PROMOCIÓN COCA-COLA MOMENTOS EN TU BAR 2026

Empresa Responsable de la Promoción:

 

COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., con C.I.F. nº B-86561412 y con domicilio social en calle Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid (en adelante, “CCEP IBERIA”).

COCA-COLA SERVICES, N.V., con domicilio en 1424 Chausee de Mons, B 1070 Bruselas, Bélgica, y con C.I.F BE0462.525.791 (en adelante, "CCS”).

Organizan la promoción denominada “Momentos en tu bar 2026” (en adelante, la “Promoción”), que se desarrollará de conformidad con las presentes bases legales (en adelante, las “Bases”).

 

Período de Vigencia: La Promoción comienza el 15 de marzo de 2026 y finaliza el 31 de mayo de 2026 a las 23:59 horas (el "Período de Promoción").

En Canarias, la Promoción comienza el 15 de marzo de 2026 y finaliza el 31 de mayo de 2026 a las 22:59 (el "Período de Promoción").

Ámbito de la promoción: Ámbito nacional

Residentes legales en España, territorio nacional español peninsular, Ceuta y Melilla, Canarias y Baleares. Sólo podrán resultar Ganadores del premio los mayores de 18 años.

Establecimientos: Puntos de venta donde los participantes deberán realizar el Esfuerzo de Compra para participar en la presente Promoción, de acuerdo con:

Se consideran adheridos a la Promoción todos aquellos bares y restaurantes del territorio español que comercialicen algún producto de Coca‑Cola (Coca‑Cola Regular, Coca‑Cola Zero, Coca‑Cola Zero Zero, o Coca‑Cola Light) y/o Fanta (Fanta Naranja o Fanta Limón) adquirido en los Establecimientos durante el periodo promocional (en adelante, “Establecimiento”).

Productos Promocionados: Todos los productos participantes en la presente promoción bajo la marca Coca‑Cola en los siguientes formatos:

 

Coca‑Cola Original: envase vidrio 350ml, envase vidrio 237ml

Coca‑Cola Light: envase vidrio 350ml y envase vidrio 237ml.

Coca‑Cola Zero: envase vidrio 350ml y envase vidrio 237ml.

Coca‑Cola Zero Zero: envase vidrio 350ml y envase vidrio 237ml.

Fanta Naranja: envase vidrio 350ml y envase vidrio 237ml.

Fanta Limón: envase vidrio 350ml y envase vidrio 237ml.

 

Siempre que dichos productos se encuentren disponibles para su comercialización en los Establecimientos adheridos a la promoción (en adelante, “Productos Promocionados” o “Producto Promocionado”).

A.- ¿Quién puede participar?

Podrán participar todas las personas físicas, mayores de 18 años, residentes en España, que realicen la compra de 1 Productos Promocionados detallada en el apartado siguiente en los Establecimientos.

 

B.- ¿Cómo participar?

B. 1.- COMPRA MÍNIMA DE PRODUCTOS PROMOCIONADOS

Dentro del Período de Promoción, el consumidor que acuda a cualquier Establecimiento deberá realizar en dicho Establecimiento la compra de 1 Producto Promocionado, así como de un plato de comida, quedando excluidos de estos: aperitivos (frutos secos, aceitunas, patatas fritas, etc.) y tapas gratuitas con la consumición, así como platos vacíos o imágenes con solo la bebida, para participar en la presente Promoción. Posteriormente deberá realizar una fotografía del producto y el plato de comida (en adelante, el “Esfuerzo de Compra”) y subirla a la URL  https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar geolocalizando el Establecimiento.

 

Sólo generarán participaciones las compras que sea realicen cumpliendo la Compra Mínima de Productos Promocionados la cual ha de ser realizada durante el Periodo de Vigencia, es decir, entre el 15 de marzo de 2026 y el 31 de mayo de 2026 a las 23:59 horas.

Cada Esfuerzo de Compra generará una participación para optar a los premios que se ponen en juego en la presente Promoción de acuerdo con las presentes Bases, siempre que el Esfuerzo de Compra se haya realizado dentro del Periodo de Vigencia.

 

B.2.- REGISTRO E IDENTIFICACIÓN

Para participar será necesario que:

·       El Participante se identifique como usuario en la página web https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar

·       En caso de que no estuviera registrado, se registre en el apartado preparado a tal efecto en la página web https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar

·       En caso de que el Participante ya esté registrado en https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar bastará con que se identifique.

B. 2.1. PARTICIPACIÓN

La participación en la presente promoción implica la aceptación de las presentes Bases.

Para participar, el consumidor deberá:

1º Acceder a la página de destino https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar

mediante el escaneo del código QR presente en los materiales promocionales que el Establecimiento pudiera disponer, en la etiqueta de los productos objeto de la promoción, así como en los distintos soportes de publicidad exterior y digital asociados a la campaña. Asimismo, el consumidor podrá acceder directamente introduciendo la URL correspondiente en el navegador de su dispositivo.

2º A continuación deberá registrarse en la página web https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar

3º Una vez registrado en la página web https://www.coca-cola.com/es/es/offerings/momentos-en-tu-bar

·        El participante deberá seleccionar en el mapa el Establecimiento en el que está consumiendo el producto promocionado. Para ello, deberá tener activada la función de geolocalización en su dispositivo móvil. Dicho Establecimiento deberá disponer de Coca‑Cola o Fanta en botella de vidrio (ver 5. Productos Promocionados). En caso de que el punto de venta no figure en el mapa, deberá darlo de alta.

·        Una vez seleccionado el Establecimiento, deberá subir una foto en la que aparezca la botella de vidrio de Coca‑Cola o Fanta (ver 5. Productos Promocionados) junto con su comida.

·        CCEP IBERIA se encargará de comprobar la validez de las fotografías subidas.

Cada foto estará vinculada a un Establecimiento y, por tanto, contará como una participación en el sorteo.

·        La participación estará limitada como sigue:

o   Un mismo consumidor podrá resultar ganador hasta un máximo de una vez durante toda la duración de la promoción (10 semanas), lo que equivale a un solo premio de 250 €.

o   El consumidor estará limitado a 5 participaciones válidas por día.

·        Es obligatorio subir la fotografía en la que aparezca la botella de vidrio de Coca‑Cola o Fanta junto a una comida (ver. B. 1.), asegurándose de que los siguientes elementos sean claramente visibles:

o   Una de las botellas de vidrio de Coca‑Cola o Fanta adheridas a la Promoción.

o   La comida que el usuario esté disfrutando junto a la Coca‑Cola o Fanta.

·        Para cada participación deberá realizarse una foto única. Es decir, no se podrá repetir la fotografía y se dejará a criterio de CCEP IBERIA decidir si la foto cumple con las condiciones de participación establecidas.

