TÉRMINOS & CONDICIONES DE LA ACTIVIDAD SPRITE LIMELIGHT MÚSICA ILIMITADA

A.   Responsable de la actividad: Coca‑Cola Bebidas de Colombia S.A. (Coca‑Cola) con NIT 830.047.819-9.

B.   Nombre de la actividad: SPRITE CO & SPOTIFY.

C.   Vigencia de la actividad y horarios: La actividad se llevará a cabo cuatro (4) fines de semana (jueves, viernes, sábado, domingo) entre el 2 de mayo del 2024 hasta el 26 de mayo del 2024 o hasta agotar existencias. La actividad ofrece la oportunidad de reclamar como beneficio un total de 1.323 pines virtuales de tarjetas para activar Spotify Premium por un (1) mes en el plan Spotify Premium individual.

 

La actividad se llevará a cabo en los días referidos, durante los siguientes horarios:

 

Inicio: 11:00 a.m.

Fin: 7:00 p.m.

D.   Objetivo de la actividad: Premiar a los consumidores por compras superiores a $20,000 COP en productos de la marca Sprite con estas tarjetas de música de regalo en los 3 puntos de venta seleccionados para la actividad durante los días jueves, viernes, sábado y domingo del mes de mayo (2 de mayo del 2024 hasta el 26 de mayo del 2024).

E.   Ámbito territorial: La actividad será válida exclusivamente en la República de Colombia, en las siguientes ubicaciones:

• EXITO ENVIGADO (Carrera 48 #34 Sur-29, Envigado, Antioquía).

• EXITO LA COLINA (Avenida Boyacá #72-146B. Bogotá D.C.)

• EXITO PANORAMA CL30 (CV) (Calle 31 #6b, Sur Oriente. Barranquilla, Atlántico). 

F.   Mecánica de la actividad y requisitos para participar:

1.    El participante debe acudir a las ubicaciones referidas, en los horarios y fechas mencionados y comprar COP$20.000 o más en productos de marca Sprite. El portafolio participante es:

2.    Una vez el participante haya comprado los productos deberá presentarle a la impulsadora de Sprite que se encuentre en la tienda, la factura de compra del mismo día y de la misma tienda donde reclama el beneficio, en donde pueda evidenciarse la compra de los productos por el monto antes referido, y que no haya sido utilizada para participar en la misma actividad previamente.

 

3.    La impulsadora de Sprite que se encuentre en la tienda en las fechas, lugares y horarios referidos verificará los requisitos de la factura de compra que se mencionaron, y si encuentra que el participante ha cumplido con los requisitos referidos le entregará inmediatamente el beneficio.

 

G.   Beneficio: El beneficio consiste en una (1) tarjeta para activar Spotify Premium por un (1) mes en el plan Spotify premium individual. La cantidad de tarjetas que se entregarán en cada tienda y en cada día será libremente definida por Coca‑Cola, siempre sin exceder conjuntamente el número total de tarjetas disponibles indicado en la sección C de este documento. 

H.   Condiciones de la actividad y responsabilidad de Coca‑Cola:

 

1.    Coca‑Cola se reserva la facultad de actualizar los términos y condiciones del presente documento, para lo cual los mismos se pondrán a disposición en la página de la actividad, y se actualizarán en los lugares en que se lleve a cabo la actividad. Los presentes términos y condiciones se publicarán en el link www.coca-cola.com/co/es/legal/terminos-y-condiciones-musica-sprite durante toda la vigencia de la actividad.

 

2.    En caso de presentarse eventos de fuerza mayor, caso fortuito, o hechos de terceros que afecten la actividad, o en el evento de presentarse un fraude en perjuicio de Coca‑Cola o de los participantes de la actividad, Coca‑Cola podrá actualizar en todo o en parte esta actividad, así como suspenderla temporal o permanentemente sin ninguna responsabilidad al respecto.

 

3.    Para participar en la actividad, los participantes deberán ser mayores de edad y portadores de una cédula de ciudadanía o pasaporte. Este documento debe presentarse para poder redimir el beneficio, para verificar la edad del participante.

 

4.    La participación en la actividad está sujeta a las condiciones y términos que se indican en este documento. Cualquier situación que no se encuentre prevista en el mismo, será resuelta por Coca‑Cola con sujeción a la legislación colombiana aplicable a la materia.

 

5.    La sola participación en esta actividad implica el conocimiento y aceptación de estos términos y condiciones, y sus eventuales modificaciones, no pudiendo alegar el consumidor o participante el desconocimiento de las mismas. Si usted no está de acuerdo con estos términos y condiciones, por favor absténgase de ser parte de la actividad.

