BASES PROMOCIONALES MM.GG. FANTA GAMING
Empresa Responsable de la Promoción: COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., con C.I.F. nº B-86561412 y con domicilio social en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”).
“Período de Vigencia”: fechas en las que estará vigente la promoción comprendida entre el día 15 de abril de 2026 hasta las 23:59 horas en horario peninsular del día 30 de junio de 2026, ambos inclusive.
Ámbito de la promoción: Ámbito nacional.
“Establecimientos”: Puntos de venta donde los participantes deberán realizar el esfuerzo de compra para participar en la presente promoción, de acuerdo con:
- La relación de cadenas del canal de Alimentación Moderna.
- La relación de puntos de venta del canal HORECA.
- La relación de puntos de venta de tiendas de conveniencia/ mercado local.
“Productos Promocionados”: todos los productos participantes en la presente promoción bajo la marca Fanta en los siguientes formatos:
· [LATA 330ML];
· [LATA 330ML INCLUIDA DENTRO DEL PACK DE 6].
· [LATA 330ML INCLUIDA DENTRO DEL PACK DE 9].
· [LATA 500ML];
· [PET 500ML].
· [PET 1,5L, solo en Canarias].
· [PET 2L].
· [PET 2L INCLUIDO DENTRO DEL PACK DE 2].
Siempre que dichos productos se encuentren disponibles para su comercialización en los Establecimientos adheridos a la promoción.
A.- ¿Quén puede participar?
Podrán participar todas las personas físicas, mayores de 18 años, residentes en España, que realicen la compra mínima de Productos Promocionados detallada en el apartado siguiente en los Establecimientos.
B.- ¿Cómo participar?
B. 1.- COMPRA MÍNIMA DE PRODUCTOS PROMOCIONADOS
Dentro del Período de Vigencia, el consumidor que acuda a cualquier Establecimiento, deberá realizar en dicho Establecimiento una compra mínima de 1 Producto Promocionado para participar en la presente Promoción, generando una Participación Válida (en adelante, el “Esfuerzo de Compra”).
Sólo generarán participaciones las compras que se realicen cumpliendo la Compra Mínima de Productos Promocionado generado dentro del Periodo de Vigencia, es decir, entre el 15 de abril de 2026 y el 30 de junio de 2026.
Cada Esfuerzo de Compra generará una participación para optar a los premios que se ponen en juego en la presente Promoción de acuerdo con las presentes Bases, siempre que el Esfuerzo de Compra se haya realizado dentro del Periodo de Vigencia.
B. 2.- REGISTRO E IDENTIFICACIÓN.
Para poder participar será necesario que:
· El Participante se identifique como usuario en https://coca-cola.es/fanta
· En caso de que no estuviera registrado, se registre en el apartado preparado a tal efecto en la página web https://coca-cola.es/fanta
· En caso de que el Participante ya esté registrado en https://coca-cola.es/fanta bastará con que se identifique.
B. 2.1.- PARTICIPACIÓN
La participación en la presente promoción implica la aceptación de las presentes Bases.
Para participar, una vez se escanee el QR que aparece en los envases de los Productos Promocionados o en cualquier pieza de Publicidad, deberá:
1º Elegir si desea recibir un Game reward de alguno de los videojuegos participantes en la promoción, mediante “Premio directo” (regalo disponible hasta fin de existencias); participar mediante “Momento ganador" para poder ganar otros premios de mayor valor; o bien recibir mediante “Premio directo” una entrada para asistir al evento experiencial, siendo que esta última opción, solo se podrá redimir desde el 18 de mayo de 2026
2º En caso de que el participante escoja la opción de recibir mediante “Premio directo” un Game reward, deberá registrase o iniciar sesión mediante usuario y contraseña en la web https://coca-cola.es/fanta; introducir el PINCODE del Producto Promocionado; y seguir las instrucciones para recibir el game reward correspondiente y redimir el premio.
3º En caso de que el participante escoja la opción de “Momento ganador”, deberá registrase o iniciar sesión mediante usuario y contraseña en la web https://coca-cola.es/fanta; introducir el PINCODE del Producto Promocionado; y automáticamente sabrá si resulta o no ganador de algún premio.
4º En caso de que el participante escoja la opción de “Premio directo”, deberá registrase o iniciar sesión mediante usuario y contraseña en la web https://coca-cola.es/fanta; introducir el PINCODE del Producto Promocionado; y seguir las instrucciones para recibir el game reward correspondiente y redimir el premio.
4º En caso de que el participante escoja la opción de recibir mediante “Premio directo” una entrada para asistir al evento experiencial, deberá registrase o iniciar sesión mediante usuario y contraseña en la web https://coca-cola.es/fanta; introducir el PINCODE del Producto Promocionado; y seguir las instrucciones para reservar su plaza para el evento experiencial, y redimir el premio. La posibilidad de redimir estos premios únicamente estarán disponibles a partir del 18 de mayo de 2026.
5º Además, todos los participantes que se registren o inicien sesión mediante usuario y contraseña en la web https://coca-cola.es/fanta; e introduzcan el PINCODE del Producto Promocionado; automáticamente participan en el “Sorteo ante notario” que se realizará al finalizar la promoción.
Registrado el consumidor en https://coca-cola.es/fanta, no será necesario realizar este procedimiento de nuevo, sino que, para acceder de nuevo a la web y participar nuevamente, únicamente será necesario introducir la dirección de correo electrónico y la contraseña indicada en el momento del registro, junto con los datos de un nuevo PINCODE válido.