 

 

B. 3.- MECÁNICA SORTEO ANTE NOTARIO

Cada vez que un usuario participe siguiendo el procedimiento establecido y aporte, junto con la imagen, los datos del establecimiento y sus datos personales, su participación quedará registrada para formar parte del Sorteo ante notario correspondiente a la presente promoción. Así́, todas las participaciones procedentes de una compra de Productos Promocionados introducidos en el “Sistema” y que sean válidas, participarán en el sorteo Ante Notario.

Las participaciones válidas procedentes de una compra de Productos Promocionados introducidos durante el periodo comprendido entre el día 15 de marzo de 2026 y el 31 de mayo de 2026, participarán en el Sorteo ante Notario que tendrá lugar el día 15 de junio de 2026. No obstante, esta fecha podrá variar en un intervalo de cinco días si no hubiera disponibilidad para ello.

El sorteo que se desarrollará ante Notario tendrá como finalidad elegir los 100 premios para consumidores. Estos premios consistirán en una tarjeta visa digital valorada en 250€ que, a su vez, repercutirá directamente con otros 250€ para los 100 Establecimientos desde los cuales se hayan efectuado las participaciones ganadoras.

 

REALIZACIÓN

SORTEO

Consumidores

Ganadores

Baristas

Ganadores

Total tarjetas entregadas

15 de junio

100

100

200

 

 

B. 3.1.- DESIGNACIÓN DE RESERVAS Y PROCEDIMIENTO EN CASO DE INVALIDEZ DEL GANADOR:

 

Para cada uno de los premios previstos en la presente promoción, se designarán tres (3) reservas adicionales, que serán seleccionadas por el Notario en el mismo acto del sorteo. Estas reservas actuarán como posibles sustitutos del ganador en caso de que este no cumpla con los requisitos establecidos en las presentes bases.

En caso de que la participación seleccionada como ganadora no cumpla con los requisitos de participación establecidos en estas bases, o el participante no cumpla con el requisito de edad, dicha participación será considerada inválida. En tal supuesto, CCEP IBERIA podrá descartarla y asignar el premio a la Primera Reserva.

Si la Primera Reserva tampoco cumpliera con los requisitos establecidos, se considerará igualmente inválida, y CCEP IBERIA podrá asignar el premio a la Segunda Reserva.

En caso de que la Segunda Reserva también resultara inválida conforme a los criterios anteriormente mencionados, el premio podrá ser asignado a la Tercera Reserva.

Si ninguna de las participaciones —ni la ganadora ni las tres reservas— resultara válida conforme a lo dispuesto en estas bases, el premio se declarará desierto y quedará a disposición de CCEP IBERIA.

 

 

B.4.- PREMIOS:

PREMIOS INCLUIDOS EN EL SORTEO

El premio consiste en una tarjeta VISA VIRTUAL de CAIXABANK valorada en 250€.

-            Unidades totales de Tarjetas disponibles: 200 (100 unidades para el consumidor; 100 unidades para el Establecimiento).

-        Voucher con un código digital válido por 250€ que se canjea de forma segura por una tarjeta VISA virtual en la APP de MoneytoPay limitado para que pueda ser utilizado en cualquier Establecimiento de hostelería que acepten este método de pago.

-        Además, dicha APP permite activar el pago móvil y pagar directamente desde el smartphone.

Imprescindible contar con tecnología NFC para poder registrar la tarjeta en el Wallet del móvil y poder utilizarla en comercio físico (para cliente sin tecnología NFC en el móvil, únicamente podrán realizar pagos en ecommerce).

-        Se establece que el plazo para descargarse el código de la plataforma será válido hasta el 30 de agosto de 2026 y que los ganadores tendrán hasta el 31 de diciembre de 2027 para hacer uso de la tarjeta visa virtual.

B.4.1 CONSIDERACIONES DEL PREMIO

CCEP IBERIA se reserva el derecho de no entregar el premio al ganador que no cumpla con las especificaciones de participación. No serán válidas las imágenes que no estén tomadas en un Establecimiento y/o que no contengan uno de los dos elementos mencionados, como la botella de vidrio de Coca‑Cola o Fanta y el plato de comida, y/o que no estén correctamente geolocalizadas en un Establecimiento, tampoco serán válidas aquellas participaciones cuya creación del punto de venta no sea real. 

Si varias personas suben una misma imagen sólo se considerará válida la primera participación efectuada por el usuario que por primera vez haya subido dicha imagen a través de la plataforma habilitada para participar.

CCEP IBERIA se reserva el derecho de validar las imágenes y denegar la participación y entrega de los premios conseguidos que contravengan lo establecido en las presentes bases legales sin que los usuarios afectados puedan reclamar a CCEP IBERIA por la descalificación de sus participaciones.

Solo podrán resultar Ganadores del premio las personas mayores de 18 años, residentes en España.

 

B.5.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS:

 

Todas las imágenes serán revisadas por el equipo de ACL Direct Promo S.L. con el fin de asegurar que cumplen las condiciones anteriormente mencionadas (ver punto B.2.1.- Participación). Previa evaluación de las imágenes, se realizará el sorteo ante notario donde saldrán seleccionados 100 ganadores y 300 suplentes a partir de los cuales se comenzará a evaluar si la participación es legítima. (ver B.3.- Mecánica Sorteo).

 

El Notario elegirá los 100 consumidores ganadores. Estos serán contactados por el equipo de ACL Direct Promo S.L. para comunicarle su condición de ganador una vez se haya confirmado que su participación es legítima.

Una vez verificados todos los datos, el ganador recibirá un correo electrónico desde la dirección comunicacion@acl-directpromo.com con el asunto PROMOCIÓN MOMENTOS EN TU BAR 2026 que incluirá las instrucciones para acceder directamente a la URL: www.cocacolamomentosentubar.aclonline.es

En dicha página, deberá ingresar el email y la fecha de nacimiento con los que participó en la promoción. Con estos datos, podrá descargar el código de visa virtual, el cual estará disponible en un documento PDF que incluirá una explicación detallada y un código QR para descargar la aplicación Money To Pay. Esta aplicación es necesaria para registrar el código de visa virtual y poder utilizarlo.

Asimismo, el establecimiento donde se hay producido la participación ganadora recibirá una llamada/email por parte de ACL Directpromo informándole que ha sido ganador y facilitando los datos, al igual que el consumidor ganador, para que acceda a la url www.cocacolamomentosentubar.aclonline,es y se descargue la visa digital y las instrucciones para su uso.

