidas en el Anexo N°1 adjunto a las presentes Bases.

- El Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” será contratado y gestionado exclusivamente por la Organizadora o quien ésta designe para tales efectos, en las fechas, lugares y modalidades que sean determinados y fijados exclusivamente por la Organizadora, no admitiéndose reembolso alguno por gastos efectuados directamente por el ganador y/o su acompañante.

- El acceso, disfrute y ejecución del Premio al cumplimiento de las Bases, los establecido en el Anexo N°1 y las condiciones establecidas por terceros independientes y autónomos de la Organizadora, como lo son, pero sin limitarse a, la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), las aerolíneas respectivas que venden y operan los vuelos bajo el Premio, el operador hotelero, los transportadores para los traslados durante las actividades contempladas bajo el Premio, los administradores de los sitios en los que se realizarán las experiencias bajo el Premio y el gobierno del país de destino (en adelante, los “Terceros Responsables”). En la medida que las actividades incluidas bajo el premio dependen de los Terceros Responsables, que son autónomos e independientes de la Organizadora, pueden sufrir modificaciones o variaciones. En consecuencia, la Organizadora no será responsable por las cancelaciones, modificaciones, alteraciones totales o parciales, así como cualquier otro cambio en la realización de dichas actividades, por lo tanto, la Organizadora no será responsable por, daños o perjuicios que puedan causarse en caso del cambio en las condiciones de realización de cualquier evento organizado por los Terceros Responsables bajo el Premio.

- Será responsabilidad del ganador y su acompañante contar con toda la documentación vigente y estar en condiciones médicas adecuadas para viajar y disponer de este Premio, así como averiguar y cumplir con todos los requerimientos gubernamentales, medidas sanitarias y requisitos legales en general (cualquiera sea su naturaleza) que sean requeridos por las autoridades correspondientes, de tiempo en tiempo, tanto en el país de origen como en el país de destino, para viajar, desplazarse e ingresar y salir de cada uno de ellos. Para efectos de acreditar lo dispuesto en este párrafo, cada participante ganador y su respectivo acompañante deberán suscribir un documento declarando conocer y estar en cumplimiento de los requerimientos descritos en este párrafo, en la forma y bajo los términos incluidos en el Anexo N° 1 adjunto a las presentes Bases.

- Tanto el participante ganador como su acompañante designado deberán hacer uso responsable del Premio, cumpliendo en todo momento las normas de comportamiento establecidas por la Organizadora para efectos del Premio, como también las reglas particulares del Evento. Para efectos de acreditar lo dispuesto en este párrafo, cada participante ganador y su respectivo acompañante deberán suscribir un documento declarando conocer y estar en cumplimiento de las normas de conducta, en la forma y bajo los términos incluidos en el Anexo N° 1 adjunto a las presentes Bases.

- Los horarios, rutas, restaurantes, tours, hotel, operadores y demás componentes que puedan estar considerados en el Premio podrán ser ajustados por razones logísticas, de disponibilidad, seguridad, condiciones climáticas, o decisiones de los Terceros Responsables, fuerza mayor o caso fortuito. En consecuencia, Organizadora no será responsables por daños o perjuicios que puedan causarse por esto.

- El Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” excluye cualquier tipo de servicio, de cualquier naturaleza, no contenido en las presentes Bases, tales como, a modo ejemplar, pero no limitativo, comidas, seguro de viajes, llamadas telefónicas de larga distancia, servicio al cuarto, lavandería, artículos del bar de la habitación, pérdida de los vuelos de ida y vuelta incluidos en el Premio, pérdidas o daños de bienes del hotel en el que se alojarán el participante ganador y su acompañante con ocasión de este Premio, del recinto en el cual se llevará a cabo el Evento objeto del Premio, lugares en los que se lleve a cabo y/o sean visitados, y/o cualquier otro gasto en que los participantes ganadores y sus respectivos acompañantes incurran en el hotel, aeropuertos, etc.

- El Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” excluye gastos personales tales como cualquier tipo de compras y/o transportes distintos a los indicados en la sección 3.1 de la Cláusula 3 de las presentes Bases.

- El Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” excluye gastos personales asociados a la obtención de la documentación, permisos, exámenes, y/o esquema y certificación de vacunación que sean requeridos por las autoridades de Chile y Uruguay para efectos de salir e ingresar a ambos países, y para trasladarse dentro de Uruguay y/u otras jurisdicciones.