Un mismo consumidor podrá participar cuantas veces quiera a través del mismo o de distintos Establecimientos, siempre que realice el correspondiente Esfuerzo de Compra necesario y se registre o acceda en la web promocional.
Además, un Pincode como máximo podrá dar lugar a 1 participación, sin perjuicio de que cada participante podrá generar tantos Pincode como Esfuerzos de Compra haga
Por último, la presente promoción queda limitada de tal forma que cada consumidor solo podrá conseguir 1 game reward a la semana. Además, solo podrá conseguir 1 game reward por videojuego.
B. 3.- MOMENTO GANADOR:
Durante el Periodo de Vigencia, todas las participaciones que se realicen a través de la web [https://coca-cola.es/fanta], podrán ganar alguno de los premios que se detallan en el apartado
B.4 de las presentes Bases.
La obtención de alguno de estos premios que se regalan a lo largo del Periodo de Vigencia se realizará mediante un programa informático, y de forma totalmente aleatoria y confidencial. Para el reparto de estos premios se han elegido 2.201.084 “Momentos Ganadores” consistentes en un día, hora, minuto y segundo concretos de todos los posibles durante el Periodo de Vigencia.
Cuando un usuario participa en la página web https://coca-cola.es/fanta. el programa informático que sostiene el servidor de participación comprueba si el día, hora, minuto y segundo en que el participante ha efectuado su participación coincide con alguno de los “Momentos Ganadores” y, de ser así, se lo comunica al instante al participante.
En el supuesto de que en un Momento Ganador no se produzca una participación o esta participación no sea válida, se considerará Ganador al participante cuya participación tenga lugar en el momento inmediatamente posterior al de ese Momento Ganador.
B.4.- SORTEO;
Una vez finalizada la promoción se recopilarán todas las participaciones realizadas a través de la página web https://coca-cola.es/fanta durante el Período de Vigencia y se realizará un sorteo ante Notario, con todas las participaciones recopiladas, mediante el que será determinado el ganador del premio que se pone en juego mediante la presente promoción.
El Sorteo ante Notario se celebrará el día 20 de julio de 2026.
En el Sorteo, el Notario elegirá al azar 20 participaciones ganadoras y 5 participaciones Reservas.
B.5.- PREMIOS
B. 5.1 PREMIOS MEDIANTE MECÁNICA DE MOMENTO GANADOR
Ø “Sudaderas con logo Fanta” (40 Unidades Disponibles), talla L, con capucha, en color verde, fucsia, naranja o amarillo de forma aleatoria, de 50% algodón y 50% poliéster, 280 g/m2.
Ø “Cascos gamer XBOX” (50 Unidades Disponibles), con cable, en color negro, compatibles con Xbox Series X/s, Xbox One Y Win10 – Microsoft.
Ø “Mandos inalámbricos XBOX” (80 Unidades Disponibles), en color blanco, compatible con Xbox Series X, Xbox Series S, Xbox One, Windows 10/11, Android e iOS, con pilas AA para hasta 40 horas de autonomía.
Ø “Códigos de descarga para videojuegos” (10 Unidades Disponibles: 3 de Call of Duty ®: Black Ops 7 + 3 Halo Infinite® (versión lanzada en el 2022) + 2 Diablo
® IV + 2 Forza Horizon® 5, de forma aleatoria). El premio podrá canjearse cuando se desee, siempre que el videojuego en cuestión siga en el mercado, pues no tiene fecha de caducidad. Se recibirá un código para descargar el videojuego en cuestión. Para su descargar, el ganador deberá encender su consola XBOX, presionar el botón XBOX para abrir la guía y luego seleccionar “Tienda”. Deberá posteriormente presionar el botón “Ver Icono” del botón vista para abrir el menú lateral y luego seleccionar “Canjear”. Es ahí donde deberá introducir el código de 25 caracteres que ha recibido, seleccionar “Siguiente” y seguir las indicaciones.
B. 5.2. PREMIO MEDIANTE LA MECÁNICA SORTEO ANTE NOTARIO
Ø “Consola XBOX” (20 Unidades Disponibles), en color blanco, modelo XBOX ROG XBOX ALLY 7’’ Full HD, con 16 GB RAM y 512GB
SDD, 60Wh, Windows 11.
El valor del Premio Consola XBOX supone un coste total máximo para CCEP IBERIA de quinientos noventa y cuatro EUROS con noventa y dos CÉNTIMOS (594,92€) (IVA no incluido). De acuerdo con el Art. 105 del RIRPF, el Valor de Mercado del Premio será de setecientos trece EUROS con novecientos cuatro CÉNTIMOS (713,904 €), teniendo en cuenta el incremento del 20% que establece dicha normativa.
B.5.3 CONSIDERACIONES COMUNES RELATIVAS A LOS PREMIOS
Si por razones ajenas a CCEP IBERIA no se pudiera entregar el premio al Ganador, éste podrá sustituirlo por otro de igual o similares características.
Los premios son personales e intransferibles, por lo que no podrán cederse a una persona distinta del ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo ni en especie.
CCEP IBERIA se reserva el derecho de validar y denegar la participación y entrega de los premios conseguidos que contravengan lo establecido en las presentes bases legales sin que los usuarios afectados puedan reclamar a CCEP IBERIA por la descalificación de sus participaciones.
B.6.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS
B.6.1. COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS MOMENTO GANADOR
Cuando una participación coincida con un Momento Ganador el sistema automáticamente desplegará un aviso en la web https://coca-cola.es/fanta. informando al participante de su condición de Ganador.
Una vez CCEP IBERIA haya comprobado que el PINCODE es válido, el ganador recibirá un mensaje de correo electrónico informándole de la validez de su PINCODE e informándole, en su caso, de la información y documentación que el ganador deberá entregar a CCEP IBERIA para la entrega del premio.
