BASES DE LA PROMOCIÓN MEET AND GREET
1.- EMPRESA RESPONSABLE ORGANIZADORA DEL CONCURSO: COCA-COLA SERVICES, N.V., con domicilio en 1424 Chausee de Mons, B 1070 Bruselas, Bélgica, y con C.I.F BE-0462.525.791 ("CCS”).
2.- Ámbito de la Promoción: Dirigido a todas las personas con acceso a internet, de todas las edades y residentes legales en España y Andorra.
3.-Período de Vigencia: En el territorio nacional español peninsular, Ceuta y Melilla, Canarias, Baleares y Andorra. La Promoción comienza a las 09:00 horas del día 29 de agosto de 2024, y finaliza a las 19:00 horas del día 05 de septiembre de 2024, en horario peninsular español (en adelante, “Periodo de Vigencia”).
En Canarias, la Promoción comienza a las 08:00 horas del día 29 de agosto de 2024, y finaliza a las 18:00 horas del día 05 de septiembre de 2024.
El ordenador del Organizador es el cronómetro oficial de esta Promoción.
Comunicación de la Promoción: Se comunicará a través de los canales de redes sociales propios de Coca‑Cola (Instagram, Twitter y Facebook), a través de la web https://www.coca-cola.com/es/es; a través de campaña digital exterior, televisión, pack y a través de las redes sociales de los influencers contratados para la campaña.
4.- MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN:
Previo a la participación- Registro e identificación.
Para participar en la Promoción será necesario que el Participante se identifique como Usuario en la app de Coca‑Cola.
En caso de que no estuviera registrado, deberá registrarse en el apartado preparado a tal efecto en la app de Coca‑Cola.
En el caso de que el Participante ya estuviera registrado bastará con que se identifique con su Usuario y contraseña.
El Usuario no podrá cambiar su nombre de Usuario mientras dure la Promoción.
Participación:
- El Participante deberá Identificarse.
- El Participante deberá acceder a la sección de “Premios”, donde encontrará un apartado para participar en esta promoción.
- Solo podrá participar hasta dos veces al día en el caso de “Momento Ganador”.
Mecánica Momento Ganador:
Una vez registrado en la aplicación de Coca‑Cola, el usuario podrá navegar a la sección de Premios, donde encontrará los premios disponibles. Para participar en ellos, deberá pulsar en el botón ¡PROBAR SUERTE!. El programa informático de la aplicación de Coca‑Cola asigna de forma aleatoria los 15 momentos ganadores a lo largo del periodo promocional. Cada premio tiene un límite de participación de 2 veces diarias. Este límite se resetea cada día a las 00:00h (23:00h en Canarias). La participación en el momento ganador no supone ningún coste para el usuario, por lo que no se le descontará ningún punto del balance de su hucha.
El sistema informará al Usuario si ha resultado Ganador, o no, a través de un mensaje que aparecerá en la pantalla de la app de Coca‑Cola. En caso de resultar Ganador, el Usuario tendrá que seguir los pasos que se detallan en el apartado 5.1.3.
5. PREMIOS:
5.1.- PREMIOS obtenidos por Momento Ganador:
Los Ganadores no podrán cambiar, canjear ni ceder los premios que les hubieran correspondido. Los Ganadores no podrán cambiar un premio por otro una vez resulten ganadores.
El Organizador se reservará el derecho a sustituir un premio por otro de igual o mayor valor.
Además, la Organización se reserva el derecho de añadir nuevos premios a lo largo del periodo de vigencia de la Promoción.
Los diseños gráficos de los premios mostrados en las imágenes son orientativos y pueden estar sujetos a cambios en función de la disponibilidad.
Todos los premios son personales e intransferibles y no podrán cederse a una persona distinta del Ganador, así como tampoco canjearse por ningún otro elemento, ni en efectivo, ni en especie.
5.1.2 PREMIOS
15 pases de Meet & Greet dobles para conocer a uno de los artistas del CCME que forman parte de la promoción.
Sólo podrán resultar Ganadores de los sorteos de los pases de Meet&Greet quienes posean previamente una entrada o abono para el festival CCME 2024. En caso de haber adquirido una entrada de un solo día, la fecha de la entrada deberá coincidir con la fecha del concierto del artista que se desee escoger para poder acceder al Meet & Greet.