Para cualquier consulta o incidencia relacionada con la participación, validación de imágenes o entrega de premios, ACL Direct Promo pone a disposición de los participantes el teléfono de atención al cliente 900 828 011, operativo de lunes a viernes de 9 a 19 horas.

 

B.5.1 Especialidades en el caso de cadenas de restauración organizada:

 

En aquellos supuestos en los que el Establecimiento donde se haya registrado una participación ganadora pertenezca a una cadena de restauración organizada, la entrega del premio correspondiente al Establecimiento quedará sujeta a la decisión de la central de dicha cadena. A estos efectos, la persona responsable del área de marketing u operaciones de la central podrá determinar, a su sola discreción, a quién debe entregarse el premio o, si así lo considera, renunciar a su recepción.

 

En cualquier caso, la decisión deberá ser comunicada por escrito a CCEP IBERIA para que pueda tenerse por válida.

 

C.- Responsabilidad y causas de descalificación de un participante del concurso

CCEP IBERIA podrá solicitar de manera aleatoria a cualquiera de los usuarios que estén participando en la Promoción el envío del recibo de compra con el cual están participando, para llevar a cabo las comprobaciones que estime oportunas, sean estos Ganadores o no. En caso de detectarse una participación fraudulenta, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificación del participante.

Asimismo, CCEP IBERIA se reserva el derecho de verificar, con los diferentes Establecimientos adheridos a la Promoción, la veracidad de los recibos de compra enviados.

No serán válidas las participaciones efectuadas por las siguientes razones:

 

-        Generaciones por script, IA, macro o el uso de dispositivos automáticos.

-        Las imágenes en las que aparezcan productos de Coca‑Cola o Fanta que no correspondan a los formatos participantes en la promoción y que, aun siendo comercializados en España, no formen parte de los productos promocionados (ver apartado Productos Promocionados), incluyendo latas, botellas de plástico, otros tamaños de vidrio, así como cualquier formato o variante procedente de mercados extranjeros.

-        Las imágenes de mesas ajenas al autor de la fotografía

-        Las imágenes con el plato de comida vacío sin haber sido servido

-        Las imágenes donde la botella de vidrio aparezca con la chapa sin ser retirada

-        Cualquier imagen de archivo (diseños promocionales, campañas, etc.)

-        Las imágenes tomadas en zonas del Establecimiento ajenas al punto de consumo (mesa, barra, etc.)

-        El uso de una misma imagen para varias participaciones, de las cuales, el participante será susceptible de ganar únicamente con la primera de ellas.

-        Imágenes donde los platos de comida sean aperitivos (frutos secos, patatas fritas, olivas, etc.), tapas gratuitas o pinchos que vengan con la consumición.  

 

En caso de constatar irregularidades graves en la participación de algún usuario, CCEP IBERIA se reserva el derecho de descalificar al participante y ejercitar todas las acciones legales que le asistan contra los infractores.

Podrá considerarse una irregularidad grave:

a)     La existencia de más de una cuenta con los mismos datos de participación, tales como, nombres y apellidos del concursante, teléfono o dirección postal.

b)     Que el concursante haya subido más de una imagen inválida u otra imagen, distinta a una imagen válida, con el fin de generar múltiples participaciones.

c)     Que distintos usuarios, o el mismo usuario utilizando diversas cuentas, suban una misma imagen, en cuyo caso solo se considerará válida para participar en la presente Promoción la imagen que se hubiera subido por primera vez, anulándose automáticamente todas las posteriores que se hubieran realizado con dicha imagen.

 

 

D.- OTRAS CONSIDERACIONES APLICABLES A LAS PROMOCIONES ORGANIZADAS POR COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.

1.- LEGISLACIÓN APLICABLE: Esta Promoción se rige por la legislación vigente en España y por las presentes Bases disponibles en la web www.promocionesccep.es y que han sido depositadas ante Notario de Madrid, D. Ignacio Paz – Ares Rodríguez.

2.- EXONERACIÓN DE RESPONSABILIDAD POR FUERZA MAYOR: En el caso de que circunstancias sobrevenidas e inevitables, aun previsibles, pero ajenas a la voluntad o poder de disposición de CCEP IBERIA (fuerza mayor), acaecidas durante la vigencia de esta Promoción o con la antelación suficiente a su inicio alteren, dificulten, o impidan el correcto desarrollo de la misma (i.e. entrega o canjeo de premios, etc.) CCEP Iberia queda exonerada de responsabilidad por cualquier alteración de la dinámica promocional (incluida la suspensión sobrevenida de la promoción retrasos o cancelaciones en la entrega de premios). A los efectos de estas bases, toda medida gubernamental o tomada por funcionarios públicos en el marco de una emergencia sanitaria se considera fuerza mayor.

 

3.- TRATAMIENTO DE DATOS DE LOS PARTICIPANTES DE LA PROMOCIÓN: La participación en esta Promoción, organizada por COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U (CCEP IBERIA) con la colaboración de Coca‑Cola Services SA. (COCA-COLA SERVICES o CCS), es voluntaria y en caso de participación, se advierte de que el tratamiento de los datos personales de los participantes y ganadores de la presente Promoción es obligatorio y necesario en los términos expuestos en las presentes Bases.

De acuerdo con lo anterior, el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de la participación en la presente Promoción implica necesariamente el tratamiento de los datos personales del interesado de acuerdo con lo descrito en las presentes Bases.

3.1.- Veracidad y exactitud de la información: Los participantes están obligados a proporcionar datos exactos y actualizados y correspondientes a su propia identidad entendiéndose en consecuencia, que son exactos y actuales los datos proporcionados por los participantes y en su caso, por los ganadores en cualquier fase del concurso, siendo su responsabilidad comunicar cualquier actualización y/o rectificación de los mismos a las entidades corresponsables.

El tratamiento de los datos de los participantes y ganadores de la presente promoción (en adelante también denominados, interesados) se llevará a cabo en las condiciones establecidas a continuación en la presente cláusula.

3.2.-Corresponsables del tratamiento: Las entidades COCA-COLA SERVICES, SA, y COCACOLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U, en adelante las entidades corresponsables, con dirección postal de contacto en c/ Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid, y teléfono 900 199 202 son corresponsables del tratamiento de los datos personales que faciliten los interesados para participar en la presente Promoción dado que ambas entidades han determinado conjuntamente los objetivos del tratamiento de los datos personales de los interesados que participen en la Promoción y los medios utilizados para llevarlo a cabo. A tales efectos y en cumplimiento de los artículos 13 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), las entidades corresponsables informan a los interesados de los siguientes extremos:

3.3. Finalidades para las que CCEP IBERIA trata sus datos:

-        Con carácter general los datos serán tratados para llevar a cabo todas las actividades necesarias para gestionar la participación de los interesados en la presente Promoción lo que incluye cuando fuera necesario, el envío de comunicaciones vinculadas a esta Promoción a través de los datos de contacto facilitados por los interesados (correo electrónico, carta o llamada telefónica, entendiéndose por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la promoción).