El ganador tendrá un plazo de 5 (cinco) días naturales para responder a CCEP IBERIA adjuntando, en su caso, la información y documentación que se hubiera requerido para la entrega del premio, salvo, se le conceda expresamente y por escrito un plazo superior.
Una vez remitida por el ganador la documentación que en su caso se le hubiera solicitado, CCEP IBERIA realizará la entrega del regalo al ganador en un plazo aproximado de 15 días y siempre y cuando el Ganador haya cumplimentado los pasos que le hayan sido comunicados por CCEP BERIA para la entrega del regalo.
En cualquier caso, el plazo de entrega de treinta (15) días es estimativo por lo que el participante no podrá reclamar compensación alguna a COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA,
S.L.U. por cualquier retraso en la entrega del regalo en el citado plazo.
B. 6.2. COMUNICACIÓN Y ENTREGA PREMIOS SORTEO ANTE NOTARIO
Una vez realizado el Sorteo ante Notario mediante el que será determinado el ganador del premio puesto en juego en la presente promoción mediante la mecánica Sorteo ante Notario, CCEP IBERIA enviará a dicho ganador un correo electrónico a la dirección de e-mail que hayan proporcionado en el registro de su participación en la web https://coca-cola.es/fanta. Tras esto, CCEP IBERIA se pondrá en contacto telefónico con el ganador, en el plazo de 48 horas laborables.
Si en las 72 horas laborables siguientes al envío del correo electrónico no se hubiera podido contactar con el ganador (porque éste no hubiera contestado al e-mail o no hubiera respondido al teléfono tras un total de tres (3) intentos de llamadas por parte de la Organización) o el ganador rechazara el premio, el ganador recibirá una comunicación en la que se le indicará que no ha sido posible contactar con él tras varios intentos y perderá su derecho al premio, pasando a contactar con el correspondiente reserva.
En tales supuestos, el Reserva Ganador recibirá un correo electrónico a la dirección mail que haya proporcionado en el registro de su participación en la web https://coca-cola.es/fanta indicándole esta circunstancia. Posteriormente, CCEP IBERIA se pondrá en contacto telefónico con el Reserva Ganador, en el plazo de 48 horas laborables desde la comunicación por e-mail.
Al igual que en el caso anterior, si en las 72 horas laborables siguientes al envío del correo electrónico, no se hubiera podido contactar con el Reserva Ganador (porque éste no hubiera contestado al e-mail o no hubiera respondido al teléfono tras tres (3) intentos de llamadas por parte de la organización) o rechazara el premio, éste perderá su derecho al premio y se pasaría a contactar con el siguiente de la lista de participaciones reserva.
En caso de que se haya descartado la participación ganadora, así como todas las reservas, por no ser válidas conforme a los criterios apuntados anteriormente, se declarará el premio como desierto y pasará a disposición de la organización.
Una vez localizado al Ganador en esa conversación y en el correo electrónico que paralelamente se le envíe, se informará de la documentación que deberá preparar y entregar a CCEP IBERIA (entre otra, la Carta de Aceptación de Premio) antes de la entrega del Premio. Asimismo, en dicha conversación, se informará al ganador de los detalles del premio.
En el plazo de 8 días naturales, el ganador deberá remitir a CCEP IBERIA la documentación que le hubiera sido solicitada (documento de exoneración de responsabilidad firmado, en su caso, autorización de menores para viajar formalizada y firmada, etc.).
Una vez confirmada la aceptación del Premio y siendo conforme la Carta de Aceptación así como el resto de documentación a entregar en su caso, CCEP IBERIA se pondrá en contacto con los ganadores con la finalidad de concretar los detalles de disfrute del premio, en un plazo aproximado de 15 días.
Se habilita el siguiente teléfono de atención al participante y resolución de incidencias que se puedan derivar durante la vigencia de la presente Promoción: +34 900 828 011; o bien vía WhatsApp al +34 626 61 99 20; o email a promofantagaming@acl-directpromo.com, con un horario de atención continuo de 9:00 a 18:00 horas de lunes a viernes, excepto días festivos nacionales.
B.7. OBSEQUIO DIRECTO
De forma adicional a los premios que se ponen en juego en la presente promoción mediante las mecánicas de Momento Ganador y Sorteo ante Notario, de acuerdo con lo detallado anteriormente en las presentes Bases, los participantes en la presente promoción podrán recibir un obsequio directo, de acuerdo con lo detallado a continuación.
Obsequios directos disponibles:
Ø “Recompensas para videojuegos” (2.100.000 Unidades Disponibles). (En adelante, “Game Rewards”). Esta promoción le da la oportunidad al consumidor de redimir su premio para desbloquear recompensas digitales exclusivas dentro de algunos de sus videojuegos favoritos en Xbox, Battle.net y Activision. Se podrá resultar ganador de alguno de los 420.000 game rewards del videojuego Call of Duty ®: Black Ops 7 o Call of Duty®: Warzone™ (podrá tocar aleatoriamente un Double ZP - highest level reward o un Calling card), o de los 420.000 game rewards del videojuego Diablo ® IV Age of Hatred Collection (Fanta Orange portal - first time exclusive), o de los 420.000 game rewards del videojuego Halo Infinite®, (Master Chief – fisrt time exclusive), o de los 420.000 game rewards del videojuego World of Warcraft ®: Midnight (podrá tocar aleatoriamente un Cooler, o una Bottle o un Globlin Surfboard Mount), o de los 420.000 game rewards del videojuego Forza Horizon® 6 (videojuego que se lanzará en mayo del 2026) (Fanta-Inspired Toyota Sports 800 collectible livery).