 

6.    Los participantes serán descalificados automáticamente, si llegasen a infringir estos términos y condiciones y/o en caso de fraude, pudiendo, además, responder civil y/o penalmente por tal conducta. Se entiende por conducta fraudulenta, a título de ejemplo, el suministro de datos no verídicos, falsificar las facturas, entre otras situaciones.

 

7.    Los beneficios no son canjeables por dinero, ni por cualquier otro tipo de beneficio.

 

8.    Coca‑Cola no se responsabiliza del uso que hagan los participantes del beneficio. Además, Coca‑Cola no es responsable, en ningún grado, del correcto funcionamiento del servicio de Spotify, su responsabilidad de limita única y exclusivamente a la entrega del beneficio, de conformidad con este documento.

 

9.    Está prohibida la comercialización y/o venta de los beneficios. En el caso en que Coca‑Cola identifique que esto sucede, podrá retirar el beneficio al participante y emprender las acciones legales del caso. El beneficio es personal e intransferible, únicamente podrá disfrutarlo el participante.

 

10.    En el caso en que por cualquier circunstancia el participante no pudiese o no quisiese aceptar el beneficio correspondiente o renunciase al mismo, terminarán las obligaciones de Coca‑Cola sobre el particular.

 

11.    Para participar en la actividad o recibir el beneficio, los participantes no deben pagar ningún valor a Coca‑Cola. Más allá de la obligación de cumplir todas y cada una de las condiciones establecidas en estos términos y condiciones, la participación en esta actividad es libre y gratuita. Esto implica que el participante puede decidir libremente si participa o no en la actividad, y que la participación en la misma no estará sujeta al pago de ningún arancel o retribución hacia Coca‑Cola, ni ninguna otra persona o entidad.

 

12.    Un participante puede ganar y recibir un máximo de un (1) beneficio.

 

13.    Coca‑Cola no tendrá obligaciones adicionales en relación con los beneficios que excedan el máximo número de beneficios disponibles indicado en la sección C, y una vez agotados cesarán por completo cualquier derecho o expectativa del participante con relación a los mismos.

 

14.    Los beneficios no incluyen ninguna otra prestación, bien o servicio distinto de los referidos en estos términos y condiciones. Será por exclusiva cuenta, cargo y responsabilidad de cada participante la disposición de los medios y acciones necesarias para acceder al beneficio.

 

15.    Coca‑Cola no se hace responsable por eventuales errores que se puedan producir en el proceso de adquisición y facturación de los productos relacionados con la actividad u otro tipo de circunstancias que de una u otra forma hayan influido e incidido en la posibilidad del participante de cumplir con los requisitos de la actividad. Coca‑Cola queda exonerado de toda responsabilidad por tales eventos, así como de cualquier responsabilidad derivada de la participación en la actividad o el disfrute de los beneficios en el caso de los participantes que los obtengan. 

I.   Datos personales: En todo lo relacionado con el tratamiento de datos personales recolectados producto de la actividad se aplicará el Aviso de Privacidad de Coca‑Cola que se encuentren vigente, el cual puede ser consultado en la página web https://www.coca-cola.com/co/es/legal/privacy-policy.

En el caso en que los participantes proporcionen datos personales durante la actividad, dichos datos se tratarán de acuerdo a las finalidades contempladas en la autorización de tratamiento de datos que se le solicite al participante, entre estas, pero sin limitarse a las siguientes: (i) la ejecución y control de la actividad promocional; (ii) Contacto posterior con fines de mercadeo relacionado con las marcas Coca‑Cola en Colombia.  

J.   Contacto: Cualquier duda o inquietud sobre los alcances e interpretación de los presentes términos y condiciones, podrá ser consultada a través de los siguientes canales de contacto:

 

·       Número de Servicio de atención al cliente KOF – 6016050600

·       Correo electrónico: notificaciones@kof.com.mx

K.   Legales cortos: Vigencia durante 4 fines de semana (jueves, viernes, sábado y domingo) desde el 2 de mayo del 2024 hasta el 26 de mayo del 2024 o hasta agotar existencia de beneficios (un total de 1.323 tarjetas para activar Spotify Premium por un (1) mes en el plan Spotify Premium individual. Para obtener el beneficio el participante deberá presentar el documento de identidad para verificar que sea mayor de edad. Un beneficio por participante durante toda la actividad. Los participantes deben realizar compras iguales o mayores a COP$20.000 en productos marca Sprite, del portafolio participante, y presentar la factura del mismo día y de la misma tienda donde reclama el beneficio a la impulsadora de Sprite que se encuentre en la tienda, durante los horarios de la actividad (11 a.m. a 7 p.m.). Consulta términos y condiciones en www.coca-cola.com/co/es/legal/terminos-y-condiciones-musica-sprite