-        Proporcionar a los interesados la información necesaria para que su participación se ajuste a las presentes Bases.

-        En su caso, recoger las pruebas de compra y verificar que no son falsas, ilegibles, ni están manipuladas, fotocopiadas, ni de ninguna otra forma resultan anulables.

-        Atender solicitudes de información, consultas y dudas de los interesados.

-        Verificar la inexistencia de actuaciones fraudulentas o contrarias a las presentes bases.

-        Eliminar justificadamente a cualquier interesado que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la Promoción.

-        Identificar al interesado ganador.

-        Verificar que el interesado ganador cumple con los requisitos necesarios para poder participar en la Promoción y que ha obtenido el premio de forma lícita.

-        Comunicar al interesado ganador el premio obtenido mediante el envío de un correo electrónico, carta o llamada telefónica. Se entenderán por correctos los datos de identificación y contacto que el interesado haya proporcionado en el momento de registrarse o darse de alta en la Promoción.

3.4.- Finalidades para las que COCA-COLA SERVICES trata sus datos:

-        Gestionar el registro del interesado y la creación de su Perfil (CID) en la web www.cocacola.es de acuerdo con los términos previstos en la política de privacidad y condiciones de uso de esta página web.

-        Gestionar el alta del interesado en la web que aloja la Promoción, mediante su identificación como usuario de acuerdo con los términos y condiciones aplicables a la Promoción (Bases Legales y Política de Privacidad), que serán complementarios y adicionales a los de la página web www.cocacola.es.

-        Atender la relación con el interesado como usuario de la web www.cocacola.es y de la web que aloja la Promoción.

-        Garantizar el cumplimiento del interesado de las condiciones y políticas de uso de la web www.cocacola.es y de los términos y condiciones de la web que aloja la Promoción y comunicar a CCEP IBERIA situaciones de fraude.

-        Gestionar los reportes de abuso de los usuarios de la web www.cocacola.es y de la web que aloja la Promoción en caso en que afecte a la participación en esta Promoción y comunicar a CCEP IBERIA las situaciones que pudieran constituir un impedimento para participar en esta Promoción de acuerdo con las presentes Bases.

-        Incluir en el Perfil del interesado (CID) de la web www.cocacola.es su condición de participante en esta Promoción y analizar esta información como parte de sus gustos, preferencias y hábitos así como enviarle comunicaciones comerciales publicitarias (en caso en que haya activado la casilla correspondiente durante su proceso de registro o en un momento posterior) relacionadas con los productos y servicios de COCA-COLA SERVICES y/o eventos, concursos y otras promociones organizadas y/o patrocinados por COCA-COLA SERVICES y CCEP IBERIA.

-        Realizar actividades de investigación y comercialización de los servicios y productos de COCA-COLA SERVICES así como informes y estadísticas relacionados con la participación del interesado en la presente Promoción.

 

3.5. Cuál es la legitimación de las entidades corresponsables para el tratamiento de sus datos:

 

La base legal del tratamiento de sus datos personales se encuentra en el desarrollo y ejecución de la relación promocional formalizada a través de su participación en la Promoción, de acuerdo con las Bases de la Promoción, así como en el cumplimiento de obligaciones legales que le son de aplicación a las entidades corresponsables.

 

Cuando el tratamiento tenga por finalidad el envío de comunicaciones comerciales la base legal del tratamiento será el consentimiento prestado al efecto por el interesado en caso de activación de la casilla correspondiente en el momento de registrarse como usuario de cocacola.es.

 

3.6.- Comunicación de datos a terceros por las entidades corresponsables:

 

Los datos personales tratados por las entidades corresponsables del tratamiento para alcanzar las respectivas finalidades detalladas anteriormente podrán ser comunicados a los siguientes destinatarios en función de la base legitimadora de la comunicación:

 

·        Con base en el cumplimiento de obligaciones legales, a Hacienda a fin de practicar la retención fiscal que corresponda, a Jueces, Tribunales, asociaciones de consumo o cualesquiera otros terceros a quienes las entidades corresponsables se vean obligadas a comunicar la información en caso de impugnación por parte del interesado o reclamación de cualquier índole interpuesta por las entidades corresponsables o por el propio interesado.

·        En aquellos casos en que el premio o actividad consista en un viaje, con base en la ejecución de la relación promocional, se cederán sus datos –con carácter enunciativo pero no limitativo- a aquellas entidades que sean contratadas para la organización del viaje o actividad y las estancias objeto del premio, tales como agencias de viaje, hoteles, compañías aéreas o de transporte en general, mensajería, compañías aseguradoras así como otras terceras entidades implicadas en la gestión del premio obtenido por el interesado.

 

·        Otros destinatarios: Los datos personales pueden ser tratados por terceras empresas en calidad de encargadas del tratamiento, contratadas conjuntamente o de forma individualizada por COCA-COLA SERVICES y/o CCEP IBERIA como las que a continuación se detallan:

-        CCEP: agencias de marketing, empresas que gestionan las páginas web y aplicaciones informáticas etc.

-        CCS: Proveedores de servicios tales como empresas que proporcionan el Soporte técnico de nuestro sistema de Gestión de Relación con nuestros consumidores (CRM), envío de comunicaciones (correo electrónicos o mensajes móviles) y el análisis de campañas: Servicios de Alojamiento de nuestro Sistema de Gestión de Relación con nuestros consumidores (CRM) y personalización de formatos publicitarios mostrados en nuestras propiedades o fuera de ellas (pc y móvil) así como en aplicaciones móviles y comunicaciones directas de marketing vía correo electrónico o notificaciones móviles, Servicios de Gestión y tratamiento de la base de datos de Consumidores. En este caso es MRM, servicios de Almacenamiento de datos, limpieza de datos, consolidación y análisis de los datos; servicios de Alojamiento de los sitios web de nuestros sistemas y proveedores de sistemas de IT.

 

3.7.- Transferencias internacionales: Con base jurídica en la ejecución de las condiciones establecidas en las presentes bases para la correcta ejecución de la promoción y el disfrute del premio en su caso, el interesado queda informado de que cuando los destinatarios de los datos indicados en los apartados anteriores se encuentren fuera del territorio del Espacio Económico Europeo, la comunicación de los referidos datos llevada a cabo por las entidades corresponsables del tratamiento implicará la transferencia internacional de datos a fin de ejecutar las condiciones establecidas en las presentes bases, si bien, dicha transferencia se realizará de acuerdo con los requisitos establecidos en la normativa aplicable.