Para canjear el game reward, el ganador deberá iniciar sesión o crear una cuenta gratuita de Coca‑Cola y vincularla a su cuenta de gaming (Xbox, Battle.net o Activision, según el juego seleccionado). Se podrá reclamar su recompensa dentro de su cuenta de juego o por email, según la plataforma.
Las recompensas dentro del juego están disponibles en Xbox, Battle.net y Activision. Actualmente no están disponibles en PlayStation, Nintendo Switch, Steam u otras plataformas.
Cada consumidor podrá conseguir 1 game reward a la semana, pudiendo conseguir hasta 5 recompensas en total durante el período del programa Además, solo podrá conseguir 1 game reward por videojuego.
La entrega dependerá de la plataforma:
- Para recompensas de Xbox (Halo y Forza), el ganador recibirá un código de canje por email (incluyendo spam o correo no deseado) para encontrar su código de canje.
- Para recompensas de Battle.net (Diablo® y World of Warcraft®), el ganador recibirá directamente el game reward en su cuenta de Battle.net, por lo que deberá revisar las notificaciones de su cuenta.
- Para recompensas de Activision (Call of Duty®), el ganador recibirá el game reward directamente en su cuenta de Activision, por lo que deberá revisar las notificaciones de su cuenta.
En caso de que el ganador no reciba su game reward, deberá probar a cerrar sesión y volver a entrar en el juego, y asegurarse de haber iniciado sesión en la cuenta correcta. Para soporte adicional de cada plataforma, el ganador deberá utilizar los siguientes recursos:
- Para cuenta Xbox: https://support.xbox.com/es-ES/contact-us
- Para soporte de Battle.net: http://support.blizzard.com/
- Para soporte de Activision: https://support.activision.com/
Las recompensas se entregan directamente a la cuenta vinculada y no pueden transferirse, regalarse ni moverse a otra cuenta. También necesitará una cuenta en la plataforma de gaming asociada al juego seleccionado (Xbox, Battle.net o Activision).Los obsequios directos serán otorgados, hasta fin de existencias, a los 2.100.000 primeros participantes que registren y rediman su participación en la presente promoción a través de la web promocional con la opción de “Premio directo”, por estricto orden de participación, a razón de un máximo de 1 obsequio directo por participante.
Ø “Entradas para evento experiencial Fanta Gaming” (640 premios Disponibles). Premio consistente en una entrada para participar en una actividad inmersiva por equipos en las instalaciones de Laser City (situado en el Centro Comercial Palacio de Hielo Palacio de Hielo, C. de Silvano, 77, Hortaleza, 28043 Madrid), donde los participantes podrán tomar parte en un juego físico de estrategia por equipos. La experiencia consistirá en una actividad lúdica competitiva tipo láser tag de un máximo de 15 minutos de duración, donde los usuarios, agrupados en equipos de tres (3) personas, deberán completar una misión en un tiempo determinado y antes que el resto de equipos, cumpliendo con las normas de seguridad, equipamiento y normativas de eliminación temporal dictadas por la Organización del evento.
El ganador podrá invitar a otros 2 acompañantes, estando formado su equipo por 3 personas. Habrá 4 equipos en cada sesión, conformados por otros ganadores de la promoción. Cada esquipo representará a un sabor diferente (Fanta Naranja, Fanta Limón, Fanta Frambuesa Zero, Fanta Exotic).
La actividad se podrá canjear a partir del 18 de mayo de 2026, para disfrutarla del 3 de junio de 2026 al 14 de junio de 2026, de miércoles a domingo, según el día y hora seleccionado por el ganador, según disponibilidad. Los miércoles, jueves y viernes la primera sesión empezará a las 15:00h y la última a las 21:40h. Mientras que los sábados y domingos la primera sesión empezará a las 11:00h y la última a las 21:40h. Tanto el ganador, como sus 2 acompañantes, deberán ser mayor de edad para poder asistir y participar en la experiencia.
El premio incluye la entrada para participar en el evento junto con 2 acompañantes. No se incluyen traslados ni alojamientos, por lo que esto se deberá tener en cuenta a la hora de redimir el premio.
Si el ganador de la experiencial reserva su plaza para el evento con 48h de antelación, su asistencia al evento queda automáticamente confirmada. En caso de que el ganador del experiencial reserve su plaza para el evento con más de 48h de antelación, 48h antes del evento recibirá un email para que confirme su asistencia; en caso de que no la confirme con al menos 48h de antelación, su plaza se quedará liberada y no podrá asistir al evento; en caso de que no pueda asistir al evento, en dicho email se le dará la opción de poder reservar otra plaza otro día o en otro horario, siempre que siga habiendo disponibilidad.
En la máxima medida permitida por la ley, la organización se excluye de toda responsabilidad por cualquier pérdida, daño o lesión que le ocurra al ganador y/o a cualquier tercero que surja de su participación en la promoción o que surja de su aceptación y uso del premio. Es muy importante el ganador participe en esta actividad, ni permita que sus acompañantes participen, si están bajo la influencia del alcohol, o de algún medicamento o cualquier otra sustancia estupefaciente que pueda afectar a la salud, los sentidos, agudeza mental, reflejos y coordinación. El ganador y sus acompañantes no deberá participar en esta actividad si padece, ha padecido o cree padecer cualquier afección médica, problema de salud preexistente o lesiones, incluyendo - sin limitación alguna - lesión de corazón, neurológica, muscular, cerebro, ojos, oídos, o cualquier otra enfermedad o lesión que pueda desencadenarse o verse agravada por la participación en la actividad.
COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL OBSEQUIO DIRECTO
Cuando un participante registre por primera vez su participación en la web promocional (es decir, cuando emita su primera participación en la presente promoción), siempre que se trate de uno de los primeros 2.100.000 participantes en la promoción con la opción de “Premio directo”, el sistema desplegará una ventana donde se le informará de tal condición (ser uno de los primeros 2.100.000 participantes en la promoción y haber registrado su primera participación en la promoción) y, asimismo, se informará de la obtención de uno de los obsequios directos disponibles como consecuencia de lo anterior.
Asimismo, se informará de la información que el participante deberá proporcionar a CCEP IBERIA para la entrega del obsequio directo. El ganador tendrá un plazo de 5 (cinco) días naturales para responder a CCEP IBERIA adjuntando, en su caso, la información y documentación que se hubiera requerido para la entrega del premio, salvo, se le conceda expresamente y por escrito un plazo superior.
Una vez facilitada tal información por el participante, CCEP IBERIA realizará la entrega del obsequio directo al participante.
Los obsequios directos serán entregados por CCEP IBERIA únicamente de acuerdo con la mecánica anteriormente descrita y exclusivamente hasta fin de existencias.
C.- Responsabilidad y causas de descalificación de un participante del concurso
CCEP IBERIA podrá solicitar de manera aleatoria a cualquiera de los usuarios que estén participando en la Promoción, para llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas, sean estos Ganadores o no. En caso de detectarse una participación fraudulenta, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificación del participante.
Asimismo, CCEP IBERIA se reserva el derecho de verificar, con los diferentes establecimientos adheridos.
No serán válidas las participaciones efectuadas online mediante métodos generados por un script, macro o el uso de dispositivos automáticos.
En caso de constatar irregularidades graves en la participación de algún usuario, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificar al participante y ejercitar todas las acciones legales que le asistan contra los infractores.
Podrá considerarse una irregularidad grave:
a) La existencia de más de una cuenta con los mismos datos de participación, tales como, nombres y apellidos del concursante, teléfono o dirección postal.
b) Que el concursante haya subido más de un Pincode u otra imagen, distinta a uno válido, con el fin de generar múltiples participaciones.
c) Que distintos usuarios, o el mismo usuario utilizando diversas cuentas, suban un mismo Pincode, en cuyo caso solo se considerará válido para participar en la presente promoción el que se hubiera subido por primera vez, anulándose en todo caso las posteriores participaciones a las que el mismo Pincode hubiera dado lugar.
D.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONES ORGANIZADAS POR COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.
1. LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España, y por las presentes Bases que han sido depositadas ante el Notario de Madrid, D. Ignacio Paz-Ares Rodríguez.
2. EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR FUERZA MAYOR. En el caso de que
circunstancias sobrevenidas e inevitables, aun previsibles, pero ajenas a la voluntad o poder de disposición de CCEP IBERIA (fuerza mayor), acaecidas durante la vigencia de esta promoción o con la antelación suficiente a su inicio alteren, dificulten, o impidan el correcto desarrollo de la misma (i.e. entrega o canjeo de premios, etc.) CCEP Iberia queda exonerada de responsabilidad por cualquier alteración de la dinámica promocional (incluida la suspensión sobrevenida de la promoción retrasos o cancelaciones en la entrega de premios). A los efectos de estas bases, toda medida gubernamental o tomada por funcionarios públicos en el marco de una emergencia sanitaria se considera fuerza mayor.
3. TRATAMIENTO DE DATOS DE LOS PARTICIPANTES DE LA PROMOCIÓN
La participación en esta Promoción, organizada por COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U (CCEP IBERIA) con la colaboración de Coca‑Cola Services SA. (COCA-COLA SERVICES o CCS), es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio y necesario en los términos expuestos en las presentes Bases.
De acuerdo con lo anterior, el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de la participación en la presente Promoción implica necesariamente el tratamiento de los datos personales del interesado de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.
3.1. Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase del concurso, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos a las entidades corresponsables.
El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.
3.2. Corresponsables del tratamiento: Las entidades COCA-COLA SERVICES, SA, y COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U, en adelante las entidades corresponsables, con dirección postal de contacto en c/ Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid, dirección electrónica contacto@cocacola.es y teléfono 900 199 202 son corresponsables del tratamiento de los datos personales que faciliten los interesados para participar en la presente Promoción dado que ambas entidades han determinado conjuntamente los objetivos del tratamiento de los datos personales de los interesados que participen en la Promoción y los medios utilizados para llevarlo a cabo. A tales efectos y en cumplimiento de los artículos 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las entidades corresponsables informan a los interesados de los siguientes extremos:
3.3. Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos:
· Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).
· Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes bases.
· En su caso, recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.
· Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.
· Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.
· Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.
· Identificar al interesado ganador.
· Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.
· Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción.
· Remitir al interesado ganador la Carta de Aceptación, la cual deberá ser cumplimentada por el interesado y remitida a la dirección indicada en las presentes Bases, bajo el apartado “Carta de aceptación de premios” junto con la fotocopia de su DNI y el de su/s acompañante/s en su caso.
· Llevar a cabo y liquidar las retenciones fiscales de los premios cuando corresponda.
· Entregar el premio al interesado ganador.
· En su caso, cuando el premio consista en un viaje o actividad, gestionar su organización y las restantes actividades según el premio que se otorgue al interesado.
· Gestión de reclamaciones.
· Gestión de renuncias y devoluciones.