- Cualquier impuesto personal que se aplique a los participantes ganadores de este Premio por la recepción, total o parcial de éste, será de cargo exclusivo de los participantes ganadores.

- Será exclusiva responsabilidad de cada participante ganador y su acompañante cumplir con todos los requisitos necesarios para poder ingresar al recinto en el cual se realizará el Evento objeto del Premio.

- Las condiciones del Premio, incluyendo tickets de avión, traslado, hotelería y entradas al Evento, son de estricta responsabilidad de quien las emite, debiendo el participante ganador y su acompañante cumplir y respetar dichas condiciones. La Organizadora no se hace responsable de la imposibilidad de cada participante ganador y su acompañante de hacer valer su respectivo Premio por el incumplimiento de tales condiciones.

- A mayor abundamiento, la Organizadora no será responsable en caso de que el participante ganador y/o su acompañante no puedan viajar en la fecha señalada o no puedan ingresar al Evento objeto del Premio por no cumplir con lo indicado precedentemente, por lo que serán de cargo de cada ganador y su acompañante todos los gastos que se generen con ocasión de dicho incumplimiento.

- El Premio Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026 no es transferible a terceros, por lo que en caso de que el ganador no pueda viajar por cualquier motivo, se perderá el Premio “Paquete para la CONMEBOL Libertadores 2026” tanto para él como para su acompañante. La cancelación del viaje por parte del acompañante designado por el ganador, cualquiera sea su causa, no autorizará al participante ganador a reemplazarlo por una nueva persona. Lo anterior, no impedirá el canje y uso del Premio al ganador en la forma y bajo los términos descritos en estas Bases (sin derecho a nuevo acompañante).

 

4. VIGENCIA Y MODIFICACIÓN A LAS BASES.

La Promoción se mantendrá vigente desde el día 3 de noviembre de 2026 al 15 de noviembre de 2026, ambas fechas inclusive o hasta agotar el stock de Premios, cualquiera ocurra primero.

 

Lo anterior es sin perjuicio de que la Organizadora decida extender el plazo de vigencia de la Promoción, si las circunstancias así lo ameritan, para lo cual informará oportuna y adecuadamente a los consumidores.

 

La Organizadora se reserva el derecho de modificar las Bases informando previamente a los consumidores. Lo anterior no generará responsabilidad ni compensaciones a favor de terceros o de los participantes por parte de la Organizadora.

 

Asimismo, la Organizadora podrá cancelar, suspender o modificar la Promoción cuando circunstancias no imputables a la Organizadora ni previstas en estas Bases así lo justifiquen. Lo mismo aplicará en el evento de caso fortuito o fuerza mayor.

 

5. TERRITORIO.

La Promoción se encontrará vigente únicamente dentro del territorio continental de Chile.

 

6. PROTOCOLIZACIÓN Y PUBLICACIÓN.

Se deja constancia que una copia del presente documento será protocolizada en los registros de la notaría de Santiago de doña Patricia Manríquez Huerta, y que se encontrará disponible en el sitio web https://www.coca-cola.com/cl/es/legal/tyc-coca-cola-zero-libertadores durante la vigencia de la Promoción.

 

Asimismo, se deja expresa constancia que la Promoción será informada al público en general durante todo el período de su vigencia a través de los distintos medios publicitarios que la Organizadora libremente determine.

 

7. INFORMACIÓN AL CONSUMIDOR PARTICIPANTE.

Los consumidores participantes podrán efectuar consultas al siguiente número de atención al consumidor: 800-219999.

 

8. RESPONSABILIDAD.

Se entenderá que toda persona que acepte participar en la Promoción ha conocido y aceptado íntegramente estas Bases, careciendo de derecho a deducir reclamo o acción de cualquier naturaleza en contra de la Organizadora, ni de sus ejecutivos, trabajadores o personeros, especialmente en el caso que se niegue la entrega de cualquier Premio, por estimarse que al respecto no se han cumplido las reglas establecidas en estas Bases. 

 

En todo caso, no será aceptado ni será legalmente procedente ningún reclamo que no sea presentado a la Organizadora o ante la autoridad competente: (i) por escrito, explicando claramente la situación; y (ii) antes de la fecha máxima de reclamación, la cual vence el día 22 de noviembre de 2026.