Para obtener información relevante relativa a toda transferencia de sus Datos Personales a países terceros (incluidos los mecanismos de transferencia pertinentes, puede ponerse en contacto con la Oficina de Privacidad en esta dirección privacy@coca-cola.com.

 

3.8.- Plazo de conservación de datos: Las entidades corresponsables del tratamiento conservarán los datos de los interesados mientras esté en vigor la presente Promoción en tanto los interesados no soliciten la supresión de los mismos y finalizado su tratamiento, lo cual supondrá la imposibilidad de ejecutar la Promoción.

En particular, las entidades conservarán los datos durante los siguientes plazos:

 

-        COCA-COLA SERVICES de acuerdo con la política de retención de datos establecida en el registro www.cocacola.es

-        CCEP IBERIA:

·        Premios básicos (p.ej. una pegatina, una sombrilla, etc.) - 1 año.

·        Premios sometidos a garantía (aparatos tecnológicos, vehículos, etc.) – durante el plazo de garantía del producto.

·        Premios de viaje -1 año desde que los ganadores regresan del viaje

 

Una vez transcurridos los plazos de conservación, CCEP y CCS mantendrán los datos personales

bloqueados durante los plazos de prescripción de las acciones que pudieran derivarse del tratamiento de datos en cumplimiento de las obligaciones legales de las entidades corresponsables del tratamiento. Finalizados dichos plazos, los datos serán eliminados.

 

3.9.- Derechos: Los interesados (participantes y ganadores) en cualquier momento pueden ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, oposición, portabilidad, revocación del consentimiento (sin efectos retroactivos) y a no ser sometidos a una decisión basada únicamente en el tratamiento automatizado de sus datos mediante comunicación escrita, indicando el derecho que ejercita y acreditando su identidad, dirigida a la siguiente dirección:

A la dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid,

A la dirección electrónica privacy@ccep.com

Asimismo, los interesados pueden presentar una reclamación ante una Autoridad de control, en España la Agencia Española de Protección de Datos, C/ Jorge Juan, 6, 28001 Madrid, 901 100 099 - 912 663 517 (www.aepd.es) en particular, cuando consideren vulnerada la normativa de protección de datos en relación con el tratamiento de sus datos personales así como en relación con el ejercicio de sus derechos.

Con carácter previo a dicha reclamación y de forma voluntaria, los interesados podrán contactar con el delegado de protección de datos de las entidades corresponsables.

Para CCS es dpo- europe@coca-cola.com;

para CCEP es privacy@cokecce.com;

 

3.10.- Comunicación de datos personales de terceros: En el caso de que tanto los participantes como los ganadores deban facilitar datos de carácter personal referentes a terceras personas como acompañantes en su disfrute del premio- incluyendo el dato de la imagen- aquellos deberán, con carácter previo a la comunicación de datos a las entidades responsables, informar a dichos terceros interesados de los extremos contenidos en las presentes Bases respecto del tratamiento llevado a cabo por las entidades corresponsables según lo descrito en los apartados anteriores y en todo caso, de la finalidad de la comunicación de sus datos a las entidades corresponsables.

A tales efectos, la comunicación de datos personales de terceros por los participantes y ganadores queda condicionada al principio de necesidad y proporcionalidad y a la comunicación de datos actuales y veraces, requiriendo siempre y en todo caso que, con carácter previo a la comunicación de los datos a las entidades corresponsables se informe y se solicite el consentimiento a dichos terceros para el tratamiento de sus datos salvo que exista una habilitación legal al efecto.

 

3.11.- ASPECTOS ESENCIALES DEL ACUERDO DE CORRESPONSABILIDAD:

Como entidades corresponsables del tratamiento que determinan conjuntamente los objetivos del tratamiento de los datos personales de los interesados (participantes y ganadores de la Promoción) y los medios utilizados para llevarlo a cabo, las entidades COCA-COLA SERVICES,

SA, y COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., han determinado de modo transparente y de mutuo acuerdo sus responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), en particular en cuanto al ejercicio de los derechos del interesado, a sus respectivas obligaciones de suministro de información y a las funciones y relaciones respectivas de los corresponsables en relación con los interesados. Dichos aspectos se encuentran recogidos en el Acuerdo formalizado al respecto entre las entidades corresponsables, cuyos aspectos esenciales son puestos a disposición del interesado a continuación de acuerdo con lo establecido en el artículo 26 RGPD:

·        Objeto: De acuerdo con el artículo 26 del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), constituye el objeto del Acuerdo la regulación de las responsabilidades respectivas de las entidades corresponsables en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) así como de las funciones y relaciones respectivas de los corresponsables en relación con los interesados que participen en la presente Promoción.

·        Duración: Dado que las entidades corresponsables deciden conjuntamente los objetivos y los medios del tratamiento de los datos de los interesados con la finalidad de permitir su participación en la Promoción, el Acuerdo se mantendrá vigente mientras la Promoción esté en vigor, si bien sus efectos se extenderán durante los plazos de conservación de datos establecidos en las normas aplicables para el cumplimiento de las obligaciones legales que correspondan a las entidades corresponsables.

·        Actividad de tratamiento: La actividad de tratamiento de datos consiste en llevar a cabo el registro, alta y gestión de la participación de los interesados en la presente Promoción de acuerdo con las finalidades y funciones asumidas por cada una de las entidades corresponsables.

·        Categorías de interesados: Participantes y ganadores de la Promoción

 

·        Tipos de datos:

COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L: nombre, apellidos, fecha de nacimiento y correo electrónico.

 

-        Si resultará ganador de un premio, condición de ganador.

-        Si el premio requiriera envío postal: dirección postal.

-        Si el premio requiriera ingreso en cuenta bancaria: número de cuenta bancaria.

-        Si el premio fuera superior a 300 euros: datos fiscales.

 

NV Coca‑Cola Services SA: Nombre, apellidos, fecha de nacimiento, correo electrónico, número de teléfono, dirección postal incluyendo País y su condición de participante de esta Promoción. Adicionalmente y siempre que lo recoja el CIC también si es ganador de un premio.

Finalidades y funciones: La finalidad del tratamiento de los datos personales es llevar a cabo el registro, alta y gestión de la participación de los interesados en la presente Promoción. Para ello, cada una de las entidades corresponsables tratará los datos para las finalidades descritas en los apartados 3 y 4 anteriores.

·        Responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el Reglamento General de Protección de Datos: Con carácter general las entidades corresponsables determinan de mutuo Acuerdo sus responsabilidades respectivas en el cumplimiento de las obligaciones impuestas por el RGPD, concretamente:

-        Registro de Actividad: cada corresponsable elaborará y mantendrá actualizado el correspondiente Registro de Actividad del tratamiento de datos que lleve a cabo.