3.4. Finalidades para las que COCA-COLA SERVICES trata sus datos:
· Gestionar el registro del interesado y la creación de su Perfil (CID) en la web www.cocacola.es de acuerdo con los términos previstos en la política de privacidad y condiciones de uso de esta página web.
· Gestionar el alta del interesado en la web que aloja la promoción, mediante su identificación como usuario de acuerdo con los términos y condiciones aplicables a la Promoción (Bases Legales y Política de Privacidad), que serán complementarios y adicionales a los de la página web www.cocacola.es.
· Atender la relación con el interesado como usuario de la web www.cocacola.es y de la web que aloja la promoción.
· Garantizar el cumplimiento del interesado de las condiciones y políticas de uso de la web www.cocacola.es y de los términos y condiciones de la web que aloja la promoción y comunicar a CCEP IBERIA situaciones de fraude.
· Gestionar los reportes de abuso de los usuarios de la web www.cocacola.es y de la web que aloja la promoción en caso en que afecte a la participación en esta promoción y comunicar a CCEP IBERIA las situaciones que pudieran constituir un impedimento para participar en esta promoción de acuerdo con las presentes bases.
· Incluir en el Perfil del interesado (CID) de la web www.cocacola.es su condición de participante en esta promoción y analizar esta información como parte de sus gustos, preferencias y hábitos así como enviarle comunicaciones comerciales publicitarias (en caso en que haya activado la casilla correspondiente durante su proceso de registro o en un momento posterior) relacionadas con los productos y servicios de COCA-COLA SERVICES y/o eventos, concursos y otras promociones organizadas y/o patrocinados por COCA-COLA SERVICES y CCEP IBERIA.
· Realizar actividades de investigación y comercialización de los servicios y productos de COCA-COLA SERVICES así como informes y estadísticas relacionados con la participación del interesado en la presente promoción.
3.5. Cuál es la legitimación de las entidades corresponsables para el tratamiento de sus datos:
La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la Promoción, de acuerdo con las Bases de la Promoción, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a las entidades corresponsables.
Cuando el tratamiento tenga por finalidad el envío de comunicaciones comerciales la base legal del tratamiento será el consentimiento prestado al efecto por el interesado en caso de activación de la casilla correspondiente en el momento de registrarse como usuario de cocacola.es.
3.6. Comunicación de datos a terceros por las entidades corresponsables: Los datos personales tratados por las entidades corresponsables del tratamiento para alcanzar las respectivas finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:
· Con base en el cumplimiento de obligaciones legales, al Notario en caso de que la mecánica promocional implique sorteo ante el mismo, a Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda, a Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes las entidades corresponsables se vean obligadas a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por las entidades corresponsables o por el propio interesado.
· En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con base en la ejecución de la relación promocional, se cederán sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado.
· Otros destinatarios: Los datos personales pueden ser tratados por terceras empresas en calidad de encargadas del tratamiento, contratadas conjuntamente o de forma individualizada por COCA-COLA SERVICES y/o CCEP IBERIA como las que a continuación se detallan:
· CCEP: agencias de marketing, empresas que gestionan las páginas web y aplicaciones informáticas etc.
· CCS: Proveedores de servicios tales como empresas que proporcionan el Soporte técnico de nuestro sistema de Gestión de Relación con nuestros consumidores (CRM), envío de comunicaciones (correo electrónicos o mensajes móviles) y el análisis de campañas: Servicios de Alojamiento de nuestro Sistema de Gestión de Relación con nuestros consumidores (CRM) y personalización de formatos publicitarios mostrados en nuestras propiedades o fuera de ellas (pc y móvil) así como en aplicaciones móviles y comunicaciones directas de marketing vía correo electrónico o notificaciones móviles, Servicios de Gestión y tratamiento de la base de datos de Consumidores. En este caso es MRM, servicios de Almacenamiento de datos, limpieza de datos, consolidación y análisis de los datos; servicios de Alojamiento de los sitios web de nuestros sistemas y proveedores de sistemas de IT.
3.7. Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico
Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por las entidades corresponsables del tratamiento implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.
Para obtener información relevante relativa a toda transferencia de sus Datos Personales a países terceros (incluidos los mecanismos de transferencia pertinentes, puede ponerse en contacto con la Oficina de Privacidad en esta dirección privacy@coca-cola.com.
3.8. Plazo de conservación de datos:
Las entidades corresponsables del tratamiento conservarán los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y finalizado su tratamiento, lo cual supondrá la imposibilidad de ejecutar la promoción. En particular, las entidades conservarán los datos durante los siguientes plazos:
- COCA-COLA SERVICES de acuerdo con la política de retención de datos establecida en el registro www.cocacola.es
- CCEP IBERIA:
· Premios básicos (p.ej. una pegatina, una sombrilla, etc.) - 1 año.
· Premios sometidos a garantía (aparatos tecnológicos, vehículos, etc.) – durante el plazo de garantía del producto.
· Premios de viaje -1 año desde que los ganadores regresan del viaje
Una vez transcurridos los plazos de conservación, CCEP y CCS mantendrán los datos personales bloqueados durante los plazos de prescripción de las acciones que pudieran derivarse del tratamiento de datos en cumplimiento de las obligaciones legales de las entidades corresponsables del tratamiento. Finalizados dichos plazos, los datos serán eliminados.
3.9. Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad, revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) y a no ser sometidos a una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos mediante comunicación escrita, indicando el derecho que ejercita y acreditando su identidad, dirigida a la siguiente dirección:
A la dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid, o A la dirección electrónica contacto@cocacola.es.
Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 - 912 663 517 (www.aepd.es) en particular, cuando consideren vulnerada la normativa de protección de datos en relación con el tratamiento de sus datos personales así como en relación con el ejercicio de sus derechos.
Con carácter previo a dicha reclamación y de forma voluntaria, los interesados podrán contactar con el delegado de protección de datos de las entidades corresponsables.
Para CCS es dpo-europe@coca-cola.com ; para CCEP es privacy@cokecce.com;
3.10. Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes bases respecto del tratamiento llevado a cabo por las entidades corresponsables según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a las entidades corresponsables.
A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a las entidades corresponsables se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.
3.11. ASPECTOS ESENCIALES DEL ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD: Como entidades corresponsables del tratamiento que determinan conjuntamente los objetivos del tratamiento de los datos personales de los interesados (participantes y ganadores de la Promoción) y los medios utilizados para llevarlo a cabo, las entidades COCA-COLA SERVICES, SA, y COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., han determinado de modo transparente y de mutuo acuerdo sus responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), en particular en cuanto al ejercicio de los derechos del interesado, a sus respectivas obligaciones de suministro de información y a las funciones y relaciones respectivas de los corresponsables en relación con los interesados. Dichos aspectos se encuentran recogidos en el Acuerdo formalizado al respecto entre las entidades corresponsables, cuyos aspectos esenciales son puestos a disposición del interesado a continuación de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 RGPD:
· Objeto: De acuerdo con el artículo 26 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), constituye el objeto del Acuerdo la regulación de las responsabilidades respectivas de las entidades corresponsables en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) así como de las funciones y relaciones respectivas de los corresponsables en relación con los interesados que participen en la presente Promoción.
· Duración: Dado que las entidades corresponsables deciden conjuntamente los objetivos y los medios del tratamiento de los datos de los interesados con la finalidad de permitir su participación en la Promoción, el Acuerdo se mantendrá vigente mientras la Promoción esté en vigor, si bien sus efectos se extenderán durante los plazos de conservación de datos establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales que correspondan a las entidades corresponsables.
· Actividad de tratamiento: La actividad de tratamiento de datos consiste en llevar a cabo el registro, alta y gestión de la participación de los interesados en la presente Promoción de acuerdo con las finalidades y funciones asumidas por cada una de las entidades corresponsables.
· Categorías de interesados: Participantes y ganadores de la Promoción
· Tipos de datos:
COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L: nombre, apellidos, fecha de nacimiento y correo electrónico.
si resultará ganador de un premio, condición de ganador. si el premio requiriera envío postal: dirección postal
si el premio requiriera ingreso en cuenta bancaria: número de cuenta bancaria si el premio fuera superior a 300 euros: datos fiscales.
NV Coca‑Cola Services SA: Nombre, apellidos, fecha de nacimiento, correo electrónico, número de teléfono, dirección postal incluyendo País y su condición de participante de esta promoción. Adicionalmente y siempre que lo recoja el CIC también si es ganador de un premio.
Finalidades y funciones: La finalidad del tratamiento de los datos personales es llevar a cabo el registro, alta y gestión de la participación de los interesados en la presente Promoción. Para ello, cada una de las entidades corresponsables tratará los datos para las finalidades descritas en los apartados 3 y 4 anteriores.
· Responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos: Con carácter general las entidades corresponsables determinan de mutuo Acuerdo sus responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el RGPD, concretamente:
· Registro de Actividad: cada corresponsable elaborará y mantendrá actualizado el correspondiente Registro de Actividad del tratamiento de datos que lleve a cabo.
· Principios de protección de datos: cada corresponsable cumplirá y acreditará adecuadamente el cumplimiento de los principios de protección de datos aplicables al tratamiento (licitud, lealtad, transparencia, limitación de la finalidad, minimización de datos, exactitud, limitación del plazo de conservación, integridad y confidencialidad y responsabilidad proactiva).
· Análisis de riesgos y en su caso realización de la evaluación de impacto en la protección de datos: las partes acuerdan que CCEP llevará a cabo y pondrá a disposición de CCS la evaluación de impacto del tratamiento de datos derivado de la presente Promoción, para lo que contará con el apoyo y colaboración de CCS.
· Seguridad y confidencialidad: cada corresponsable llevará a cabo la implantación, revisión y actualización periódicas de las medidas técnicas y organizativas aplicables al tratamiento para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.
· Responsabilidades en cuanto al ejercicio de los derechos del interesado: Las entidades corresponsables quedan obligadas a atender debidamente los derechos que sean ejercitados por los interesados en relación con el tratamiento de sus datos en los términos y con el alcance previsto en la normativa aplicable. Para ello, las partes acuerdan que los interesados podrán solicitar el ejercicio de sus derechos ante cualquiera de ellas enviando una comunicación escrita a las siguientes direcciones: a la dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid, o a la dirección electrónica contacto@cocacola.es. De ello se informará puntualmente a los interesados en las comunicaciones informativas que las entidades corresponsables les faciliten informándoles de los extremos previstos en el artículo 13 del RGPD. Asimismo, las partes acuerdan que la gestión de estos derechos se llevará a cabo a través del Centro de Interacción con el Consumidor, que se encargará de tramitar las solicitudes de ejercicio de derechos a través del procedimiento establecido para ello, si bien, deberá tenerse en cuenta que a los interesados les asiste el derecho de poder dirigir su solicitud, para poder ejercer estos derechos frente a, y en contra de, cualquiera de las entidades corresponsables. Adicionalmente, en las comunicaciones informativas dirigidas a los interesados, las entidades corresponsables les informarán de la posibilidad de dirigirse a la Autoridad de Control para formular reclamaciones en caso de que consideren que sus derechos no han sido debidamente atendidos así como de la posibilidad de dirigirse con carácter previo y voluntario a los delegados de protección de datos de las entidades corresponsables.