 

La Organizadora no se hará responsable en ningún caso por los hechos que pudieran ocurrir en relación con los Premios entregados con ocasión de la Promoción, y que tengan su origen en causas atribuibles al consumidor, a terceros, Terceros Responsables, a hechos de la naturaleza o a casos fortuitos o de fuerza mayor.

 

La Organizadora se reserva el derecho de iniciar las acciones legales que procedan en caso de detectar irregularidades durante la Promoción, tales como falsificación o adulteración de los medios publicitarios, u otros.   

 

 

9. DISPOSICIONES VARIAS.

La Organizadora se reserva el derecho de verificar la autenticidad, inalterabilidad e idoneidad de la participación, así como también se reserva el derecho de iniciar las acciones legales correspondientes por cualquier intento de fraude o conductas indebidas y/o desleales. Cualquier tentativa de fraude o de maniobra desleal o indebida (como lo pueden ser, pero no limitado, a: los registros de participación dobles o apócrifos; utilización de bots, software o cualquier otra herramienta o insumo tecnológico; alteración de códigos; desacreditación de la Promoción en los distintos medios de comunicación; entre otras) por parte de un participante llevará a la nulidad de su participación. En este caso, los que incumplan esta regla serán eliminados de la Promoción, sin generar responsabilidad alguna para la Organizadora, que derive de la eliminación, proveniente del actuar fraudulento o desleal o indebido, aquí referido de dicho participante. Está prohibido y no será considerado como una participación válida por la Organizadora cualquier intento o método de participación en la Promoción que se realice de manera mecánica, por cualquier proceso, ya sea técnico o mecánico de participación distinta a la detallada en estas Bases. La utilización de técnicas de naturaleza robótica, repetitiva, automática, manual programada, mecanizada o mediante el uso de identidades falsas o adulteradas que no correspondan a la verdadera identidad del participante, o similar llevará a la anulación de todos los registros e ingresos realizados por el participante. La Organizadora se reserva el derecho de eliminar a todo aquel participante que participe en forma indebida y contraria a las presentes Bases. En caso de que la Organizadora determine que algunos de los participantes hubieran violado alguna de las reglas fijadas en las presentes Bases, procederá a su inmediata exclusión de la Promoción.

 

10. FIRMA ELECTRÓNICA SIMPLE.

Las presentes Bases se firman mediante firma electrónica simple, según da cuenta el certificado de firma electrónica que se inserta al final del presente documento. Se deja constancia que por el solo hecho de firmar el presente documento, se entiende firmado el cuerpo principal de las Bases y sus anexos, los que forman parte de las Bases para todos los efectos a que haya lugar.

 

11. PERSONERÍA.

La personería de doña Nathalie Schol para representar a Coca‑Cola de Chile S.A. consta en escritura pública de fecha 8 de junio de 2026, otorgada en la 48° Notaría de la Notario doña Patricia Manríquez Huerta.

 

 

__________________________________    

Nathalie Schol

p.p. Coca‑Cola de Chile S.A.

 

 

                                               

 

 

ANEXO N°1:

DECLARACIÓN DE ACEPTACIÓN, CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS Y NORMAS DE CONDUCTA

 

Por medio de la presente declaración, nosotros, los suscritos indicados al final de este documento, declaramos y dejamos expresa constancia de que:

 

1) Hemos recibido de COCA-COLA DE CHILE S.A., Rol Único Tributario N° 96.714.870-9, domiciliada para estos efectos en Avda. Kennedy N° 5757, Piso 12, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago (en adelante, la “Organizadora”) la notificación de que, el participante respectivo de la Promoción “COCA-COLA ZERO AZÚCAR TE LLEVA A LA CONMEBOL LIBERTADORES” ha resultado ganador del premio (el “Premio”) de la actividad promocional denominada “COCA-COLA ZERO AZÚCAR TE LLEVA A LA CONMEBOL LIBERTADORES” (en adelante, la “Promoción”) según se encuentra descrita en las bases legales de la Promoción, protocolizadas en la Notaría de Santiago de doña Patricia Valentina Manríquez Huerta (en adelante, las bases y sus respectivos anexos, las “Bases”).

 

2) Como participante ganador y respectivo acompañante bajo la Promoción, aceptamos y ratificamos que cumplimos los términos y condiciones de la Promoción, sus modificaciones, en su caso, sus anexos, y actas, y aceptamos expresamente el Premio en los términos previstos en la presente acta (en adelante, el “Acta”).