Los Ganadores menores de 14 años deberán ir acompañados de una persona mayor de 18 años. Ambos deberán poseer una entrada o abono para el festival.
Cada ganador de un Momento Ganador recibirá el premio correspondiente, consistente en 1 (uno) de los pases de Meet & Greet dobles para conocer a uno de los artistas del CCME que forman parte de la promoción (ver cuadro 5.1.2.A). Al seguir los pasos descritos en el apartado 5.1.3, el usuario podrá escoger a que artista de los disponibles quiere conocer. Una vez se repartan las unidades disponibles (2 dobles) para cada uno de los artistas, ese artista quedará fuera de los artistas disponibles y ningún otro ganador podrá escogerlo. De esta forma, se irán llenando los huecos en función de las peticiones de los participantes, hasta haber repartido los 15 momentos ganadores descritos anteriormente.
PREMIO: Nombre artista | Lugar | Fecha | Unidades | Puntos necesarios para participar en Momento ganador | Periodo participación |
Pase M&G con Myke Towers | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Arde Bogotá | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Chanel | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Iñigo Quintero | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Paul Thin | Madrid (España) | 14 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Ruslana | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Chiara | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Violeta | Madrid (España) | 14 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Denna | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Michenlo | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con | Madrid (España) | 14 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Almácor | Madrid (España) | 13 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Veintiuno | Madrid (España) | 14 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
Pase M&G con Niña Polaca | Madrid (España) | 14 de septiembre de 2024 | 2 dobles (4 p.) | 2 | 26 al 30 de agosto |
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5.1.3 COMUNICACIÓN Y ENTREGA DEL RESTO DE LOS PREMIOS
El Ganador recibirá un mensaje en el momento inmediatamente posterior a la participación, que aparecerá en la pantalla de la app de Coca Cola y le indicará que puede revisar su premio en la sección “Más > Perfil”. Ahí encontrará más información sobre como redimir su premio. El Ganador deberá:‑
Enviar un mensaje de correo electrónico a la dirección de correo de infomeetccme@agenciatango.es, proporcionando en ese mensaje el código de voucher que la aplicación le ha asignado al ganar. La agencia encargada de la gestión de ganadores (Agencia Tango), deberá confirmar que el ganador es elegible para conseguir el premio, y le hará llegar las instrucciones para disfrutar de él. El ganador tendrá un plazo de 48 horas desde el momento en el que la aplicación notifica que ha resultado ganador para ponerse en contacto con la agencia a través del email. Si el ganador no contacta con la agencia en ese plazo, su premio quedará invalidado y no podrá disfrutar de él.
En caso de que el usuario no sea elegible para conseguir el premio, es decir, no cumpla con los requisitos establecidos en este documento, el premio que ha ganado quedará desierto, sin posibilidad de que otro usuario pueda disfrutar de él.
5.1.4 EXCEPCIÓN A LA ASIGNACIÓN DE LOS PREMIOS.
No está permitido que varios Participantes compartan una misma dirección de correo electrónico. Todo intento de un Participante de obtener un número de inscripciones o partidas mayor del indicado haciendo uso de múltiples o diferentes direcciones de correo electrónico, identidades, inscripciones o inicios de sesión, o por cualquier otro método, anulará las inscripciones y las partidas de ese Participante, que puede ser descalificado. La utilización de métodos o mecanismos de participación o de juego robóticos, repetitivos, automáticos, programados, etc. (incluso, a título enunciativo, servicios de inscripción en sorteos) anulará todos las inscripciones y partidas de ese Participante. En caso de surgir diferencias sobre una inscripción o sobre una partida en línea, se considerará que el Participante es el titular autorizado de la cuenta de correo electrónico utilizada para inscribirse o jugar. Por “titular autorizado de la cuenta” se entiende la persona física que tenga asignada una dirección de correo electrónica por un proveedor de acceso a Internet, un proveedor de servicios en línea u otra entidad responsable de asignar las direcciones de correo electrónico en el dominio asociado a la dirección de correo remitida. Puede requerirse a los posibles Ganadores para que acrediten que son los titulares autorizados de la cuenta.