-        Principios de protección de datos: cada corresponsable cumplirá y acreditará adecuadamente el cumplimiento de los principios de protección de datos aplicables al tratamiento (licitud, lealtad, transparencia, limitación de la finalidad, minimización de datos, exactitud, limitación del plazo de conservación, integridad y confidencialidad y responsabilidad proactiva).

-        Análisis de riesgos y en su caso realización de la evaluación de impacto en la protección de datos: las partes acuerdan que CCEP llevará a cabo y pondrá a disposición de CCS la evaluación de impacto del tratamiento de datos derivado de la presente Promoción, para lo que contará con el apoyo y colaboración de CCS.

-        Seguridad y confidencialidad: cada corresponsable llevará a cabo la implantación, revisión y actualización periódicas de las medidas técnicas y organizativas aplicables al tratamiento para garantizar un nivel de seguridad adecuado al riesgo.

-        Responsabilidades en cuanto al ejercicio de los derechos del interesado: Las entidades corresponsables quedan obligadas a atender debidamente los derechos que sean ejercitados por los interesados en relación con el tratamiento de sus datos en los términos y con el alcance previsto en la normativa aplicable. Para ello, las partes acuerdan que los interesados podrán solicitar el ejercicio de sus derechos ante cualquiera de ellas enviando una comunicación escrita a las siguientes direcciones: a la dirección postal: c/ Ribera del Loira 20-22, 28042 Madrid, o a la dirección electrónica privacy@ccep.com. De ello se informará puntualmente a los interesados en las comunicaciones informativas que las entidades corresponsables les faciliten informándoles de los extremos previstos en el artículo 13 del RGPD. Asimismo, las partes acuerdan que la gestión de estos derechos se llevará a cabo a través del Centro de Interacción con el Consumidor, que se encargará de tramitar las solicitudes de ejercicio de derechos a través del procedimiento establecido para ello, si bien, deberá tenerse en cuenta que a los interesados les asiste el derecho de poder dirigir su solicitud, para poder ejercer estos derechos frente a, y en contra de, cualquiera de las entidades corresponsables. Adicionalmente, en las comunicaciones informativas dirigidas a los interesados, las entidades corresponsables les informarán de la posibilidad de dirigirse a la Autoridad de Control para formular reclamaciones en caso de que consideren que sus derechos no han sido debidamente atendidos así como de la posibilidad de dirigirse con carácter previo y voluntario a los delegados de protección de datos de las entidades corresponsables.

-        Obligaciones de suministro de información obligatoria indicada en el Artículo 13 RGPD: cada entidad corresponsable facilitará la información establecida en el artículo 13 del RGPD en sus relaciones con los interesados. Esta información se facilitará al menos a través de los siguientes medios:

CCS facilitará de forma fácilmente accesible a los interesados que se registren en www.cocacola.es la información sobre el tratamiento de sus datos derivado del registro en dicha web a través de la política de privacidad de www.cocacola.es

CCS y CCEP facilitarán de forma fácilmente accesible a los interesados que se den de alta en la web promocional la información sobre el tratamiento de sus datos derivado del alta en la Promoción poniendo a su disposición la Política de Privacidad de la Promoción y el contenido de las Bases Legales que la regulan.

 

·        Punto de contacto para los interesados: Las entidades corresponsables facilitarán a los interesados los siguientes puntos de contacto para cualquier cuestión relacionada con el tratamiento de sus datos:

Dirección postal de contacto: c/ Ribera del Loira, 20-22, 28042 Madrid

Teléfono 900 199 202

 

·        Contratación de servicios con proveedores: Las entidades corresponsables podrán contratar terceras empresas externas con acceso a los datos con el fin de prestar servicios necesarios para la actividad y tratamientos llevados a cabo para el desarrollo de sus respectivas funciones en el marco de la presente Promoción y/o funciones auxiliares de apoyo a los mismos. Los datos serán puestos a disposición de dichos encargados del tratamiento al amparo de un contrato de prestación de servicios y otro de encargo de tratamiento de acuerdo con el artículo 28 del RGPD con la obligación de seguir las instrucciones de tratamiento proporcionadas por la entidad corresponsable que en cada caso contrate los servicios, de guardar la confidencialidad, devolver y/o destruir los datos a la finalización del servicio quedando prohibido el tratamiento de los datos para fines propios de los encargados del tratamiento. Estas entidades aparecen referidas en el apartado 3.6 anterior.

 

DERECHOS DE IMAGEN

Respecto a los derechos de imagen de los participantes y a la posible realización por los participantes de alguna creación susceptible de generar derechos de propiedad intelectual, los participantes en la Promoción, al participar, automáticamente ceden los derechos de propiedad intelectual, así como los derechos de imagen que se deriven a CCEP IBERIA en los términos que a continuación se indican.

De conformidad con la Ley 1/1982 de protección civil, derecho al honor, intimidad personal y familiar y a la propia imagen, los participantes y los ganadores ceden a CCEP IBERIA los derechos sobre su imagen que se deriven de su participación en la Promoción a través de cualquier medio de reproducción tanto electrónico (Internet, cd y otros análogos) como convencional (papel, fotografías y otros análogos), en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo (incluyendo a título de ejemplo sin carácter limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva en cualquier forma; la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA), por el máximo de tiempo legalmente permitido y para todos los territorios del mundo para que sea utilizada con fines publicitarios, comerciales o de naturaleza análoga vinculados legítimamente a la proyección pública de CCEP IBERIA así como la exposición de la misma en actos públicos o en lugares abiertos al público. A la vista de lo anterior, la participación en la Promoción y en su caso la aceptación del premio por los ganadores, supone la autorización expresa por parte de los participantes de la cesión de derechos expuesta.

Sin perjuicio de lo anterior, a título de ejemplo y sin carácter limitativo a continuación se relacionan algunas actuaciones que serán llevadas a cabo por CCEP IBERIA:

-        Los participantes, consienten automáticamente al participar en la presente Promoción en la utilización, publicación y reproducción en todo el mundo y sin limitación, por parte de CCEP IBERIA, de su imagen y nombre en cualquier tipo de publicidad, Promoción, publicación, incluido Internet, o cualquier otro medio de la naturaleza que sea, con fines comerciales o informativos de CCEP IBERIA. Entre dichos usos podrá, con finalidades publicitarias o promocionales, utilizar y retransmitir las imágenes y nombre de los participantes a través de Internet, televisión o cualquier otro medio que CCEP IBERIA considere.