 

3) Declaramos expresamente que hemos cumplido y cumplimos con la totalidad de los requisitos para participar y hacer uso del Premio, así como con las demás condiciones establecidas en las Bases de la Promoción y esta Acta. Entendemos que el incumplimiento de cualquiera de dichas condiciones (incluyendo, sin limitarse a, conductas relacionadas con fraude, manipulación, falsificación o la infracción de cualquiera de las disposiciones previstas en esta Acta y las Bases) antes o después de la suscripción de la presente acta, tendrá como consecuencia nuestra exclusión de la actividad promocional y, por lo tanto, la pérdida inmediata y definitiva del derecho a recibir el Premio y cualquier elemento accesorio o relacionado con éste que pudiera corresponder, incluida la obligación de restituir o devolver cualquier Premio que hubiera sido entregado previamente, sin perjuicio de las demás acciones legales a que haya lugar.

 

4) Informamos que el Premio será disfrutado por nosotros, en calidad de ganador y acompañante, identificados al pie de nuestras firmas, quienes suscribimos la presente acta en señal de conocimiento y aceptación del Premio, de los términos de las Bases y esta Acta.

 

5) Entendemos que el acompañante debidamente informado a la Organizadora no podrá ser modificado ni siquiera por razones de fuerza mayor.

 

6) Declaramos que somos mayores de edad, contamos con plena capacidad legal para obligarnos por nosotros mismos y que suscribimos el presente documento de manera libre, espontánea, voluntaria e informada, sin que medie error fuerza o dolo.

 

7) Hemos leído y comprendido el contenido de las Bases, la presente Acta, en especial las reglas de conducta contenidas en este documento, las inclusiones y exclusiones del Premio en las Bases, así como las restricciones y obligaciones que se derivan del mismo, y que aceptamos integral e incondicionalmente su contenido.

 

8) Reconocemos que el acceso, disfrute y ejecución del Premio se encuentra sujeto a la mayoría de edad que declaramos cumplir, al cumplimiento de las Bases, y lo establecido en esta Acta, y las condiciones establecidas por terceros independientes y autónomos de la Organizadora, como lo son, pero sin limitarse a, la Confederación Sudamericana de Fútbol (CONMEBOL), las aerolíneas respectivas que venden y operan los vuelos bajo el Premio, el operador hotelero, los transportadores para los traslados durante las actividades contempladas bajo el Premio, los administradores de los sitios en los que se realizarán las experiencias bajo el Premio y el gobierno del país de destino (en adelante, los “Terceros Responsables”). Entendemos que la Organizadora no se hará responsable en ningún caso por los hechos que pudieran ocurrir en relación con los Premios entregados con ocasión de la Promoción, que tengan su origen en causas atribuibles a los Terceros Responsables

 

9) Conocemos y aceptamos expresamente la descripción del Premio incluida en las Bases, y que, para su correcto desarrollo, nos apegaremos al itinerario establecido por la Organizadora, siguiendo de buena fe las instrucciones impartidas por el equipo para disfrutar correctamente del Premio.

 

10) Tenemos conocimiento de que la Organizadora ha declarado que, en virtud de sus facultades para interpretar soberanamente las Bases, no será responsable en los siguientes casos de exclusiones con respecto al Premio:

a. En caso de que al ganador o a su acompañante se le niegue la entrada al país en donde se realiza el evento, se les impida abordar el vuelo o sean devueltos por las autoridades migratorias en cualquier punto del viaje.

b. La Organizadora no se hace responsable por cancelaciones de vuelos, cambios en el itinerario generados por las aerolíneas, por la CONMEBOL para el Evento, o por causas de fuerza mayor, como eventos climatológicos, huelgas o situaciones imprevistas.

 

11) La entrega de boletos para el partido estará sujeta a los términos y condiciones de la CONMEBOL, los cuales deberán ser aceptados por nosotros.

 

12) Hemos tenido la oportunidad de leer esta Acta, las Bases y, como participante ganador y acompañante, los aceptamos expresamente en todos sus aspectos, y nos comprometemos a hacer uso del Premio y a cumplirlos a cabalidad.

 

13) Entendemos que la Organizadora solamente garantiza la entrega del Premio en las condiciones anunciadas en esta Acta y las Bases. En consecuencia, manifestamos que la Organizadora sola y exclusivamente estará obligada a la adquisición y entrega de las entradas al partido, los tickets de transporte aéreo desde Santiago de Chile hasta Montevideo, Uruguay, y de regreso, el hospedaje y los servicios de transporte y desplazamiento y de las experiencias, y la entrega de los viáticos en los términos expresamente señalados en las Bases.