6. OTRAS CONSIDERACIONES.
6.1. LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y Andorra y por las presentes Bases.
6.2. INFORMACIÓN DETALLADA SOBRE EL TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL:
La participación en este concurso es voluntaria y se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio en los términos expuestos en la política de “Privacidad para el consumidor de Coca‑Cola” disponible en https://www.coca-cola.com/es/es/legal/privacy-policy.
De acuerdo con lo anterior, la mera participación en esta Promoción implica necesariamente la aceptación expresa por el interesado del tratamiento de sus datos personales de acuerdo con lo descrito anteriormente.
6.3. DERECHOS DE IMAGEN
En caso de que por su participación, tanto en la promoción como en el disfrute de los premios, se generaran imágenes de los participantes, será de aplicación lo que a continuación se estipula.
Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual, así como los derechos de imagen que se deriven a COCA-COLA SERVICES en los términos que a continuación se indican.
De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a COCA-COLA SERVICES los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción, tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de COCA-COLA SERVICES), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de COCA-COLA SERVICES así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.
Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo, a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por COCA-COLA SERVICES:
- Los participantes, consienten automáticamente en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de COCA COLA SERVICES, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de COCA-COLA SERVICES. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que COCA-COLA SERVICES considere.
- COCA-COLA SERVICES podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que COCA-COLA SERVICES –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores, al aceptar el premio, autorizan automáticamente a COCA-COLA SERVICES para publicar sus datos personales, incluida la imagen, con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.
- Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a COCA-COLA SERVICES los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte COCA-COLA SERVICES, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.
6.4. DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión, con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a COCA-COLA SERVICES, de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a COCA-COLA SERVICES la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones, con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:
- El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.
- El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de COCA-COLA SERVICES; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.
- El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas hertzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de COCA-COLA SERVICES.
- El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por COCA-COLA SERVICES o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.
- El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.
El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a COCA-COLA SERVICES por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.
La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes Bases no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.
6.5. DERECHO A REPORTAR ABUSOS
Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de COCA-COLA SERVICES o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciara irregularidades en relación con la participación del interesado, COCA-COLA SERVICES podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.
En estos casos, los participantes quedarán eliminados automáticamente de la presente promoción en caso que, del estudio de los hechos denunciados por terceros o conocidos por COCA-COLA SERVICES, se acredite el fraude por parte del interesado o la vulneración de las presentes bases.
No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por COCA-COLA SERVICES no se acredita el fraude o la vulneración de las presentes bases por parte del participante denunciado, podrá reactivarse su participación en la presente promoción.
Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario, COCA-COLA SERVICES dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.
En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.
6.6. MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA-COLA SERVICES se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.
6.7. EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA SERVICES.
6.8. DERECHO DE ELIMINACIÓN POR PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCA-COLA SERVICES se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.
6.9. ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente a residentes nacionales en territorio español y en Andorra.
6.10. IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI, pasaporte u otro documento oficial de identificación).
6.11. PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET: En caso de que la presente Promoción exija la participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias páginas de internet, COCA-COLA SERVICES excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento del juego o sección mediante el/la cual se participa en la Promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
6.12. PREMIOS:
6.12.1.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio. Se dispone de tres meses para canjear los premios.
6.12.2.- COCA-COLA SERVICES no se responsabiliza del uso que el Ganador pueda hacer del regalo promocional , pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.
6.12.3.- Los premios son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar los premios, o renunciase(n) a ellos, COCA-COLA SERVICES procedería a designar ganador a la correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desiertos.
6.13. FISCALIDAD: A los Premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Real Decreto 2069/1999, de 30 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto de la Entidad Pública Empresarial Loterías y Apuestas del Estado; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes.
6.13.1.- Premios en especie. - El Ganador/es del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado).
6.13.2.- Premios en metálico. – El Ganador/es debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente el importe íntegro del Premio recibido, es decir la cantidad recibida.
6.13.3. Carta de Aceptación de Premios. - Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros, será necesario que el Ganador/es firme una Carta de Aceptación que se le hará llegar, ya sea enviándosela por correo postal o electrónico, ya sea en mano a la hora de entregarle el Premio.
Se considera por la Organización como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA):
a) la devolución a la Organización de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador/es o no adjuntando fotocopia de su DNI. Aquellos Ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderán que renuncian al Premio.
b) la devolución a la organización de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte del Ganador/es, o de sus padres/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.
c) la no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto
6.14. ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASE:
La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.