-        CCEP IBERIA podrá publicar la imagen y el nombre de las personas que hayan resultado ganadoras de la Promoción a través del medio de comunicación que CCEP IBERIA –sin carácter limitativo- considere. A tales efectos, los ganadores al aceptar el premio autorizan automáticamente a CCEP IBERIA para publicar sus datos personales incluida la imagen con la finalidad de dar a conocer a los restantes participantes y público en general quiénes han sido las personas ganadoras.

-        Asimismo, cuando el premio consista en un viaje o actividad, los ganadores, en el momento de su aceptación, cederán a CCEP IBERIA los derechos que pudiesen corresponderles sobre las imágenes que pudieran ser captadas durante el viaje por parte CCEP IBERIA, y autorizan a esta entidad a reproducir, comunicar públicamente y utilizar su nombre, apellidos, dirección e imagen en cualquier actividad publi-promocional (principalmente a través de sus sitios web y páginas oficiales en redes sociales) a los

únicos efectos de la publicidad que pudiera darse a la realización del citado viaje y disfrute del premio o de las nuevas ediciones de esta Promoción que con este nombre u otro similar pudiesen realizarse hasta dos años después de su realización, sin que dicha utilización le confiera derecho de remuneración o beneficio alguno con excepción hecha de la entrega del premio ganador.

 

DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL

En el supuesto de que para la participación en la presente Promoción el usuario tuviera que presentar creaciones propias (ya sean fotografías, vídeos, músicas, textos literarios, etc.), la participación en la Promoción supone la cesión con carácter exclusivo y transferible, para un ámbito territorial mundial, durante todo el periodo de vigencia de los derechos de propiedad intelectual y con carácter gratuito por el participante a CCEP IBERIA de todos los derechos de explotación que se deriven de las creaciones con las que en su caso participe en la Promoción. Dicha cesión atribuye a CCEP IBERIA la plena disposición y el derecho exclusivo a la explotación de las creaciones con exclusión de cualesquiera personas físicas y/o jurídicas, incluido el propio participante, e incluirá la facultad de otorgar licencias a terceros y de transmitir a otro su derecho. Con carácter delimitativo pero no limitativo, la cesión abarcará como derechos y modalidades de explotación los siguientes:

-        El derecho de reproducción de las creaciones o su fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma que permita su comunicación o la obtención de copias de todo o parte de ellas, incluyendo cualquier sistema gráfico, mecánico, electrónico, reprográfico, digital, o de cualquier otra índole.

-        El derecho de distribución de las creaciones o su puesta a disposición del público del original o de sus copias, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma, incluyendo expresamente y sin carácter limitativo la puesta a disposición del público de copias impresas o digitales; su utilización para la creación, realización, producción y distribución en cualquier forma de materiales promocionales o de marketing y de cualesquiera otros productos o servicios que sean de interés de CCEP IBERIA; y la explotación videográfica y discográfica de las creaciones en cualquier soporte, tanto para uso privado como público.

-        El derecho a comunicar públicamente las creaciones, con fines publicitarios o promocionales, para usos comerciales y no comerciales, en cualquier medio o sistema técnico o tecnológico existente en la actualidad o que se encuentre en fase de investigación y desarrollo, incluyendo a título meramente enunciativo y no limitativo la explotación en Internet; la explotación televisiva (v.gr., televisión gratuita, de pago, por cable, pago por visión, por satélite, fibra óptica, ondas hertzianas, hilo, microondas, televisión digital terrestre, etc.); la explotación mediante telefonía móvil; proyección o exhibición pública cinematográfica, no cinematográfica o a través de cualquier otro medio que sea de interés de CCEP IBERIA.

-        El derecho a transformar las creaciones o su traducción, adaptación, ajuste, cambio, arreglo y/o y cualquier otra modificación en su forma de la que se derive una obra diferente, que podrá ser explotada en cualquier forma y en especial mediante su reproducción, distribución, comunicación pública y nueva transformación por CCEP IBERIA o por terceros autorizados por ésta en cuanto titular en exclusiva de los derechos de propiedad intelectual de las obras resultado de la transformación.

-        El derecho a doblar y subtitular las creaciones en cualquier lengua.

El participante garantiza que las creaciones son originales y no vulneran los derechos de propiedad intelectual de ningún tercero o cualesquiera otros derechos de cualquier naturaleza y que se encuentra plenamente facultado y capacitado para ceder la totalidad de los derechos señalados, debiendo mantener indemne a CCEP IBERIA por cualesquiera reclamaciones planteadas por terceros como consecuencia de la explotación de las creaciones.

La cesión de derechos de propiedad intelectual según lo expuesto en las presentes bases, no genera ni otorga reembolso, pago de tarifa o canon ni derechos económicos de ningún tipo para el participante y/o ganador.

 

DERECHO A REPORTAR ABUSOS

Los participantes quedan informados de que en el caso de que su participación infrinja cualquiera de las normas establecidas en las presentes bases o existan fundadas sospechas de fraude por parte de CCEP IBERIA o en el caso de que un tercero, participante o no de la Promoción, denunciará irregularidades en relación con la participación del interesado, CCEP IBERIA podrá analizar la situación y podrá suspender temporalmente la participación del interesado.

No obstante, si una vez estudiados los hechos denunciados o conocidos por CCEP IBERIA no se acredita el fraude por parte del participante denunciado o la vulneración de las presentes bases podrá reactivarse su participación en la presente promoción.

Asimismo, si para el estudio de los hechos acontecidos fuera necesario CCEP IBERIA dará traslado y conocimiento a las autoridades públicas competentes.

En todo caso queda expresamente prohibido reportar y/o notificar abusos utilizando identidades de otras personas.

4.  RETENCIÓN FISCAL

A los premios de la presente Promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre del Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas (LIRPF); el Real Decreto nº 439/2007 de 30 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (RIRPF); Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego; Real Decreto 3059/1966 de 1 de diciembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de Tasas Fiscales; y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.

De conformidad con la normativa mencionada, los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones alternativas vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.

 

4.1.- Premios en especie.- Si los Premios de la presente Promoción son en especie pueden estar sujetos a retención (Art. 101 LIRPF y Art. 75 RIRPF) si su valor es superior a 300 euros, en cuyo caso COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. realizará en la Agencia Tributaria el perceptivo ingreso a cuenta del IRPF (Art. 99 LIRPF). A estos efectos, el Valor de Mercado del Premio será igual al valor de adquisición o coste para el pagador (COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.), incrementado en un 20% (Art. 105 del RIRPF).

El Ganador del Premio deberá integrar en su Base Imponible General de la declaración del IRPF del correspondiente ejercicio fiscal, la valoración del Premio (Valor de Mercado) más el Ingreso a Cuenta que COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. realizó.