 

14) Aceptamos que, en la medida que las actividades incluidas en el Premio dependen de los Terceros Responsables, que son autónomos e independientes de la Organizadora, pueden sufrir modificaciones o variaciones. En consecuencia, entendemos que la Organizadora no es responsable por las cancelaciones, modificaciones, alteraciones totales o parciales, así como cualquier otro cambio en la realización de dichas actividades, por lo tanto, eximimos a la Organizadora de cualquier responsabilidad, daño o perjuicio que pueda causarse en caso del cambio en las condiciones de realización de cualquier evento organizado por los Terceros Responsables.

 

15) Entendemos que los horarios, rutas, restaurantes, tours, hotel, operadores y demás componentes que puedan estar considerados en el Premio podrán ser ajustados por razones logísticas, de disponibilidad, seguridad, condiciones climáticas, o decisiones de los Terceros Responsables, fuerza mayor o caso fortuito. En consecuencia, exoneramos a la Organizadora de cualquier responsabilidad, daño o perjuicio que pueda causarse por esto.

 

16) Entendemos que, en todo caso, cuando un cambio obedezca a causas ajenas al control razonable de la Organizadora, entendemos que ésta sólo estará obligada a proponer alternativas razonables, sin que haya lugar a compensación adicional, sin perjuicio de lo previsto en las Bases y esta Acta.

 

Entendemos y declaramos que, cuando no atendamos las indicaciones e instrucciones dadas por la Organizadora y que estén relacionadas con la hora y lugar indicado para los desplazamientos y transportes expresamente mencionados en las Bases asociadas al Premio, quedará eximida de su cumplimiento y asumiremos la responsabilidad, costos y consecuencias del transporte y desplazamiento, lo que puede incluir la pérdida del disfrute de la actividad correspondiente, sin que en ningún caso la Organizadora deba realizar reembolsos o sustituciones en el Premio.

 

17) Que hemos sido informados que es de nuestra exclusiva responsabilidad presentarnos en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez en la ciudad de Santiago de Chile en la fecha y hora que sea informada por la Organizadora para el viaje a Montevideo, Uruguay. En consecuencia, la Organizadora queda exonerada de asumir o reembolsar cualquier gasto o erogación relacionada con el desplazamiento y hospedaje en el que podamos incurrir para tal fin.

 

18) Que entendemos que estamos en la obligación de seguir las leyes uruguayas, las normas de comportamiento dadas por la CONMEBOL para la asistencia a los escenarios deportivos y eventos relacionados con el partido al que asistiremos, las normas de comportamiento del hotel en el que nos hospedaremos, las normas de los lugares donde se desarrollarán las demás actividades contempladas bajo este Premio. En consecuencia, declaramos que seremos exclusivamente responsables por el efecto de cualquier incumplimiento, desapego, desatención o desconocimiento de dichas normas, así como sanciones impuestas por los responsables de su cumplimiento y aplicación (lo que puede incluir, sin limitarse, negación de ingreso al país, deportación, negación de embarque, negación de ingreso o expulsión de un sitio público, del hotel o del escenario deportivo, imposición de multas o sanciones, y/o exclusión de actividades).

 

19) En consecuencia, nos comprometemos a tener un comportamiento intachable durante el viaje y las actividades contempladas bajo este Premio, y renunciamos expresamente a iniciar cualquier tipo de acción judicial, extrajudicial o administrativa relacionada con los alcances, condiciones, restricciones y demás características de la Promoción, así como con las calidades, riesgos y condiciones del premio que nos fue asignado.

 