· Obligaciones de suministro de información obligatoria indicada en el Artículo 13 RGPD: cada entidad corresponsable facilitará la información establecida en el artículo 13 del RGPD en sus relaciones con los interesados. Esta información se facilitará al menos a través de los siguientes medios:
· CCS facilitará de forma fácilmente accesible a los interesados que se registren en www.cocacola.es la información sobre el tratamiento de sus datos derivado del registro en dicha web a través de la política de privacidad de www.cocacola.es
· CCS y CCEP facilitarán de forma fácilmente accesible a los interesados que se den de alta en la web promocional la información sobre el tratamiento de sus datos derivado del alta en la Promoción poniendo a su disposición la Política de Privacidad de la Promoción y el contenido de las Bases Legales que la regulan.
· Punto de contacto para los interesados: Las entidades corresponsables facilitarán a los interesados los siguientes puntos de contacto para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos:
· Dirección postal de contacto: c/ Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid
· Dirección electrónica contacto@cocacola.es
· Teléfono 900 199 202
· Contratación de servicios con proveedores: Las entidades corresponsables podrán contratar terceras empresas externas con acceso a los datos con el fin de prestar servicios necesarios para la actividad y tratamientos llevados a cabo para el desarrollo de sus respectivas funciones en el marco de la presente Promoción y/o funciones auxiliares de apoyo a los mismos. Los datos serán puestos a disposición de dichos encargados del
tratamiento al amparo de un contrato de prestación de servicios y otro de encargo de tratamiento de acuerdo con el artículo 28 del RGPD con la obligación de seguir las instrucciones de tratamiento proporcionadas por la entidad corresponsable que en cada caso contrate los servicios, de guardar la confidencialidad, devolver y/o destruir los datos a la finalización del servicio quedando prohibido el tratamiento de los datos para fines propios de los encargados del tratamiento. Estas entidades aparecen referidas en el apartado 6 anterior.
DERECHOS DE IMAGEN
Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar, automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual así como los derechos de imagen que se deriven a CCEP IBERIA en los términos que a continuación se indican.
De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCEP IBERIA los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de CCEP IBERIA así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.
Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCEP IBERIA:
- Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCEP IBERIA, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCEP IBERIA. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que CCEP IBERIA considere.
- CCEP IBERIA podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que CCEP IBERIA –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCEP IBERIA para publicar sus datos personales incluida la imagen con la
finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
- Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a CCEP IBERIA los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte CCEP IBERIA, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.
DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCEP IBERIA de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a CCEP IBERIA la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:
- El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
- El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCEP IBERIA; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.
- El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas herzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante
telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA.
- El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCEP IBERIA o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.
- El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.
El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a CCEP IBERIA por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.
La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.
DERECHO A REPORTAR ABUSOS
Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de CCEP IBERIA o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, CCEP IBERIA podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.
No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por CCEP IBERIA no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases podrá reactivarse su participación en la presente promoción.
Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario CCEP IBERIA dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.
En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.
4. RETENCIÓN FISCAL: A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.
De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
4.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).
El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. realizó.
4.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención (Art.99 del RIRPF).
4.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.
Pero el Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.
4.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.
El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.
4.3. Carta de Aceptación de Premios.- Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros, será necesario que el Ganador firme una Carta de Aceptación que se le hará llegar ya sea enviándosela por correo postal o electrónico, ya sea en mano a la hora de entregarle el Premio.
La Carta de Aceptación deberá ser cumplimentada en todos sus extremos por el Ganador, adjuntando copia de su D.N.I y remitidas por parte del Ganador, salvo que las presentes Bases especifiquen otro plazo o dirección, en el plazo de 5 días naturales desde su recepción a la dirección de CCEP IBERIA.
Se considera por CCEP IBERIA como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA)
a) La devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando fotocopia de su D.N.I. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderán que renuncian al Premio.
b) La devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, o de sus padres/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
c) La no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto (5 días naturales).
5. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA,
S.L.U. se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
6. EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. y de COCA-COLA ESPAÑA, sus familiares hasta 2º grado o el personal de las compañías subcontratadas por COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L o COCA-COLA ESPAÑA para la
ejecución de la presente promoción.
7. DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCA-COLA: EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.
8. ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español, por tanto, la tramitación y gastos de exportación para un ganador no residente en España correrán a cargo del beneficiario.
9. IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI., pasaporte u otro documento oficial de identificación).
10. PRUEBAS DE COMPRA: En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (Ticket de Compra, etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:
10.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.
10.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.
10.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.
10.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. hubiera recibido.
11. PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET: En caso de que la presente Promoción exija la participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias páginas de internet, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento del juego o web mediante el/la cual se participa en la Promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
12. PREMIOS:
12.1.- En caso de que, de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.
12.2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio y caducan a los tres meses.
12.3.- COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.
12.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. procedería a designar ganador a la correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).
12.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante el(los) sorteo(s) y/o momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.
13. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES: La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.
ANEXO 1 ESTABLECIMIENTOS ADHERIDOS A LA PROMOCIÓN
Están incluidos en la promoción
- Los establecimientos del canal de Alimentación Moderna.
- Los establecimientos del canal HORECA.
- Los puntos de venta de tiendas de conveniencia/ mercado local.
*Consulta el listado completo de establecimientos adheridos a la promoción. La participación de cada punto de venta estará sujeta a la disponibilidad de productos en el momento de la compra.