 

4.2.- Premios en metálico.- Si los Premios de la presente Promoción son en metálico, y superan el valor de 300 euros estarán sujetos a retención (Art.99 del RIRPF).

 

4.2.1.- Premios Netos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Neto, corresponde al valor obtenido una vez se ha practicado la correspondiente retención por parte de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. y por lo tanto, ésta es la cantidad a recibir por el Ganador.

Pero el Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido (importe antes de retención), es decir la cantidad recibida más la retención realizada.

 

4.2.2.- Premios Brutos.- Si la cuantía del Premio que figura en las presentes Bases legales es Bruto, se realizará la pertinente retención sobre esa cuantía y, por lo tanto, el Ganador recibirá la cantidad que figura en las presentes Bases Legales menos la retención correspondiente.

El Ganador debe incluir en su Base Imponible de la declaración del IRPF del ejercicio fiscal correspondiente, el importe íntegro del Premio recibido, es decir, el importe que figura como Premio Bruto.

 

4.3. Carta de Aceptación de Premios.- Siempre que el valor del Premio sea superior a los 300 Euros, será necesario que el Ganador firme una Carta de Aceptación que se le hará llegar ya sea enviándosela por correo postal o electrónico, ya sea en mano a la hora de entregarle el Premio.

 

Se considera por CCEP IBERIA como NO ACEPTACIÓN DEL PREMIO (RENUNCIA):

1)     La devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación NO firmada por el Ganador o no adjuntando fotocopia de su D.N.I. Aquellos ganadores que no presenten las cartas y/o documentación, se entenderán que renuncian al Premio.

2)     La devolución a CCEP IBERIA de la Carta de Aceptación sin inclusión de la aceptación del Premio de forma expresa e incondicional por parte de los ganadores, o de sus padres/tutores, en su caso. NO SON VÁLIDAS ACEPTACIONES CONDICIONADAS O LIMITADAS.

3)     La no recepción de la Carta de Aceptación dentro del plazo previsto (5 días naturales).

 

5.- MODIFICACIONES Y/O ANEXOS: COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U.

se reserva el derecho a realizar modificaciones o añadir anexos sobre las presente Bases en relación con su mecánica y premios, siempre que las mismas estén justificadas o no perjudiquen a los participantes, se realicen dentro del periodo de vigencia de la Promoción, y se comuniquen a éstos debidamente.

 

6.- EXCLUSIONES: Quedan expresamente excluidos de la participación en esta Promoción todos los empleados de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. y de COCA-COLA ESPAÑA, sus familiares hasta 2º grado o el personal de las compañías subcontratadas por COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L o COCA-COLA ESPAÑA para la ejecución de la presente promoción.

 

7.- DERECHO DE ELIMINACIÓN PARTICIPACIONES FRAUDULENTAS: COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho de eliminar justificadamente a cualquier usuario que defraude, altere o inutilice el buen funcionamiento y el transcurso normal y reglamentario de la presente Promoción.

 

8.- ENTREGA DE PREMIOS: Los premios a los ganadores son nominativos y serán entregados exclusivamente dentro del territorio español, por tanto, la tramitación y gastos de exportación para un ganador no residente en España correrán a cargo del beneficiario.

 

9.- IDENTIFICACIÓN: La identidad de los participantes y ganadores se acreditará exclusivamente por medio de documentos oficiales (DNI., pasaporte u otro documento oficial de identificación).

 

10.- PRUEBAS DE COMPRA: En caso de que para participar en la presente Promoción sea necesario conservar la prueba de compra (Ticket de Compra, etiquetas, anillas, tapones, chapas, films, prueba de compra con Pin-Code, etc.…) de un Producto Promocional por parte de los participantes:

10.1.- Éstos deben guardar la prueba de compra durante todo el periodo de vigencia de la Promoción y 1 mes posterior y conservarla a disposición de COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. por si ésta las solicitara para la correcta gestión de entrega de Premios.

10.2.- En caso de que el Participante tuviera que enviar dicha/s prueba/s de compra por correo postal, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. no se hace responsable del extravío de la/s misma/s y no se admitirá como medio de prueba el justificante de envío que facilita dicho servicio.

10.3.- En caso de que las pruebas de compra presentadas/recibidas resultarán falsas, ilegibles, manipuladas, fotocopiadas, etc., serán consideradas nulas y por lo tanto no se tendrán en cuenta como participación.

10.4.- En ningún caso, se devolverán a los participantes las pruebas de compra que COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. hubiera recibido.

 

11.- PARTICIPACIÓN A TRAVÉS DE INTERNET: En caso de que la presente Promoción exija la participación a través de concurso, juego o cualquier otra mecánica que se desarrolle en una o varias páginas de internet, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. excluye cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad o de continuidad del funcionamiento del juego o web mediante el/la cual se participa en la Promoción, a la defraudación de la utilidad que los usuarios hubieren podido atribuir al mismo, y en particular, aunque no de modo exclusivo, a los fallos en el acceso a las distintas páginas, y envíos de respuestas de participación a través de Internet.

12.- PREMIOS:

12.1.- En caso de que, de forma previa a la finalización del periodo de vigencia de la Promoción, por cualquier razón ajena a COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U., no quedasen unidades disponibles de los regalos promocionales establecidos y previstos en las presentes Bases, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho y la opción de sustituirlos por otros, de igual o superior coste.

12.2.- Los premios no son canjeables en metálico, ni por cualquier otro premio y caducan a los tres meses.

12.3.- COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. no se responsabiliza del uso que del regalo promocional realice el Ganador, pero queda prohibida la comercialización y/o venta de los regalos promocionales.

12.4.- El/los premio(s) son intransferibles, por lo que si el/los premiado(s) no pudiese(n) o quisiese(n) aceptar el/los premio(s), o renunciase(n) al/los mismo(s), COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. procedería a designar ganador al correspondiente reserva. En el caso de que los reservas a su vez no aceptasen o renunciasen al/los premio(s), éstos se declararán desierto(s).

15.5.- El propósito de esta Promoción es que los premios se distribuyan entre la mayor cantidad posible de consumidores de los productos objeto de la misma. Así, en el caso de que durante los momentos ganadores en cuestión, resultará repetidamente Ganador el mismo participante, COCA-COLA EUROPACIFIC PARTNERS IBERIA, S.L.U. se reserva el derecho de adjudicarle únicamente una unidad, otorgando el/los premio/s en cuestión a los Ganadores en reserva.

 

13.- ACEPTACIÓN DE LAS PRESENTES BASES: La mera participación en esta Promoción supone la aceptación de las presentes Bases.