20) En atención a que el Premio implica desplazamientos, hospedaje, asistencia a eventos masivos y convivencia con otros participantes, personal de la Organizadora y/o terceros, nos obligamos a: (i) mantener una conducta respetuosa y prudente; (ii) acatar instrucciones operativas del personal designado por la Organizadora y/o del operador logístico, así como las reglas del hotel, transportadores, lugares de experiencia y del organizador respectivo de cualquier evento bajo el Premio; (iii) abstenerse de incurrir en actos de violencia, amenazas, riñas, vandalismo, daños a bienes, consumo o porte de sustancias ilícitas, porte de armas, o cualquier conducta que afecte la seguridad, integridad o dignidad de terceros (incluyendo acoso, hostigamiento o conductas discriminatorias); y (iv) responder por los daños o perjuicios que cause a terceros o a los proveedores durante la ejecución del Premio. Como consecuencia de lo anterior, el incumplimiento de estas obligaciones faculta a la Organizadora y/o al operador logístico, por razones de seguridad, orden o cumplimiento de reglas de terceros, a retirar al participante infractor del programa y/o de las actividades, sin obligación de sustitución del Premio ni compensación alguna, por lo que deberemos asumir los costos, penalidades o gastos en que se incurra (incluyendo traslados, alojamiento, reemisiones, multas o recargos), sin perjuicio de la obligación de mantener indemnes a la Organizadora en los términos de esta Acta.

 

21) Aceptamos que el consumo de alcohol, en caso de presentarse, deberá ser responsable en cada una de las actividades contempladas bajo el Premio, y que está prohibido participar en traslados o las actividades del Premio en estado de ebriedad o bajo el efecto de sustancias ilícitas o psicotrópicas, así como portar o consumir dichas sustancias. En consecuencia, la Organizadora y/o el operador logístico correspondiente podrá negar el acceso, retirar de una actividad o del programa a quien se encuentre en estado inconveniente o represente un riesgo para sí o para terceros, sin obligación de sustitución ni compensación y con asunción de los costos derivados por parte del participante y su acompañante.

 

22) Que nos obligamos a presentarnos puntualmente en los puntos de encuentro y horarios informados para vuelos, traslados y actividades. En caso de inasistencia, atraso, abandono del grupo o pérdida de un traslado por causa imputable a nosotros, se entenderá que renunciamos a la actividad específica afectada, sin que haya lugar a reembolso, compensación o sustitución por parte de la Organizadora. Cualquier costo de reubicación, reincorporación al itinerario, cambios de boletos de traslado, traslados adicionales, alojamiento y/o penalidades deberá ser asumido exclusiva y directamente por nosotros.

 

23) Declaramos bajo juramento que nos encontramos en condiciones físicas y de salud compatibles con la ejecución del viaje bajo este Premio y la asistencia a eventos masivos, y que adoptaremos las medidas razonables para nuestro autocuidado (incluyendo portar medicamentos de uso personal, fórmulas y/o autorizaciones médicas que requieran). Que, en caso de accidente o emergencia médica durante la ejecución del Premio, autorizamos al personal de la Organizadora y/o al operador logístico a (i) contactar al número de emergencia informado, (ii) coordinar la atención inicial y (iii) compartir con la aseguradora o prestadores de salud la información estrictamente necesaria para la atención y la gestión del siniestro, conforme a la normativa aplicable de protección de datos. Los costos no cubiertos por el seguro o derivados de exclusiones, preexistencias o incumplimiento de recomendaciones médicas serán asumidos por nosotros.

 

24) Cualquier incidente relevante durante el viaje o las actividades (incluyendo pérdida de documentos, accidentes, hurtos, daños, quejas frente a servicios incluidos o eventual activación del seguro) deberá ser reportado por nosotros de forma inmediata y, en todo caso, dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a su ocurrencia, a través de los canales de contacto del operador logístico indicados por la Organizadora. También nos obligamos a cooperar con la recopilación de soportes (reportes, constancias, fotografías, recibos) requeridos por autoridades, proveedores o aseguradora. Entendemos que la falta de reporte oportuno o la ausencia de soportes podrá impedir la gestión del incidente o la cobertura del seguro, sin que ello genere responsabilidad para la Organizadora.

 

25) Declaramos que seremos exclusiva, directa y solidariamente responsables por cualquier daño causado por nosotros a terceros y a la Organizadora, sus accionistas, directores, administradores, empleados, contratistas, aliados y sociedades afiliadas. En consecuencia, nos obligamos solidariamente a mantener indemne a la Organizadora y a The Coca‑Cola Company, incluyendo a sus accionistas, directores, administradores, empleados, contratistas, aliados y sociedades afiliadas de cualquier reclamación, sanción, perjuicio o daño que les sea reclamado (lo que incluirá, sin limitarse, a cualquier gasto, erogación o expensa relacionada o derivada de la atención a dichos asuntos, como pudieran ser honorarios de abogados, agencias, sanciones, multas, comparendos, penalidades, costos administrativos o judiciales).

 

26) Entendemos que las actividades bajo el Premio son actividades de masiva asistencia de público y se tratan de espacios de esparcimiento y ocio ofrecidos para el público en general.

 

27) Exoneramos a la Organizadora de cualquier consecuencia que resulte directa o indirectamente de cualquier acción u omisión fundamentada en la información dada por algún Tercero Responsable en el desarrollo de la actividad correspondiente.

 

28) Exoneramos a la Organizadora y The Coca‑Cola Company, incluyendo a sus accionistas, directores, administradores, empleados, contratistas, aliados y sociedades afiliadas por los daños o perjuicios que pudiéramos sufrir como asistentes a las actividades bajo el Premio. Lo que incluye, sin limitarse, a todo tipo de responsabilidad contractual y/o extracontractual, patrimonial o no patrimonial, que pudiera causarse por cualquier hecho, acto u omisión. En consecuencia, declaramos que asumimos cualquier riesgo que se pueda generar con la aceptación del premio y nuestra asistencia y participación en las actividades descritas bajo el Premio, así como cualquier otra que, por mera liberalidad, sea provista por la Organizadora.

 

29) Entendemos que las actividades bajo el Premio son planeadas, organizadas, programadas y realizadas por los Terceros Responsables. En consecuencia, eximimos a la Organizadora por la duración, realización, contenido, calidad, organización y cualquier otro aspecto relacionado con cada uno de los eventos y experiencias anunciadas en las actividades del Premio. La Organizadora no garantiza una ubicación específica dentro del partido al cual asistimos, más allá de que las entradas o boletos del evento correspondan a la localidad que se informa en esta Acta.

 

30) Asumiremos y seremos los únicos responsables por la declaración y pago de los impuestos que se generen o que sean impuestos por el Servicio Nacional de Aduanas, incluidos si se calificaran como ganancia ocasional, timbres y/o cualquier otro gravamen, tasa o contribución que se genere con ocasión del Premio.

 

31) Asumiremos y seremos los únicos responsables por los bienes declarados al ingreso al país de destino y el reingreso al país de origen, y las declaraciones juradas presentadas ante las autoridades competentes, especialmente las declaraciones presentadas ante el Servicio Nacional de Aduanas, la Declaración Jurada de Ingreso a Chile y cualquier otra declaración realizada ante el Servicio Agrícola y Ganadero.

 

32) Conforme a la Ley número 19.628 sobre la protección de la vida privada, y cualquier norma que los modifique, complemente o sustituya, autorizamos de manera libre, previa, expresa e informada a la Organizadora, en su calidad de responsable del registro o banco de datos, para que recolecte, use, almacene, circulen, transmita, transfiera y, en general, realice el tratamiento de nuestros datos personales en los mismos términos indicados en las Bases.

 

33) Declaramos que toda la información suministrada (incluyendo nombres, documentos, datos de contacto, etc.) es veraz, completa y actualizada. Cualquier costo derivado de errores, correcciones, reemisiones o penalidades causadas por información incorrecta serán de nuestra exclusiva responsabilidad y, en consecuencia, seremos solidariamente responsables ante la Organizadora por cualquier gasto que deba realizar como producto de ello.

 

34) Entendemos que la Promoción, así como la entrega y disfrute del Premio se rige por las leyes de la República de Chile, y que, mientras estemos en Uruguay, nuestro comportamiento y acciones estarán sujetos a las leyes de dicha jurisdicción.

 

35) Que entendemos y declaramos que las prestaciones correspondientes y relacionadas con la Promoción y la entrega del Premio son realizadas en el territorio continental de la República de Chile. En consecuencia, y sin perjuicio de las competencias administrativas aplicables en materia de protección al consumidor, cualquier controversia será competencia de los Tribunales Ordinarios de Justicia.

 

Para constancia se firma la presente acta, en la ciudad de ___________ el día ___ del mes _________ de 2026.

 

El ganador,

 

 

Firma:                           ____________________________

Nombre del ganador:        ____________________________

Cédula de Identidad:        ____________________________

Número de Pasaporte:      ____________________________

Dirección:                      ____________________________

Teléfono:                       ____________________________

Correo electrónico:           ____________________________

 

El acompañante,

 

 

Firma:                           ____________________________

Nombre del acompañante: ____________________________

Cédula de Identidad:        ____________________________

Número de Pasaporte:      ____________________________

Dirección:                      ____________________________

Teléfono:                       ____________________________

Correo electrónico:           ____________________________